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Cartas de navegación
Por: Danilo Rojas (Se retiró en 2019) | diciembre 15, 2007
La planificación no persiste tanto por lo que consigue como por lo que simboliza: racionalidad
Oskar Oszlak
Lo primero que deberán hacer los próximos 1096 alcaldes y 32 gobernadores una vez posesionados el primero de enero de 2008, es coordinar la elaboración de los respectivos planes locales de desarrollo, que son algo así como la carta de navegación de los siguientes cuatro años de gobierno. La erradicación de ciertas malas prácticas en su diseño y aprobación, y la decidida participación ciudadana en su trámite, constituirán claves para la legitimación y la gobernabilidad en el ámbito local.
Bien mirado, el plan local de desarrollo constituye el indicador más tangible de lo que es una política pública municipal, distrital o departamental. Basta constatar que la oferta institucional ?v.g. en materia de salud, educación, vivienda, recreación, deporte, cultura, etc- que realmente se piense ejecutar durante el periodo de gobierno respectivo, debe convertirse en programas y proyectos concretos debidamente financiados. Lo demás es pura demagogia.
Como es sabido, el diseño y consolidación de los planes de desarrollo corre por cuenta de los gobernantes elegidos, a partir de los lineamientos planteados por los candidatos ganadores en sus respectivos programas de gobierno. A la postre, el plan local de desarrollo adquiere la forma jurídica de acuerdo, ordenanza o decreto, según que el mismo sea aprobado por el concejo, la asamblea o el gobernante correspondiente.
El carácter normativo del plan local de desarrollo le imprime obligatoriedad, lo que conlleva al menos dos consecuencias: de un lado, impone al gobernante la necesidad de hacer una oferta institucional razonable, que atienda la demanda de derechos ciudadanos, las prioridades establecidas en el programa de gobierno, el tiempo de ejecución y los recursos disponibles; y de otro, facilita a la ciudadanía en general hacer exigibles sus derechos. No sobra insistir en que un plan de desarrollo que tome en consideración al menos las dos consecuencias señaladas, facilitada su ejecución y de paso, la acción política del gobernante se verá legitimada.
La clave entonces está en hacer del plan de desarrollo no solo un ejercicio técnico, sino una oportunidad para hacer efectivo el derecho a la participación ciudadana en la toma de decisiones que los involucran. En parte por desconocimiento, en parte por inercia institucional, en parte por arrogancia, en parte por testarudez, los gobernantes locales insisten en validar la pésima práctica ?que debe erradicarse a toda costa- de pagar un experto en planeación y políticas públicas para que realice el proyecto de plan, lo cual no resulta muy difícil a partir de la información existente en los planes anteriores y la que se encuentra disponible en la página web sobre municipios colombianos y planeación nacional.
El experto sin duda hace falta para orientar el plan en su parte más técnica. Pero lo sustantivo del mismo, debe provenir del trabajo que realice el nuevo equipo de gobierno destacado para el efecto, bajo la orientación del gobernante y particularmente, de los aportes que realice la ciudadanía congregada en torno a los consejos territoriales de planeación -municipal, distrital o departamental-.
El consejo de planeación es uno de los poquísimos organismos de su tipo que tiene rango constitucional, entronizado en el 91, desarrollado legalmente en el 94 y llamado a constituirse en el más importante espacio de participación en materia de políticas públicas. Allí pueden acudir, según permisión legal, los más variados sectores de la población ?económico, ecológico, social, educativo, cultural, comunitario, indígenas, afrodescendientes y mujeres- y cumplen, entre otras funciones, un rol consultivo muy importante en el momento del diseño y aprobación de los planes de desarrollo.
Muchos alcaldes y gobernadores creen tener asegurado el trámite del plan de desarrollo si cuentan con un experto en planeación, pero olvidan o quieren olvidar que la parte sustantiva del mismo, con réditos democráticos y de gobernabilidad, radica en la efectiva participación de la comunidad que piensan orientar los próximos cuatro años.
Debe asegurarse entonces, por parte del gobernante local, el funcionamiento real de esos espacios de participación por antonomasia que son los consejos territoriales de planeación. Por su parte, la ciudadanía debe aprovechar la potencialidad de tales espacios institucionales, pues se trata de una ruta idónea no solo para la reivindicación de derechos, sino para el ejercicio efectivo de un control ciudadano de la política pública.