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el Tribunal Superior de Bogotá sólo recibirá propuestas de quienes quieran intervenir en las audiencias hasta el próximo 18 de septiembre. 

El Tribunal Superior de Bogotá sólo recibirá propuestas de quienes quieran intervenir en las audiencias hasta el próximo 18 de septiembre.  | Leonardo Muñoz, EFE

ABC para participar en las audiencias públicas sobre deforestación que se realizarán en octubre, en Bogotá

Hasta el 18 de septiembre el Tribunal Superior de Bogotá recibirá propuestas de ciudadanos que quieran intervenir en las audiencias que se realizarán entre el 15 y el 12 de noviembre, en Bogotá. Si está interesado o interesada en participar, estos son los puntos claves que tiene que tener en cuenta. Participe en el #JuicioALaDeforestación.

Por: septiembre 10, 2019

Entre el 15 de octubre y el 12 de noviembre, el Tribunal Superior de Bogotá dará lugar a una serie de audiencias públicas donde por lo menos 94 entidades del Gobierno explicarán cómo vienen cumpliendo la sentencia STC 4360 de 2018, en la que la Corte Suprema de Justicia de declaró la Amazonía como sujeto de derechos y ordenó que se tomaran medidas, a nivel nacional y local, para proteger el bosque.

De este espacio también podrán participar activistas, organizaciones sociales, científicos, universidades y todos los actores que tengan información valiosa que permita entender mejor las causas y consecuencias actuales de la deforestación en nuestra selva amazónica. Sin embargo, el Tribunal Superior de Bogotá sólo recibirá las propuestas de quienes quieran intervenir en las audiencias hasta el próximo 18 de septiembre. 

Como queda poco tiempo para inscribirse a las audiencias, desde Dejusticia hemos preparado esta guía que pretende aclararles a todos los interesados preguntas comunes como: de qué se tratan las audiencias públicas, los motivos por los que se está convocando ésta sobre deforestación y el paso a paso para quienes quieran presentarse ante el juzgado.

 

1. ¿Qué es una audiencia pública de seguimiento?

Una audiencia pública es un acto público de diálogo entre organizaciones sociales, ciudadanos y servidores públicos para presentar, evaluar y realimentar la gestión de las autoridades. En las audiencias que se celebran en los procesos de tutela o demandas de inconstitucionalidad, regularmente intervienen las partes, otras entidades interesadas en el proceso, expertos y miembros de la sociedad civil, con el fin de conocer distintas posiciones y opiniones expertas sobre un caso, responder preguntas para profundizar en los argumentos expuestos por escrito o aclarar hechos relevantes para tomar una decisión. 

En este caso, el Tribunal Superior de Bogotá citó a una audiencia para hacer seguimiento al cumplimiento de las órdenes de la STC 4630 de 2018. Esto debido a que según el Decreto 2591 de 1991, el juez que conoció de un proceso en primera instancia es el competente para conocer del cumplimiento de la sentencia que culminó dicho proceso. Así, esta audiencia pública puede considerarse como un llamado del Tribunal Superior de Bogotá a una rendición de cuentas por parte del gobierno sobre el cumplimiento de las órdenes en la STC 4360 de 2018.

2.  ¿Qué es la sentencia STC 4360 de 2018?

La sentencia STC 4360 de 2018 es la decisión de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) en la que se ordenó la protección inmediata de la Amazonía colombiana. El 5 de abril de 2018, la CSJ encontró un nexo causal entre las amenazas y vulneraciones a los derechos fundamentales de los accionantes con el cambio climático y la deforestación en Colombia. Según la Corte, diversos “factores generan directamente la deforestación de la Amazonía, provocando a corto, mediano y largo plazo, un perjuicio inminente y grave para los niños, adolescentes y adultos que acuden a esta acción, y en general, a todos los habitantes del territorio nacional, tanto para las generaciones presentes como las futuras, pues desboca incontroladamente la emisión de dióxido de carbono (CO2) hacia la atmósfera, produciendo el efecto invernadero, el cual transforma y fragmenta ecosistemas, alterando el recurso hídrico y con ello, el abastecimiento de agua de los centros poblados y degradación del suelo”.

Por lo anterior, declaró a la Amazonía como sujeto de derechos, en particular con derecho a ser mantenida, conservada, protegida y restaurada. 

3. ¿Quiénes son los demandantes de la tutela que resultó en la STC 4360 de 2018?

Los accionantes de esta tutela son niños, niñas, adolescentes y jóvenes adultos entre los 7 y los 26 años con una esperanza de vida promedio de 78 años (75 años para los hombres y 80 años para las mujeres), por esto todos los accionantes esperan desarrollar la mayor parte de sus vidas adultas en el periodo 2041-2070, y parte de la vejez luego de ese lapso. Según el IDEAM, para el periodo 2041-2070 la temperatura anual del país podrá aumentar gradualmente en 1,6°C y para el periodo 2071-2100 la temperatura media anual podría aumentar gradualmente 2,14°C. Por lo tanto, los accionantes de esta tutela comparten una realidad colectiva: son la generación que se enfrentará a las mayores consecuencias del cambio climático. Además, los accionantes viven en 17 ciudades y municipios vulnerables al cambio climático según el IDEAM: Arauca, Cali, Palmira, Buenaventura, Cartagena de Indias, Cubarral, Florencia, Floridablanca, Manizales, Envigado, Itagüí, Neiva, Quibdó, San Andrés y Providencia, Bogotá, La Calera y Leticia. 

4. ¿Cuáles fueron las motivaciones de la sentencia?

Colombia reafirmó en la Cumbre del Clima de París del 2015, su compromiso de reducir a cero la tasa de deforestación en la Amazonía colombiana para el año 2020. A dos años de que venza el plazo para cumplir esa meta, aún no se están desarrollando acciones contundentes para frenar la deforestación, que es la actividad que más emisiones de dióxido de carbono (CO2) genera y este, a su vez, es el principal gas de efecto invernadero causante del cambio climático. Incluso, la problemática se ha agravado. En el 2016 la deforestación en el país aumentó un 44%: se deforestaron en total 178.597 hectáreas equivalentes casi al tamaño de un departamento como Quindío.

Las emisiones de CO2 por la deforestación contribuyen al cambio climático y, por lo tanto, tienen consecuencias nefastas para todo el país: altera el ciclo del agua; genera una grave amenaza de inundaciones, sequías, deslizamientos, proliferación de enfermedades tropicales, escasez de alimentos, pérdidas de cultivos, descongelamiento de glaciares, aumento de temperaturas, y aumento de las precipitaciones en algunas zonas y disminución en otras. 

La deforestación en la Amazonía colombiana (la región más biodiversa del mundo) vulnera el derecho a gozar de un ambiente sano de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes adultos que viven en esa y en otras regiones del país, porque todos los ecosistemas están interconectados. La vulneración al derecho a gozar de un ambiente sano amenaza, a su vez, los derechos a la vida, la salud, la alimentación y el agua de quienes hoy son jóvenes y vivirán en su vida adulta los escenarios de cambio climático presentados por el Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (IDEAM), que señalan que para el periodo 2041-2070 la temperatura de Colombia aumentará 1,6°C. 

5. ¿Qué ordena la sentencia para la protección de la Amazonía en Colombia?

De manera precisa, la CSJ dio las siguientes cuatro órdenes:

1.Al Gobierno Nacional, que formulara un plan de acción de corto, mediano y largo plazo, que contrarreste la tasa de deforestación en la Amazonía, en donde se haga frente a los efectos del cambio climático. 

2.Al Gobierno Nacional, que construyera el “pacto intergeneracional por la vida del amazonas colombiano -PIVAC”, en donde se adopten medidas encaminadas a reducir a cero la deforestación, las emisiones de gases efecto invernadero y la adaptación del cambio climático. Lo anterior con participación de los accionantes, comunidades locales y sociedad civil en general. 

3.A los municipios de la región de la Amazonía, les ordenó actualizar e implementar los Planes de Ordenamiento Territorial que, en lo pertinente, deberán contener un plan de acción de reducción cero de la deforestación en su territorio, el cual abarcará estrategias medibles de tipo preventivo, obligatorio, correctivo, y pedagógico, dirigidas a la adaptación del cambio climático.

4.Y a las corporaciones autónomas regionales de la Amazonía, la creación de un plan de acción que contrarreste mediante medidas policivas, judiciales o administrativas, los problemas de deforestación informados por el IDEAM.

6. ¿Qué pasó un año después del fallo?

El Tribunal Superior de Bogotá envió un requerimiento a los accionantes de la tutela para que se pronunciaran sobre (i) el cumplimiento que las entidades accionadas han dado a las órdenes impartidas en el fallo proferido el 5 de abril de 2018 y (ii) la metodología que se debería aplicar para verificar lo anterior. 

En el escrito enviado por los accionantes al Tribunal se demostró que ninguno de los demandados ha cumplido a cabalidad las órdenes de la CSJ en la sentencia 4360 de 2018. Por el contrario, el cumplimiento ha sido bajo o ha habido incumplimiento. Tras un año de la sentencia que declaró a la Amazonía sujeto de derechos, los 25 niños, niñas y jóvenes que interpusieron la acción de tutela para frenar la deforestación y sus consecuencias sobre el cambio climático, le solicitaron al Tribunal Superior de Bogotá que declare el incumplimiento de las órdenes por parte del gobierno y de los demandados.

Frente a la metodología, los accionantes recomendaron un mecanismo de seguimiento que cumpliera con seis características: 1) ser liviano, eficaz y eficiente, 2) que incluya un formato único de presentación, 3) que garantice la participación de comunidades, 4) que no solo identifique el incumplimiento sino plantee soluciones, 5) que permita la inclusión de nuevos actores y 6) que haga una evaluación de manera parcial y segmentada.

7. ¿Qué dice el auto del Tribunal Superior de Bogotá del 22 de agosto de 2019 con radicado 110012203 000 2018 00319 00?

El auto tiene el objetivo de hacerle seguimiento al cumplimiento de las órdenes de la CSJ en la STC 4360 de 2018. En el auto el Tribunal expresa que identifica “múltiples inconvenientes para la materialización de la sentencia en que se ahonda, destacan, la ausencia de recursos económicos, la insuficiencia de personal humano y de logística, la falta de coordinación entre los llamados a cumplir las directrices pronunciadas, la existencia de amenazas proferidas en contra de los funcionarios que deben hacer presencia en los territorios que conforman al Amazonas colombiano, el acaparamiento de tierras por parte de particulares, la inclusión de todos los interesados en el cumplimiento de la decisión y la desidia mostrada por algunas entidades que están obligadas a acatar el fallo en relación a lo que el mismo dispone”.  

Por lo anterior, el Tribunal llamó a audiencia pública a 94 entidades, que son el número de entes que quedaron vinculados por efecto de las órdenes impartidas en la sentencia. 

8. ¿Cómo se llevará a cabo esta audiencia de seguimiento?

La audiencia de seguimiento tendrá lugar durante 9 días. En específico, los días 15, 16, 18, 23, 29 y 30 de octubre, así como el 5, 6 y 12 de noviembre en el Tribunal Superior de Bogotá (Calle 23#7-36). 

Cada ente deberá enviar a una persona, que sea quien haya sido delegada para darle cumplimiento a la sentencia. Cada delegado tendrá 15 minutos para que “exponga los avances obtenidos, dé cuenta de los obstáculos avisados en la materialización de la decisión, haga saber qué medidas ha adoptado en aras de superarlos y ponga de presente qué ente(s) – y para qué – es (son) el (los) llamado(s) a acompañarla en la solución de éstos”.  

Después de los 15 minutos de cada entidad, las entidades que sean llamadas tendrán 5 minutos para que hagan los apuntes que consideren necesarios.

Posteriormente, se darán otros 5 a 10 minutos para que accionantes, comunidades, organizaciones científicas y ambientales, así como interesados en general, toquen “temas adicionales que susciten luego de oír a cada uno de los participantes”. 

9. ¿Qué se debe hacer para participar? 

A más tardar, el 18 de septiembre se le debe informar al Tribunal el “deseo de participar en las jornadas que han de adelantarse, exponiendo el motivo por el que quieren hacerlo y el (los) dIa(s) en que quisieran hacer presencia, de tener intención de realizar propuestas para el cumplimiento de la STC 4360 las mismas deberán ser puestas en conocimiento desde el momento mismo en que peticionen se abra espacio para su intervención, para lo anterior deberán allegar diligenciado el anexo 2 de esta providencia titulado «Formato de solicitud de intervención interesados». 

Si no se allega la solicitud de intervención en la oportunidad señalada, no se permitirá su participación en los días de audiencias. 

10. ¿Cuáles son los requisitos para participar?

Llenar el formulario contenido en el Anexo 2, en el cual se deben  detallar cuatro pasos sencillos:

  1.           Indique sus datos personales:

Nombre

Identificación

Profesión u oficio

Dirección de notificación

Correo electrónico y teléfono

  1.           Explique el motivo por el que desea intervenir en la audiencia y el lugar al que se presentaría:

En máximo 300 palabras escriba por qué desea asistir a las audiencias, indique la fecha, ciudad, y Tribunal al que asistirá.

  1.           Proponga cómo se puede cumplir la Sentencia STC 4360 – 2018 (este paso es opcional):

En máximo 400 palabras enumere sus propuestas para que una o más entidades cumplan con las órdenes de la Corte Suprema dirigidas a la protección del Amazonas. Indique si quiere participar en la implementación de esas propuestas y cómo.

  1.           Firme la solicitud.

Envíe esta información a la secretaría de la Sala Especializada en Restitución de Tierras, ubicada en la Calle 23 # 7 – 36, Piso 3 de Bogotá, o a través del correo electrónico [email protected]

Las audiencias públicas se realizarán en las siguientes fechas y juzgados. Invitamos a los centros de investigación, organizaciones de jóvenes, científicos y miembros de la sociedad civil a que presenten sus argumentos en las audiencias y asistan a los siguientes juzgados:

Fecha de la audienciaDirecciónCiudadSede de apoyo
Octubre 23, 2019Carrera 6 #8 – 31. Palacio de Justicia. Sala 2LeticiaCentro de Servicios Judiciales
Octubre 23, 2019Carrera 13T #13 – 30MitúJuzgado Promiscuo del Circuito
Octubre 29, 2019Calle 26A #11 – 15. Palacio de JusticiaIníridaJuzgado Promiscuo del Circuito
Octubre 29, 2019Carrera 23 #12 – 84San José del GuaviareCentro de Servicios Judiciales
Octubre 30, 2019Avenida 16 #6 – 47. Sala de AudienciasFlorenciaCentro de Servicios Judiciales Civil – Familia
Noviembre 5, 2019Carrera 29 #338-79 Sala de Audiencias No. 26VillavicencioJuzgado 1º Civil Cto.Esp. en Restitución de Tierras
Noviembre 5, 2019Calle 18 #1 – 39, Palacio de Justicia. Piso 3Puerto CarreñoJuzgado Promiscuo del Circuito
Noviembre 6, 2019Carrera 5 #1O Esquina. Palacio de JusticiaMocoaCentro de Servicios Judiciales
Noviembre 12, 2019Carrera 19 #23-00. Palacio de Justicia. Torre 2. Piso 1PastoCentro de Servicios Judiciales
Noviembre 12, 2019Calle 3 #3 – 31. Palacio Nacional. Salón de Acuerdos. Piso 3PopayánTribunal Superior de Popayán – Sala Civil

11. ¿Por qué creemos que es importante que participen?

La audiencia de seguimiento es un espacio único para avanzar en la reducción de la deforestación en la Amazonía colombiana. Es clave la participación de la sociedad civil porque se pueden llevar propuestas efectivas que logre la reducción de la deforestación, garantizando los derechos de las comunidades locales. 

Además, todas las organizaciones y personas científicas tenemos experticias distintas con las que podemos aportar desde los distintos conocimientos para asegurar que la audiencia no deje por fuera temas cruciales y nos permite estar atentos frente a las respuestas que dé el Gobierno.

 

Descargue el ABC para participar en las audiencias públicas en PDF 

Lea el Auto completo del Tribunal

AUTO-REQUIERE-TUTELA-2018-00319-00-1-1

 

 

Descargue el Auto del Tribunal Superior de Bogotá

De interés:

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