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Ojalá el Congreso no insista en debilitar la capacidad de los jueces para emitir decisiones integradoras en los conflictos agrarios y rurales. | EFE

La nueva Jurisdicción Agraria y Rural debe defender la ruralidad en toda su diversidad. Jueces agrarios y rurales tienen la misión de armonizar igualdad social, protección ambiental y crecimiento económico para una ruralidad sostenible y justa.

La nueva Jurisdicción Agraria y Rural debe defender la ruralidad en toda su diversidad. Jueces agrarios y rurales tienen la misión de armonizar igualdad social, protección ambiental y crecimiento económico para una ruralidad sostenible y justa.

Con la expedición del Acto Legislativo 03 de 2023, el Congreso de la República modificó la Constitución para crear la Jurisdicción Agraria y Rural. Con este cambio parecía que en Colombia habíamos alcanzado un acuerdo sobre la necesidad de tener una jurisdicción que resolviera, tanto conflictos agrarios, como otro tipo de conflictos presentes en la ruralidad. Sin embargo, el trámite legislativo del proyecto de ley que desarrolla las competencias de los jueces agrarios parece estar renunciando al componente rural de esta jurisdicción.

Nuestra Constitución ordena la búsqueda de la igualdad material para los grupos tradicionalmente excluidos, lo que en el ámbito agrario implica la adopción de decisiones con enfoque diferencial y redistributivo. Para que esas medidas se den en un entorno ambientalmente sostenible y socialmente pacífico, los jueces agrarios y rurales deberán armonizar estos mandatos de igualdad social, con las disposiciones constitucionales que también protegen los ecosistemas esenciales para la vida y que respaldan la iniciativa privada de la voluntad que persigue legítimamente el crecimiento económico.

Esta idea se entiende muy bien en el Congreso de la República, donde actualmente se discute un proyecto de ley que ha sido enriquecido con amplias y variadas referencias a la necesidad de armonizar estos tres elementos.

Sin embargo, parece que en el legislativo aún persiste una contradicción: aunque varios sectores han señalado, con buen juicio, que no todo lo rural es agrario; la jurisdicción que está a punto de aprobarse se limita únicamente a las controversias sobre predios y actividades agrarias, excluyendo otros conflictos que, como los ambientales y los minero-energéticos, también están presentes en la ruralidad.

Ojalá el Congreso no insista en debilitar la capacidad de los jueces para emitir decisiones integradoras en los conflictos agrarios y rurales. Debemos aprovechar los debates que quedan para fortalecer el rol de los jueces como garantes de la propiedad en tanto función social y ecológica, con ello nos acercaremos a una ruralidad sostenible y productiva para el país.

La justicia agraria para los grupos tradicionalmente excluidos, la justicia ambiental, y la prosperidad de las relaciones pacíficas son, en buena medida, interdependientes. La protección efectiva de los bosques naturales exige la pacífica y progresiva redistribución productiva de tierras dentro de la frontera agrícola.

Una buena forma de aportar al logro de este difícil propósito será diseñar una jurisdicción agraria que, en su conformación, refleje la diversidad de la ruralidad, y que tenga una competencia expansiva. Es decir, una jurisdicción donde jueces y juezas centren su competencia en los predios y actividades agrarias, pero que no pierdan su carácter rural por estrictas exclusiones de competencia.

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