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Consulta previa

El proyecto reencaucha un viejo anhelo de Germán Vargas Lleras, que intentó concretar como vicepresidente. |

La consulta previa no siempre ha funcionado bien. Pero en la mayoría de los casos ha sido la única herramienta que tienen las autoridades y pueblos étnicos para hacer valer sus derechos.

La consulta previa no siempre ha funcionado bien. Pero en la mayoría de los casos ha sido la única herramienta que tienen las autoridades y pueblos étnicos para hacer valer sus derechos.

En medio del debate acerca de las propuestas más visibles del gobierno Duque —sobre el sistema judicial o la dosis personal—, ha pasado desapercibido otro proyecto de ley fundamental. Se trata de la propuesta de ley estatutaria presentada al Congreso por Cambio Radical para regular el derecho de los pueblos étnicos a la consulta previa.

El proyecto reencaucha un viejo anhelo de Germán Vargas Lleras, que intentó concretar como vicepresidente. El propio Vargas Lleras lo explicó en una columna reciente. Su idea ha sido poner en cintura el “país ingobernable” de los indígenas y los negros que se resisten a ceder los territorios ancestrales que han preservado para la humanidad —la Sierra Nevada, la Amazonia, los ríos caucanos—, para que por ellos crucen los oleoductos, lleguen los monocultivos y se abran las minas a cielo abierto. El proyecto de ley ya estaba escrito desde la vicepresidencia de Vargas Lleras, y tiene un claro eco del que buscó presentar el gobierno Uribe hace una década.

La propuesta reduce todas las consultas sobre obras o leyes a un plazo máximo de un año, sin importar si tienen lugar en regiones donde ese tiempo sería insuficiente por las distancias y el transporte. Si se lee su letra menuda, se encuentra que limita las consultas solo a retazos de los territorios indígenas y afros, porque exige que estos sean “titulados, habitados y explotados”.

El proyecto trae algunas buenas ideas. Sigue la jurisprudencia nacional e internacional al requerir que el Estado obtenga el consentimiento del pueblo afectado (y no solo lo consulte) cuando una obra ponga en peligro su existencia. También intenta asignar responsables y fondos claros para los procesos de consulta.

Pero las buenas ideas sucumben a la altura del artículo 50 del proyecto, sobre las medidas que no requieren consulta. Como quien intenta deslizar una cláusula leonina al final de un contrato de parqueadero en letra minúscula, los autores del texto terminan eximiendo de consulta muchos de los casos más frecuentes e importantes. No se requeriría consulta para renovar obras de infraestructura ya existentes o para los proyectos de “interés estratégico nacional”, independientemente de que afecten directa y gravemente a un pueblo o comunidad.

La consulta previa no siempre ha funcionado bien. Pero en la mayoría de los casos ha sido la única herramienta que tienen las autoridades y pueblos étnicos para hacer valer sus derechos. Y las reglas del derecho internacional y las sentencias de las cortes ya han sentado parámetros suficientes y más adecuados que los de este intento infortunado de regular el “país ingobernable”.

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Posdata: con la anuencia comprensiva de Fidel Cano, voy a descansar —y dejar descansar a los lectores— de la columna durante unos meses, para terminar un libro que tengo pendiente hace tiempo. Tomando en préstamo una idea del diario Folha de São Paulo para mitigar el desbalance de género y ampliar el espectro de voces en las páginas editoriales, decidimos invitar cada semana a una colega columnista de círculos académicos, activistas o de comunidades de base que no haya tenido este espacio.

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