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Con el cumpleaños 25 de la Constitución me gustaría destacar uno de sus múltiples aciertos: el reconocimiento del Habeas Data como derecho fundamental para proteger los datos personales.

Con el cumpleaños 25 de la Constitución me gustaría destacar uno de sus múltiples aciertos: el reconocimiento del Habeas Data como derecho fundamental para proteger los datos personales.

En el 91 apenas empezaba la preocupación por la circulación de información digital personal, pero la Asamblea Constituyente lo previó. Y la ciudadanía, preocupada por las bases de datos de deudores con listas equivocadas que no borraban ni actualizaban, promovió tutelas y logró desarrollar esta novedad. Hoy en día, con dos leyes estatutarias además de amplia y fuerte jurisprudencia, el Habeas Data es imprescindible para la vida moderna, aunque no está exento de riesgos.

El suministro de datos personales es la moneda de cambio en la modernidad. El precio por la presencia y los beneficios del mundo digital. Por ejemplo, sólo a cambio de datos se accede a plataformas como Tappsi, Uber y Airbnb, para no hablar de las redes sociales. Con el avance tecnológico, el intercambio es mayor, de suerte que tanto la presencia virtual como la liberación y captura de datos crecen y se confunden con el mundo real. Así, los amigos de Facebook parecen más cercanos que los reales y los juegos, como el reciente Pokémon Go, conjugan virtualidad y realidad.

Probablemente, en poco tiempo, la protección de la proyección de una persona a través de sus datos en el mundo digital será tan necesaria como la protección de la persona física en la vida real. Pero el Habeas Data, diseñado para cumplir esta tarea, aún tiene problemas.

Empezando porque quien garantiza este derecho fundamental, la Superintendencia de Industria y Comercio, vigila a industriales y comerciantes en relación con usuarios y consumidores, pero no tiene suficiente visión de derechos humanos. Además, tiene una competencia limitada que no se extiende a personas públicas como la Policía haciendo inteligencia, por dar un ejemplo.

Otro problema es que los datos no tienen territorio único. Los persiguen y coleccionan empresas pequeñas como una tienda de ropa en internet y gigantes como Google, Twitter y Facebook. Cuando se requiera el cumplimiento de las normas colombianas, será difícil lograr que responda cualquiera de estas empresas, si está fuera de Colombia o tiene sus servidores en Utah. Y si intentamos aplicar las normas de Utah, nos daremos cuenta que los gringos tienen un tratamiento diferencial: los datos de los nacionales tienen una protección categoría A y los de los no nacionales una protección B o inferior.

Los motores de búsqueda también representan un riesgo serio pues son una fórmula para dejar el rastro de nuestras vulnerabilidades que después pueden ser explotadas bajo algoritmos secretos. Estos agentes pueden dejar demasiado expuestos datos que, si llegaran a ser sensibles, como el caso de los que aglutinan tendencias políticas, religiosas o etnias, estaría prohibida su recolección. Sin embargo, hoy más que nunca es facilísimo agrupar estos datos y no tenemos control sobre esas posibles agrupaciones, que además tienen alta propensión a caer en manos inescrupulosas.

A pesar de estas dificultades, y otras que no logro incluir aquí, la Constitución Política se anotó un punto sólido de cara al mundo digital. Creó un derecho aún joven y en construcción, pero que promete. Larga vida para el Habeas Data.

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