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La decisiĆ³n de la Corte Constitucional sobre el Acto Legislativo para la Paz es a la vez reconfortante y preocupante.

La decisiĆ³n de la Corte Constitucional sobre el Acto Legislativo para la Paz es a la vez reconfortante y preocupante.

Es una gran noticia que el Acuerdo pueda empezar a implementarse de inmediato, pues disminuye radicalmente la posibilidad de que se quiebre el cese al fuego y continĆŗen las disidencias. Pero inquieta que la Corte no haya exigido ningĆŗn tipo de refrendaciĆ³n popular, aunque habĆ­a fĆ³rmulas que le permitĆ­an hacerlo sin poner en peligro la paz.

Como se sabe, el Acto Legislativo permite adoptar leyes y reformas constitucionales mediante procedimientos expeditos que dan al Gobierno especial influencia sobre su contenido y trĆ”mite, y le permiten garantizar la implementaciĆ³n expedita del Acuerdo. La disminuciĆ³n de las facultades del Congreso y la calidad de la deliberaciĆ³n parlamentaria se contrarrestaban con la ratificaciĆ³n popular, que se estableciĆ³ como condiciĆ³n de vigencia del Acto Legislativo.

La derrota del plebiscito y la decisiĆ³n de no someter a refrendaciĆ³n popular el nuevo Acuerdo exigieron que la Corte tuviera que evaluar no sĆ³lo si el Acto Legislativo sustituĆ­a la ConstituciĆ³n, sino tambiĆ©n si se trataba de una reforma vigente en ausencia de ratificaciĆ³n popular directa.

Era una decisiĆ³n difĆ­cil. Si la Corte negaba la vigencia de la reforma, ponĆ­a en peligro la paz, que es condiciĆ³n para que la ConstituciĆ³n pueda cumplirse cabalmente. Ello equivalĆ­a a omitir las restricciones polĆ­ticas que el contexto le impone al derecho en situaciones de transiciĆ³n. Y si la Corte afirmaba la vigencia sin condiciones, no dejaba claro cĆ³mo podĆ­a justificarse el dĆ©ficit democrĆ”tico del procedimiento especial. Con ello podĆ­a dar la impresiĆ³n de que el derecho estaba sometido por completo a las exigencias de la polĆ­tica, a riesgo de tornarse irrelevante.

La decisiĆ³n de la Corte no era trĆ”gica, pues habĆ­a soluciones intermedias. Por ejemplo, R. Uprimny propuso que declarara que la ratificaciĆ³n popular directa debĆ­a ser la regla para que operara el procedimiento especial, pero que Ć©ste podrĆ­a usarse en su ausencia para temas urgentes, como la ley de amnistĆ­a. Otros sugirieron que la Corte permitiera el inicio de la implementaciĆ³n, pero exigiera la ratificaciĆ³n popular posterior.

Sin embargo, la Corte parece haber optado por una soluciĆ³n que pone pocas condiciones a la vigencia de la norma. SegĆŗn el comunicado de prensa, el Acto Legislativo podrĆ” considerarse vigente si, en opiniĆ³n del Congreso, se llevĆ³ a cabo un proceso que incluyĆ³ la participaciĆ³n directa, tuvo en cuenta sus resultados de buena fe en un contexto en el que se buscaron mayores consensos, y concluyĆ³ con la decisiĆ³n de un Ć³rgano de representaciĆ³n como el Congreso. Estas condiciones se parecen mucho al procedimiento sui generis que el Gobierno adelantĆ³ tras la derrota del plebiscito. Por ello, la oposiciĆ³n puede verlas como una forma de hacer conejo a la voluntad popular, y de alineaciĆ³n total de la Corte al Gobierno.

La decisiĆ³n es problemĆ”tica porque no morigera sino que puede atizar la polarizaciĆ³n actual. Esto puede complicar la implementaciĆ³n del Acuerdo, pues es posible que la oposiciĆ³n proponga echar para atrĆ”s lo aprobado e incluso lo implementado. Y tambiĆ©n que los sabotajes a la implementaciĆ³n, como los mĆŗltiples asesinatos de lĆ­deres sociales, continĆŗen o se incrementen.

Por ello, ahora es clave que la Corte se concentre en robustecer la legitimidad jurĆ­dica de la soluciĆ³n adoptada, asĆ­ como su independencia. Entre otras cosas, la Corte deberĆ­a justificar en detalle en su sentencia por quĆ© las condiciones que propone no burlan la exigencia de ratificaciĆ³n popular. TambiĆ©n deberĆ­a desarrollar una estrategia para estudiar las normas de implementaciĆ³n, que muestre su capacidad de atender a las exigencias derivadas de la paz, pero sin dejarse someter por completo a ellas.

La posibilidad de que la Corte enfrente este reto adecuadamente dependerĆ” en gran medida de los nuevos magistrados que han de sumarse. OjalĆ” quienes estĆ”n a cargo de su designaciĆ³n no olviden la importancia que tiene la independencia judicial para la democracia y la estabilidad de la paz.

De interĆ©s:Ā Acuerdo de paz / Paz / Proceso de paz

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