¿Justicia “territorial” para el posconflicto?
Carolina Villadiego Burbano Abril 1, 2015
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El Gobierno y el Congreso deben tomarse en serio el énfasis territorial de la justicia en el posconflicto, pues de ello depende, en gran medida, una paz duradera.
El Gobierno y el Congreso deben tomarse en serio el énfasis territorial de la justicia en el posconflicto, pues de ello depende, en gran medida, una paz duradera.
Con las negociaciones de paz se ha consolidado la idea de que habrá énfasis territorial del Estado en el posconflicto. Aunque no se sabe muy bien eso qué significa, una idea general que ronda es que ello implica abandonar el diseño del Estado desde el centro del país, para reconfigurarlo en el territorio a partir de las particularidades, necesidades y diseños propios de las regiones. Pero en materia de justicia, quedan muchas dudas acerca de si ello es una prioridad para el Gobierno y el Congreso.
Estas dudas se reflejan en la existencia de contradicciones entre dos proyectos del Gobierno que se discuten en el Congreso. Por un lado, las Bases del Plan Nacional de Desarrollo 2015-2018 definen como objetivo para fortalecer la presencia del Estado, la prestación de un servicio de justicia con “enfoque sistémico y territorial”. Es por ello que el proyecto de Plan de Desarrollo establece un “Plan decenal de la justicia” que debe ser elaborado con las entidades territoriales.
Por otro lado, el proyecto de equilibrio de poderes que se debate en el Congreso, diseña un “nuevo” modelo de gobierno y gerencia de la Rama Judicial con poco énfasis territorial. Por ejemplo, según la ponencia para quinto debate, la Gerencia de la Rama Judicial será la encargada de “administrar la Rama” y “formular modelos de gestión e implementar los modelos procesales en el territorio nacional”.
Esta propuesta no supera una crítica que actualmente se hace al Consejo Superior de la Judicatura por su excesivo centralismo en la administración de la Rama, aun cuando tenga seccionales. El problema del centralismo en la justicia va más allá de tener sedes regionales, o de definir un esquema de gerencia desconcentrado territorialmente como lo propone la ponencia del proyecto de equilibrio de poderes. El problema real, es que mientras las decisiones de diseño e implementación de la justicia en el territorio dependan del centro, el “enfoque territorial y rural” de la justicia no es cierto. Es en realidad, un énfasis central con algunos matices regionales.
Probablemente la ausencia de un enfoque territorial no sería un problema tan grande si estuviésemos hablando del contenido de las decisiones de los jueces, pues ahí la uniformidad de los fallos tiene sentido: que toda la ciudadanía tenga los mismos derechos y mecanismos semejantes para hacerlos efectivos. El problema es que estamos hablando de cómo se organiza y se administra la justicia en el territorio, para que sea igualmente eficaz en todo el país. Y esto es muy importante, pues, según una investigación realizada por Mauricio García Villegas y José Rafael Espinoza (“La debilidad institucional de los municipios en Colombia”), el sistema penal, por ejemplo, es más eficaz en las capitales de departamento; y a medida que los municipios son más rurales, su eficacia disminuye.
Entonces, si el énfasis territorial para el posconflicto es algo que el país debe tomarse en serio como parte de una paz duradera, quiénes primero deben tomárselo en serio son el Gobierno, el Congreso y la misma Rama Judicial. En materia de justicia, dicho énfasis debe comprender que los despachos judiciales y los servicios de justicia en general, deben diseñarse e implementarse a partir de las realidades y necesidades propias de las regiones.