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Cadena perpetua: popular pero inconstitucional

SIN CASI DEBATE, NI SIQUIERA EN EL propio Congreso, avanza la iniciativa de realizar un referendo para imponer cadena perpetua en caso de homicidio, violación, explotación sexual, secuestro o maltrato severo contra un menor de 14 años.

Por: Rodrigo Uprimny Yepesjunio 6, 2011

SIN CASI DEBATE, NI SIQUIERA EN EL propio Congreso, avanza la iniciativa de realizar un referendo para imponer cadena perpetua en caso de homicidio, violación, explotación sexual, secuestro o maltrato severo contra un menor de 14 años.

Esta iniciativa es popular, pues muchos niños y niñas han padecido violencias horribles. Gran parte de esos crímenes están impunes, por lo cual muchos colombianos quieren penas más duras, como la cadena perpetua.

Esas reacciones son comprensibles pues ¿quién no quiere proteger a los niños y niñas de la violencia y que ésta sea adecuadamente castigada? Esto explica la popularidad de la iniciativa, que ha sido impulsada por la autodenominada “senadora de los niños” Gilma Jiménez.

La señora Jiménez se puso en la tarea de recoger firmas para convocar un referendo que prevea la cadena perpetua en esos casos. Y logró conseguir casi 1’800.000 firmas y que el Congreso aprobara hace dos años la Ley 1327, que convocaba dicho referendo. Pero esa ley fue declarada inconstitucional por la sentencia C-397 de 2010 de la Corte Constitucional, entre otras cosas, porque el Congreso alteró el texto que sirvió para la recolección de firmas, con lo cual violó el sentido de la iniciativa popular.

Debido a lo anterior, la senadora ha propuesto una nueva ley para que se convoque el referendo, pero con base en las mismas firmas y en el mismo texto.

El proyecto ya fue aprobado en el Senado y pasó a la Cámara, y sigue siendo muy popular, por lo cual pocos congresistas se le han opuesto. Pero deberían hacerlo pues la iniciativa, a pesar de ser popular, es inconstitucional, pues está atravesada por una paradoja mortal.

Si la ley se aprueba conforme al texto con el cual fueron recogidas las firmas, entonces la propuesta es que se imponga siempre la cadena perpetua para todos esos delitos.

Esto es totalmente irracional, pues los delitos son muy diversos; es más grave el homicidio doloso que el maltrato severo, pero ambos comportamientos tendrían siempre cadena perpetua. No es lo mismo que alguien mate a un niño en un acto de furia, que ser un asesino en serie, como Luis Alfredo Garavito. La culpabilidad es distinta, pero ambos tendrían la misma pena. Las posibilidades de resocialización de las personas condenadas es diversa, pero todos tendrían que cumplir cadena perpetua.

Ese texto absolutista (que sirvió para recoger las firmas) viola principios esenciales al Estado de derecho, como el de la proporcionalidad de las penas y la función resocializadora de la pena, por lo que equivale a una sustitución de la Constitución. La Corte tendría que declarar su inconstitucionalidad.

Conscientes de este hecho, la senadora Jiménez y los ponentes modificaron el texto de la iniciativa, previendo que la cadena perpetua sea un límite posible para algunos casos pero que no se aplica automáticamente siempre a todos esos delitos. Esta modificación reduce la irracionalidad del proyecto, sin llegar a constituir una buena política criminal. El problema es que dicho cambio no es posible pues se traiciona la iniciativa popular y se incurre en exactamente uno de los vicios de procedimiento que ocasionó la inconstitucionalidad de la Ley 1327.

La iniciativa de cadena perpetua está entonces condenada a muerte pues, de ser aprobada, la Corte deberá declararla inconstitucional por la misma razón que anuló la anterior ley. Ese solo hecho debería hacer que el Congreso archivara el proyecto. Pero más grave aún: la iniciativa es inconveniente pues desarticula el sistema punitivo sin mejorar la protección de nuestros niños y niñas (que es lo que todos queremos), como lo ha mostrado el colega Mauricio García en nuestro blog en la Silla Vacía y lo desarrollaré en posteriores columnas.

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