Skip to content
RUY_Columna_ Santrich-2

RUY_Columna_ Santrich-2 |

No es cierto que negar la extradición de un guerrillero o paramilitar para proteger un proceso de paz o los derechos de las víctimas, sea defender la impunidad de sus crímenes.

No es cierto que negar la extradición de un guerrillero o paramilitar para proteger un proceso de paz o los derechos de las víctimas, sea defender la impunidad de sus crímenes.

Sabía que recibiría críticas ácidas y ataques personales por mi última columna, en donde sostuve que Santrich no debía ser extraditado sino juzgado en Colombia, para proteger la paz y los derechos de las víctimas de las Farc. Tengo claro que es una tesis muy impopular, pero mi papel como columnista no es ganar aplausos, sino alimentar un debate público racional, planteando lo que creo acertado y jurídicamente válido, aunque sean ideas que perturben o molesten.

No voy a responder a los numerosos ataques personales que recibí de quienes prefieren la estigmatización y el insulto al debate argumentado, pues no creo que tenga ninguna utilidad. Pero hay dos supuestos que subyacen a la mayoría de las críticas y que merecen una respuesta, con el fin de despejar ciertos equívocos en este debate: i) que negar la extradición es impunidad y que, por el contrario, ii) concederla es sinónimo de justicia. Procedo pues a examinarlas.

Muchos de quienes me atacaron consideraron que estaba defendiendo la impunidad para Santrich por el delito de narcotráfico en que habría incurrido después del Acuerdo de Paz. No es así. Mi planteamiento, que es idéntico al que sostuve para oponerme a la extradición de los jefes paramilitares en 2008, es que Santrich debía ser juzgado por ese crimen en Colombia y recibir, si resultaba condenado, las penas ordinarias del Código Penal, que son altas. Y que Estados Unidos podía enviar las pruebas contra Santrich para colaborar con la justicia colombiana. ¿Dónde está entonces la defensa de la impunidad?

Esta propuesta no es además una invención mía, pues muchos tratados de extradición prevén cláusulas semejantes. Por ejemplo, la constitución alemana prohíbe que sus nacionales sean extraditados. El tratado de extradición de ese país con Estados Unidos prevé entonces que al negar Alemania la extradición de un nacional, Estados Unidos puede solicitarle que esa persona sea juzgada en Alemania y deberá enviarle las pruebas pertinentes para que el crimen no quede impune. Exactamente lo mismo que propuse.

El segundo supuesto es que la extradición a Estados Unidos sería una forma severa de justicia para Santrich por todos sus crímenes. Pero eso tampoco es cierto, como lo documenta una investigación del New York Times sobre la extradición de los jefes paramilitares, que muestra que recibieron penas suaves sólo por narcotráfico y no por sus atrocidades en Colombia. Algunos podrán incluso quedarse en Estados Unidos en premio por su colaboración, con lo cual sus víctimas colombianas ven gravemente afectada su posibilidad de obtener justicia, fuera de que la verdad de estos paramilitares sobre sus crímenes atroces se desvanece para Colombia, pues ellos no tienen obligación legal ni incentivos para hablar sobre crímenes distintos al narcotráfico. ¿Es esa entonces la justicia que defienden quienes insisten en la extradición de Santrich?

No es pues cierto que negar la extradición de un guerrillero o un paramilitar, cuando resulte necesario para proteger un proceso de paz o los derechos de las víctimas, sea defender la impunidad de sus crímenes. Es simplemente afirmar que esas personas deben ser juzgadas donde más daño ocasionaron y donde sus víctimas tienen más posibilidad de ser escuchadas y obtener justicia, verdad y reparación, que es en Colombia. Y no es tampoco cierto que autorizar su extradición sea favorecer la justicia, pues Estados Unidos no está interesado en que sus atrocidades en Colombia sean sancionadas, pues su propósito esencial es combatir el narcotráfico.

Powered by swapps
Scroll To Top