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Ajustes reforma tributaria

La reforma propone disminuir los umbrales de las exenciones y deducciones sobre la renta de $16 millones mensuales a $4,2 millones mensuales, lo que impactaría especialmente a las personas que perciban mayores ingresos, pues son quienes acceden a deducciones de medicina prepagada o de ahorros voluntarios de pensiones, entre otros beneficios. | Ricardo Maldonado, EFE

El proyecto actual de reforma tributaria, aunque requiera de algunos ajustes, es la puerta de entrada a un sistema tributario equitativo y progresivo, que es el que exige la Constitución y el que Colombia necesita.

El proyecto actual de reforma tributaria, aunque requiera de algunos ajustes, es la puerta de entrada a un sistema tributario equitativo y progresivo, que es el que exige la Constitución y el que Colombia necesita.

La reforma tributaria para la igualdad y la justicia social abre una ventana a nuevas oportunidades para cumplir con los principios tributarios de progresividad y equidad, y también logra aplicar uno de los principios de los derechos humanos de la política fiscal relacionado con la movilización de los recursos disponibles para lograr gradualmente la plena efectividad de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales.

Es decir, busca mayor recaudo de recursos para programas sociales, sin recargar los sectores populares, ni a la clase media, pues esencialmente la reforma limita privilegios que favorecen a los más ricos, con lo que tendríamos un sistema tributario más justo.

Si bien la reforma debe replantear ciertas medidas frente al sector minero-energético, a los impuestos saludables, e incluir medidas de transparencia de la información tributaria, hace propuestas en la dirección correcta respecto a limitación de beneficios tributarios tanto para empresas como para personas naturales, que son considerados incentivos para responder a condiciones de coyuntura económica, pero que se han perpetuado perjudicando la progresividad, la equidad, la transparencia y el recaudo.

En términos de progresividad y de movilización máxima de los recursos disponibles, sobresalen las medidas planteadas para personas naturales.

La reforma propone disminuir los umbrales de las exenciones y deducciones sobre la renta de $16 millones mensuales a $4,2 millones mensuales, lo que impactaría especialmente a las personas que perciban mayores ingresos, pues son quienes acceden a deducciones de medicina prepagada o de ahorros voluntarios de pensiones, entre otros beneficios.

Otro punto para resaltar es el impuesto al patrimonio permanente, propuesta basada en tarifas que incrementan de acuerdo a mayores niveles de renta, específicamente para bienes y ahorros que superen los $3.000 millones. En general, este es un impuesto que refleja el estatus socio-económico de las personas, por lo que siempre representará una mayor carga para aquellos con gran acumulación de riqueza.

De acuerdo con el análisis del Observatorio Fiscal de la Javeriana, menos del 1% de los individuos declarantes de renta cuenta con un patrimonio neto por encima de los $3.000 millones, lo que demuestra la progresividad del impuesto y la grave concentración del patrimonio en Colombia.

Por otro lado, las propuestas para las personas jurídicas son las que destacan un esfuerzo por corregir la inequidad horizontal, a través de la limitación y eliminación de tratamientos preferenciales a ciertos sectores de la economía.

Sobresale la limitación de los beneficios tributarios al 5% de la renta líquida de las empresas, la eliminación de exenciones especialmente para empresas de la economía naranja, actividades de desarrollo de sistemas informáticos, turismo, entre otras; y la restricción del beneficio de tarifa reducida en el impuesto de renta para empresas ubicadas en las zonas francas, de acuerdo con un umbral gradual de ventas al territorio nacional que no podrá sobrepasar el 20% a partir del 2026, lo que claramente obedece al objetivo real de las zonas francas y al cumplimiento de sus planes de internacionalización, por el cual fueron creadas.

Finalmente, respecto al subsuelo del Estado, la reforma plantea dos propuestas esenciales.

La primera es la imposibilidad de deducir las regalías en el impuesto sobre la renta de las empresas, debido a que corresponden a un pago por el uso de un activo del estado. Y la segunda es una sobretasa en el impuesto de renta para el sector minero-energético de forma extraordinaria cuando se superen ciertos límites de ingresos por exportaciones. Esto a partir del actual auge en los precios internacionales de algunos commodities (petróleo crudo, carbón y oro) que permiten a empresas del sector obtener mayores utilidades.

Sí bien este último punto pretende un recaudo progresivo y maximizar los recursos disponibles, debido a la situación económica actual del mundo y de Colombia, sobrecargar las empresas del sector extractivo no parece ser la mejor estrategia. Sobre todo cuando la tarifa estatutaria de renta es del 35%, una de las más altas a nivel regional y de los países Ocde.

La propuesta no equilibra la carga impositiva con la eliminación de los beneficios tributarios y a ello se le adiciona las declaraciones del Ministerio de Minas y Energía con relación a la suspensión de actividades de exploración y explotación de recursos petroleros, que buscarían disminuir costos ambientales, pero que afectarían en el corto plazo la producción y la competitividad del sector del que la economía colombiana aún depende demasiado.

Esto acarrea menores ingresos, menor inversión, mayor encarecimiento de la tasa de cambio y, por ende, se agravaría el desequilibrio en la balanza de pagos y en la economía del país. Adicionalmente, se generaría menor recaudo, lo cual es aún más problemático, cuando se espera que este sector aporte el 51% del recaudo esperado. Por lo que es necesaria una transición energética gradual, sin medidas que afecten excesivamente la economía.

En cuanto al impuesto propuesto para las bebidas ultra procesadas azucaradas, se celebra su inclusión dentro de la reforma, pues responde al llamado de la OMS y de la OPS a adoptar medidas orientadas al cuidado de la salud. Pero se tienen serias dudas frente a su diseño tributario, pues existe la posibilidad de que no permita desincentivar su consumo para reducir el riesgo de padecer enfermedades crónicas no transmisibles.

Por otro lado, brilla por su ausencia una propuesta relacionada con la transparencia de la información para elaborar análisis específicos de nuestro sistema tributario. Por último, la propuesta tributaria no busca que más personas naturales declaren sus ingresos económicos, así sea de forma gradual, pues con la reforma apenas representan el 15% de los 22 billones que se propuso recaudar.

En conclusión, este proyecto de reforma tributaria, aunque requiera de algunos ajustes, es la puerta de entrada a un sistema tributario equitativo y progresivo, que es el que exige la Constitución y el que Colombia necesita.

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