La CIDH instó a los Estados a adoptar políticas “que estén orientadas a respetar y garantizar los derechos humanos de las personas migrantes, refugiadas y con necesidades de protección”, que respeten la unidad familiar y el principio de no devolución. | Cortesía CELS
CIDH: Es inadmisible que los Estados aprovechen la pandemia para militarizar sus fronteras
Por: Dejusticia | Abril 8, 2021
A finales de marzo, 24 organizaciones de 8 países de Sudamérica expusimos ante la CIDH numerosas y muy preocupantes situaciones, derivadas del cierre de las fronteras producto de la crisis sanitaria mundial. Las deportaciones masivas, la militarización de los pasos fronterizos, la separación de las familias y la imposibilidad de acceder a la condición de refugiado, fueron algunas de las violaciones a los derechos humanos de las personas migrantes, refugiadas y solicitantes de asilo que reportamos en la Audiencia general.
Tras esta presentación, la CIDH emitió sus primeras recomendaciones hacia los Estados sobre la participación de las fuerzas militares en los procesos migratorios en las fronteras. Los instó a adoptar políticas “que estén orientadas a respetar y garantizar los derechos humanos de las personas migrantes, refugiadas y con necesidades de protección”, que respeten la unidad familiar y el principio de no devolución.
En concreto, destacó una serie de medidas dispuestas por los Estados que deben cesar inmediatamente porque constituyen una amenaza para las personas migrantes y refugiadas:
1) externalizar el control migratorio;
2) desplegar las fuerzas armadas, policías militares y otros cuerpos de seguridad con perfil y formación militar en tareas de gestión migratoria fronteriza;
3) aumentar la aplicación de la detención migratoria, y procedimientos de deportación o expulsión que no aseguran las garantías del debido proceso; y
4) limitar el acceso a los territorios de los Estados y a procedimientos migratorios, de asilo o de protección internacional, especialmente utilizando la pandemia y las medidas de respuesta como justificación, lo que afecta también a la migración de retorno de connacionales.
En este sentido, la organización regional reconoció que la participación de las fuerzas armadas en el control migratorio podría ser contraria a la obligación de los Estados de proteger y garantizar los derechos humanos de las personas migrantes y refugiadas y contradice los estándares y principios interamericanos. Además aumenta la vulnerabilidad de dicha población al obligarla a buscar rutas aún más alejadas e inseguras para desplazarse y acceder a los territorios de otros Estados.
Las organizaciones de la sociedad civil que firmamos y adherimos a esta nota, celebramos que la CIDH recomiende a los Estados crear e implementar estrategias que garanticen la movilidad humana en la región y la regularización de personas migrantes y solicitantes de asilo. Así como también, abordar las causas estructurales que impulsan a las personas a migrar forzadamente.
Consideramos necesario que se exija a los Estados respuestas eficaces y con la mirada puesta en la garantía de los derechos de las personas migrantes, refugiadas y solicitantes de asilo, para atender el fenómeno del aumento de los ingresos por pasos irregulares y su impacto en el pleno ejercicio de sus derechos.
Por último, nos interesa alertar acerca de las dificultades para acceder a los sistemas de salud y los diferentes programas sociales, que padece la población migrante y refugiada en los países de la región: la condición migratoria no puede ser un obstáculo para recibir la atención sanitaria y de seguridad social necesarias, incluida la vacunación contra el COVID19, en este contexto de crisis.
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Firmas
– Cáritas Brasileira
– Caritas Chile
– Centro de Derechos Humanos de la Universidad Católica Andrés Bello (Venezuela)
– Centro de Direitos Humanos e Cidadania do Imigrante – CDHIC (Brasil)
– Centro de Estudios Derecho, Justicia y Sociedad – DEJUSTICIA (Colombia)
– Centro de Estudios Legales y Sociales – CELS (Argentina)
– Clínica Jurídica de la Universidad Diego Portales (Chile)
– Conectas Direitos Humanos (Brasil)
– Coordinadora Nacional de Inmigrantes de Chile
– Comisión Argentina para Refugiados y Migrantes – CAREF (Argentina)
– Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento -CODHES (Colombia)
– Corporación Colectivo Sin Fronteras (Chile)
– Instituto Migração, Gênero e Raça – I-Migra (Brasil)
– Misión Scalabriniana Ecuador
– Missão Paz (Brasil)
– Movimiento Acción Migrante – MAM (Chile)
– Observatorio Ciudadano Chile
– Opción Legal (Colombia)
– Revista Frankenstein (Colombia)
– Secretaría de Mujeres Inmigrantes (Chile)
– Servicio Ecuménico para la Dignidad Humana – SEDHU (Uruguay)
– Servicio Jesuita a Refugiados Colombia – JRS Colombia
– Servicio Jesuita a Refugiados en Latinoamérica y el Caribe – JRS LAC
Adhesiones:
– Asamblea Abierta de Migrantes y Promigrantes de Tarapacá – AMPRO Tarapacá (Chile)
– Asociación Civil Yanapacuna (Argentina)
– Bloque de Trabajadores Migrantes – BTM (Argentina)
– Campaña Nacional Migrar No Es Delito (Argentina)
– Centro de Derechos Humanos PUCE-Q (Ecuador)
– Centro de Reflexión y Acción Social Padre Juan Montalvo – SJ en República Dominicana
– Consultorios Jurídicos Gratuitos (Ecuador)
– Encuentros SJM Perú
– Frente Patria Migrante (Argentina)
– Kino Border Initiative – KBI
– Ni una Migrante Menos (Argentina)
– Pacto pelo Direito de Migrar – PDMIG (Brasil)
– Pastoral Social Cáritas Ecuador
– Pastoral Social Caritas Bolivia
– Red Jesuita con Migrantes- RJM
– Red Nacional de Líderes Migrantes en Argentina
– Red Nacional de Migrantxs y Refugiadxs (Argentina)
– Servicio Jesuita a Migrantes – SJM Nicaragua
– Servicio Jesuita Migrantes de Argentina y Uruguay – SJM ARU
– Servicio Jesuita a Refugiados Ecuador – JRS Ecuador
– Servicio Jesuita a Refugiados México – JRS México
– Unión de Colectividades de Inmigrantes de Córdoba – UCIC (Argentina)