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Aclaraciones de Dejusticia sobre anulación reelección Procurador

Los cuestionamientos dirigidos a Dejusticia por la acción de nulidad de la reelección del Procurador carecen de sustento. A continuación Dejusticia aclara por qué. 

Por: Septiembre 13, 2016

Dejusticia ha recibido algunos cuestionamientos porque supuestamente la acción de nulidad de la reelección del Procurador no estaría motivada por la defensa del Estado de derecho sino por una inquina contra Alejandro Ordóñez por sus posiciones ideológicas, o incluso por otros motivos más turbios; y además que seríamos inconsecuentes por no haber demandado a otras personas en situaciones semejantes.

Esos cuestionamientos carecen de sustento y para mostrarlo nos permitimos aclarar lo siguiente:

1. Dejusticia realiza labores de litigio estratégico en distintos campos pero especialmente en materia constitucional, administrativa y de derechos humanos, con el propósito esencial defender el Estado de derecho y los derechos humanos, especialmente de poblaciones discriminadas. Debido a los recursos limitados con que cuenta para sus labores de litigio, Dejusticia se concentra en casos que tengan un impacto general y sirvan para establecer precedentes para situaciones semejantes.

2. Uno de los campos de acción de Dejusticia ha sido en materia electoral en donde hemos presentado numerosas acciones de nulidad, en forma individual o conjunta con otras organizaciones, con el fin de promover el Estado de Derecho, la transparencia y la equidad de género.

3. Fuera de la acción de nulidad contra la reelección de Alejandro Ordóñez Maldonado, Dejusticia presentó las siguientes 12 acciones electorales: i) contra la elección del magistrado Nilson Pinilla, por violación de la ley de cuotas por parte de la Corte Suprema; ii) contra la elección del Defensor del Pueblo Vólmar Pérez, por violación también de la ley de cuotas por parte del Presidente Álvaro Uribe; iii) contra la elección de todos los magistrados del Consejo Electoral por violación de la transparencia por el Congreso por cuanto el voto público se había hecho en forma secreta; iv) contra la elección del Ministro del Interior Federico Rengifo Vélez  por violación de la ley de cuotas por parte del Presidente Juan Manuel Santos; v) contra la elección del Ministro de Transporte, Miguel Esteban Peñaloza Barrientos, por violación de la ley de cuotas por parte del Presidente Juan Manuel Santos: vi) contra la elección del Ministro de Vivienda, Germán Vargas Lleras, por violación de la ley de cuotas por parte del Presidente Juan Manuel Santos; vii) contra la elección del Secretario General del Senado Gregorio Eljach Pacheco por desconocimiento de las reglas de mayorías y por ausencia del voto nominal y público; viii) contra la designación del director de Colciencias, Carlos Hildebrando Fonseca Zárate, por incumplimiento del Presidente Juan Manuel Santos a la ley de cuotas; ix) contra la designación del Superintendente de Salud, Gustavo Enrique Morales Cobo,  por incumplimiento del Presidente Juan Manuel Santos a la ley de cuotas; x) contra la designación del magistrado del Consejo Superior de la Judicatura Francisco Javier Ricaurte Gómez por parte de la Corte Suprema de Justicia por incurri en el “yo te elijo tú me eliges” que prohíbe el artículo 126 de la Constitución; xi) contra la designación del magistrado del Consejo Superior de la Judicatura, Pedro Munar Cadena, por incurrir en el “yo te elijo tú me eliges” prohibido en el artículo 126 de la Constitución por parte de la Corte Suprema de Justicia;  xii) y contra la designación del Superintendente de Vigilancia y Seguridad Privada, Luis Fernando Lozano Forero, por incumplimiento a la ley de cuotas por parte del Gobierno de Juan Manuel Santos.

4. Este recuento muestra que desde 2006 hemos presentado demandas contra distintos órganos estatales: 6 contra nombramientos del gobierno de Juan Manuel Santos, una contra una terna del presidente Álvaro Uribe,  una contra una terna de la Corte Suprema, dos contra la Corte Suprema por incurrir en el “yo te elijo tú me eliges” y dos contra el Congreso. 

5. Es claro pues que Dejusticia no desarrolló su demanda contra el Procurador como un caso único o porque tenga particular inquina contra ese funcionario sino que esta acción de nulidad hace parte de una labor general de litigio electoral en defensa del Estado de derecho. Hemos impugnado nombramientos que violan reglas fundamentales del Estado de derecho, como aquellas que prohíben el nepotismo y el amiguismo, o que buscan  mayor trasparencia en las decisiones públicas, o que impulsan una mayor equidad de género en la cúpula del Estado.

6. Este litigio electoral lo realizamos además independientemente de que el servidor público elegido sea o no un funcionario competente o compartamos o no su gestión.  En algunos casos, como en las reelecciones del Procurador Ordóñez y del Defensor del Pueblo Pérez, hemos demandado a funcionarios cuya gestión habíamos ya criticado previamente. Pero en otros casos hemos demandado la elección de funcionarios rectos y competentes, como el magistrado Pinilla, el Superintendente de Salud o el director de Colciencias, por sólo citar algunos casos respecto de los cuales no teníamos objeciones particulares a su desempeño.  Si hacemos esas demandas no es entonces porque obligatoriamente seamos críticos del funcionario respectivo sino porque creemos que su elección fue irregular y afectó valores importantes del Estado de derecho, que deben ser respetados.

7. Frente a quienes argumentan que Dejusticia es inconsistente porque demandó la reelección de Ordóñez y no la del exprocurador Edgardo Maya, aclaramos que i) nuestro argumento no fue que la reelección estuviera constitucionalmente prohibida, que es una tesis respetable pero que no compartimos, sino por cuanto consideramos que el Procurador Ordóñez había incurrido en ilegalidades para hacerse reelegir pues violó el artículo 126 de la Constitución, que fue un argumento semejante al que invocamos en las nulidades de las designaciones de los magistrados Ricaurte y Múnar; y aclaramos igualmente que ii),  en todo caso,  cuando Maya fue reelecto en 2004, Dejusticia no había iniciado su actividad de litigio estratégico en materia electoral que sólo comenzó en el año 2006, como se puede constatar en nuestra página web.

8. Algunos han igualmente argumentado que Dejusticia habría demandado la reelección de Ordóñez porque éste habría dejado de otorgarle a Dejusticia contratos que supuestamente en forma generosa le habría otorgado el Procurador Maya. En el pasado ya explicamos en forma detallada que no es cierto que Ordóñez hubiera cerrado un flujo de generosos contratos que anteriormente la Procuraduría le habría entregado discrecionalmente a Dejusticia. Y que tampoco es cierto que nosotros hubiéramos empezado a criticar la gestión del Procurador Ordóñez o sus maniobras para ser reelegido por supuestamente haber perdido contratos millonarios en la Procuraduría.

9.  Algunos cuestionan que no hayamos procedido a denunciar también a los magistrados de la Corte Suprema que votaron por incorporar en la terna al Procurador Ordóñez, a pesar de tener familiares nombrados en la Procuraduría. Una vez conozcamos el texto final de la sentencia del Consejo de Estado que anuló la reelección del Procurador Ordóñez, estudiaremos si existe mérito para presentar la correspondiente denuncia.

10. Finalmente, algunos cuestionan que no hayamos demandado inmediatamente la incorporación en la terna por parte de la Corte Suprema del exfiscal encargado Jorge Perdomo para la elección del nuevo Procurador, porque podría haberse desconocido nuevamente el artículo 126 de la Constitución. Como es conocido, la acción electoral no procede contra la elaboración de la terna para elegir el Procurador sino que sólo puede presentarse una vez haya sido elegido el Procurador por el Senado. En caso de que el exfiscal encargado Perdomo resulte electo procederemos a analizar si existe o no mérito para presentar la correspondiente acción de nulidad electoral.

11. Estas aclaraciones muestran entonces que las críticas que nos han sido formuladas carecen de sustento y que nuestra demanda contra la reelección de Alejandro Ordóñez Maldonado tuvo una sola motivación: la defensa del Estado de derecho.

De interés: Procurador

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