El irrespeto al derecho a la alimentación digna es constante y generalizado en el sistema penitenciario y carcelario colombiano. | Corporación Mujeres Libres
Alimentación digna en prisión: un derecho burlado
Por: Dejusticia | Junio 4, 2024
Cuando una persona es condenada por haber cometido un delito, por lo general pierde su condición de libertad al ir a prisión. Eso no significa que en la cárcel también se suspendan sus derechos humanos y que el trato que reciba tenga que ser menos digno por estar privada de la libertad. Sin embargo, esta situación ha estado ocurriendo en los centros carcelarios colombianos, donde se ha vuelto constante y generalizado el irrespeto a los derechos de las personas que cumplen con sus condenas, específicamente, en este caso, hablamos del derecho a la alimentación digna. Alimentos en descomposición, ayunos superiores a 12 horas, irrespeto por dietas especiales y necesarias para ciertas enfermedades e intoxicaciones masivas, son solo algunos de los reportes de la población carcelaria.
Así lo ha constatado la Comisión de Seguimiento de la Sociedad Civil a la vida en prisión (de la que hace parte Dejusticia). La Comisión fue creada para monitorear el avance de las órdenes de la Sentencia T-388 de 2013, en la cual la Corte Constitucional encontró que había una reiterada y sistemática vulneración de los derechos fundamentales de las personas privadas de la libertad, en clara contravía de la Constitución. En consecuencia, ordenó a las autoridades competentes (Ministerio de Justicia, INPEC y organismos de control) revertir esta situación.
¿Qué se encontró en el último informe de la Comisión de Seguimiento?
El último informe de la Comisión de Seguimiento concluyó que existe un desgobierno por parte de las autoridades penitenciarias en los centros de reclusión en Colombia. Este desgobierno, unido a la falta de coherencia en la agenda legislativa en materia de política criminal y la dispersión de responsabilidades de las autoridades encargadas, conlleva a que se mantengan las deficiencias estructurales, como la sobrepoblación y la precariedad en la infraestructura carcelaria. Todo lo anterior genera fallas muy graves a las que nos referimos en este caso, como las deficiencias en la alimentación que reciben las personas en prisión, que vulneran su dignidad humana e impiden su bienestar y la rehabilitación social como fin principal de la pena de prisión.
El informe subrayó que hay múltiples fallas en los 132 establecimientos de reclusión del orden nacional a cargo del INPEC, lo cual afecta el derecho a una alimentación digna en buena parte de estos. Por ejemplo, de esos establecimientos:
- El 54 % tiene problemas higiénicos en equipos y utensilios.
- El 25 % tiene problemas con el personal manipulador de alimentos.
- El 30 % tiene deficiencias en el saneamiento básico.
- El 39% tiene posibles problemas de infraestructura para la prestación adecuada de los servicios de alimentación.
- El 38 % tienen déficit de mantenimiento/adecuación.
La Comisión de Seguimiento también encontró que estos problemas no están siendo investigados ni sancionados adecuadamente.
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Hallazgos en la visita a la cárcel Pedregal – Medellín
Las deficiencias en alimentación afectan múltiples prisiones del país, como el establecimiento de Pedregal, en Medellín. La Comisión de Seguimiento visitó este centro el pasado 11 de abril por denuncias que presentaron familiares de las personas privadas de la libertad. Allí se evidenció que, en marzo de 2024, por falencias sanitarias, las autoridades de salud de Medellín cerraron el “Rancho”, donde se preparaban los alimentos en la prisión. No obstante, esta medida, además de no resolver el problema, lo empeoró por diversas razones:
- El traslado de alimentos desde sitios lejanos provocó retrasos y ayunos superiores a las 12 horas entre comidas.
- Los alimentos llegaron en mal estado y en porciones reducidas: moho y gorgojos en el pan, la mortadela y las salchichas, e incluso algunas comidas estaban contaminadas con vidrios.
- Las dietas especiales para personas con enfermedades crónicas como diabetes e hipertensión no fueron entregadas.
Consecuencias: problemas de salud y represión
Las mujeres reportaron a la Comisión de Seguimiento que, a raíz de esta situación, han sufrido malestares estomacales y diarrea por consumir alimentos descompuestos. Algunas de ellas reportan debilidad por la falta de comidas, lo que ha causado desmayos en sus áreas de trabajo y lesiones en las máquinas de coser. Pese a ello, no han recibido atención médica oportuna.
El informe de la Comisión de Seguimiento destaca la relación entre la deficiencia alimentaria y las intoxicaciones masivas en diversas prisiones del país, como las ocurridas en marzo de 2021 en Acacías (Meta), donde 404 internos resultaron afectados, y en septiembre de ese mismo año en la misma cárcel en Medellín, donde resultaron intoxicadas alrededor de 620 mujeres.
La vulneración de sus derechos llevó a las mujeres privadas de la libertad a manifestarse pacíficamente. Sin embargo, en lugar de garantizar una alimentación digna, las mujeres aseguran que las autoridades les han impuesto medidas restrictivas sin atender sus exigencias. Entre las acciones que se tomaron por causa de las protestas, las mujeres afirmaron que los guardias amenazaban con el uso de gases lacrimógenos. Además, señalan, al salir al patio las esposaron de pies y manos y les impusieron restricciones para entrar y salir de las celdas.
Las denuncias en la cárcel del Pedregal se suman a la huelga de hambre de mujeres en El Buen Pastor, en Bogotá. A raíz de una carta escrita por las mismas mujeres privadas de la libertad, como integrantes de la Comisión de Seguimiento conocimos de las denuncias y exigencias de las mujeres que declararon la huelga argumentando que son intolerables las condiciones insalubres de algunos espacios y la mala calidad de los alimentos que reciben. Desde Dejusticia solicitamos al Ministerio de Justicia, al INPEC y a la USPEC que verifiquen esta situación y asuman medidas urgentes que garanticen el derecho a la alimentación digna de la población carcelaria afectada.
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¿Cómo resolver la crisis y garantizar el derecho a la alimentación digna en prisión?
Como parte de la Comisión de Seguimiento, desde Dejusticia queremos recordarles a las autoridades del Estado vinculadas a esta problemática que la alimentación, en condiciones acordes con la dignidad humana, es un derecho y no se encuentra suspendido en medio del régimen de privación de la libertad. Pedimos que se cumplan las directrices para una alimentación digna, evitando medidas represivas que no solo no corrigen, sino que agravan la vulneración de derechos de las personas en prisión. Para ello, es vital implementar, entre otras acciones, las siguientes:
- Monitoreo,supervisión y sanción para asegurar que los alimentos proporcionados cumplan con los estándares de calidad y seguridad alimentaria.
- Resolución de las denuncias sobre los presuntos incumplimientos contractuales de las empresas prestadoras del servicio de alimentación.
- Capacitación al personal que presta los servicios de alimentación, así como al personal penitenciario y de salud sobre la importancia de respetar los derechos humanos de la población privada de la libertad.
La vulneración al derecho a la alimentación digna en prisión es solo uno de los problemas de la crisis carcelaria en Colombia. Para conocer los hallazgos en esta materia y en otras como la sobrepoblación, el derecho a la salud, el acceso a la justicia, acceda aquí al Décimo Primer Informe de Seguimiento al Estado de Cosas Inconstitucional del Sistema Penitenciario y Carcelario de Colombia.
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