Las implicaciones de los crímenes de lesa humanidad en Gaza
Dejusticia Noviembre 15, 2023
Israel sigue en una posición de ofensiva contra Palestina a pesar de que más de 100 países apoyan la resolución de la ONU para un alto al fuego en Gaza. | EFE
Hay evidencias de la perpetración de crímenes de lesa humanidad contra el pueblo palestino por parte de Israel, pues a los efectos del Estatuto de la CPI, este pueblo es un grupo nacional sometido al ataque generalizado sistemático contra su población civil y con conocimiento de dicho ataque.
Hay evidencias de la perpetración de crímenes de lesa humanidad contra el pueblo palestino por parte de Israel, pues a los efectos del Estatuto de la CPI, este pueblo es un grupo nacional sometido al ataque generalizado sistemático contra su población civil y con conocimiento de dicho ataque.
Asistiendo a un encuentro de narrativas afro-feministas en Cali, pude escuchar la narración de la escritora Mary Lucía Hurtado sobre un encuentro que sostuvo con Manuel Zapata Olivella, en el Ministerio de Educación en la década del noventa. En esa ocasión, el gran literato de Lorica había anunciado que la historia afrocolombiana no debía buscarse en los años coloniales de la trata transatlántica sino en la historia profunda de los primeros hombres y mujeres que habitaron África Oriental hace más de dos millones de años. Evocando esa historia, Mary Lucía nos dijo que más allá del concepto de raza tenemos una humanidad compartida y que, consecuentemente, nos corresponde solidarizarnos con las luchas diversas que claman por una humanidad más democrática y justa. La pedagoga negra habló de los miles de niños palestinos que están muriendo en la Franja de Gaza y en la responsabilidad compartida para evitar que sigan ocurriendo crímenes contra la humanidad en el mundo.
Aunque quisiera continuar con un tono literario, la historia del pueblo palestino desde las resonancias diaspóricas me compele a hablar de la historia reciente de los crímenes contra la humanidad. Contemporáneamente, el delito de genocidio en el marco del derecho penal internacional aparece en la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio de 1948. Según el artículo 2 de la Convención, recogido de forma literal por el artículo 6 del Estatuto de la Corte Penal Internacional (CPI) de 1998, puede ser víctima de este delito un grupo nacional, étnico, racial o religioso que se pretenda destruir total o parcialmente con: actos de matanza, lesión grave a su integridad física o mental, sometimiento intencional para provocar su destrucción física total o parcial, medidas destinadas a impedir nacimientos en el seno del grupo y traslado por la fuerza de niños del grupo a otro grupo.
Desde sus inicios, la implementación de la Convención fue difícil. Por ejemplo, tan pronto entró en vigor en 1951, Estados Unidos dilató su ratificación hasta 1988 luego de que una asociación de derechos civiles demandara el caso de la destrucción parcial intencionada de un grupo del pueblo afroamericano. De otra parte, en un principio, solo los Estados estaban facultados para denunciar casos de genocidio ante la Corte Internacional de Justicia, el tribunal competente para resolver estos casos, según la Convención. En este contexto, prevaleció la interpretación según la cual un genocidio implica la destrucción física e intencional de un grupo. Sin embargo, cuando el jurista polaco Raphael Lemkin redactó el borrador de la Convención en 1947; primero, no había separación entre genocidio físico y cultural; y segundo, se trataba de un delito que implicaba un plan coordinado de diferentes acciones dirigidas a destruir los fundamentos esenciales de un grupo humano.
En términos prácticos, la Convención no fue implementada a nivel internacional entre las décadas del cincuenta y el noventa. La responsabilidad de los líderes estatales fue inoperativa, como se evidenció en el primer caso ante la Corte Internacional de Justicia (Bosnia-Herzegovina contra la Antigua República de Yugoslavia, Serbia y Montenegro en este momento). En este caso, la Corte rechazó los cargos de genocidio considerando que no se había demostrado la “intención genocida” de destruir a un grupo nacional, étnico, racial o religioso del Estado de Yugoslavia en términos de la Convención.
La jurisprudencia más reciente de la Corte (Croacia contra Serbia), del 3 de febrero de 2015, siguió esta misma línea. A pesar de que se encontraron pruebas contundentes de asesinatos y desplazamientos forzados, la Corte consideró que tales actos no constituían genocidio porque no se había podido establecer la mencionada “intención genocida”. Además, la Corte ha sostenido que todas las políticas perjudiciales para un grupo nacional, étnico, racial o religioso no constituyen genocidio a menos que se demuestre que dichas políticas tienen como objetivo la destrucción física o biológica. Aunque esta es la tendencia dominante no se trata de una visión conclusiva, por el contrario, es posible encontrar posiciones críticas en la doctrina especializada, en la academia, y en las organizaciones de la sociedad civil.
A la luz de este contexto, el Estatuto de la CPI trae novedades de vital importancia para la protección internacional de estos grupos y sus derechos. En primer lugar, porque superó la era en que solo los Estados podían presentar denuncias formales y asumir responsabilidades penales por genocidio. Hoy, después de más de medio siglo de la aparición de este delito, la CPI tiene también la posibilidad de juzgar a individuos. De otra parte, porque estableció que toda forma de ataque “generalizado o sistemático contra un pueblo”, como, por ejemplo, el asesinato selectivo, la desaparición provocada o el crimen de apartheid, sin importar la forma y el agente que lo cometa, son crímenes contra la humanidad. Estos crímenes no son menos graves que el genocidio, y en las actuales circunstancias, ofrecen mayor certeza jurídica para hablar de responsabilidad penal internacional.
Le puede interesar: ¡Cese al fuego ya en Palestina!
Los crímenes contra la humanidad remarcan su carácter inhumano y, por tanto, son una especie de reparación histórica no solo para avergonzarnos de historias execrables como la esclavitud o el holocausto judío; sino también para responsabilizarnos como humanidad, haciendo todo lo que esté a nuestro alcance para evitar que estos crímenes sigan ocurriendo. Hoy, los crímenes contra la humanidad son denunciables ante la CPI, y dada su gravedad, la misma CPI los puede perseguir de oficio. El primer precedente se sentó el 4 de marzo de 2009 cuando la Sala Primera de Cuestiones Preliminares de la CPI cursó orden de detención contra Omar Hassan Al Bashir, presidente de la República de Sudán, por crímenes contra la humanidad y crímenes de guerra en Darfur.
En estos momentos, hay evidencias de la perpetración de crímenes de lesa humanidad contra el pueblo palestino por parte de Israel, pues a los efectos del Estatuto de la CPI, este pueblo es un grupo nacional sometido al ataque generalizado sistemático contra su población civil y con conocimiento de dicho ataque. Ello es así, entre otras razones, debido a que Israel sigue en una posición de ofensiva contra Palestina a pesar de que más de 100 países apoyan la resolución de la ONU para un alto al fuego en Gaza.
El 12 de octubre de 2023, un grupo de Relatores Especiales de la ONU condenó los ataques militares indiscriminados de Israel en Gaza, donde una población de más de 2.3 millones de personas, de la cual casi la mitad son niños, ha sufrido un bloqueo ilegal durante 16 años y ha experimentado cinco guerras brutales sin rendición de cuentas. Estos expertos de la ONU advirtieron sobre la retención de suministros esenciales como alimentos, agua, electricidad y medicamentos. Esto causa una grave crisis humanitaria en Gaza, deja a su población en un riesgo inminente de inanición y constituye un crimen contra la humanidad. En las últimas semanas, Unicef ha seguido señalando que esta catástrofe está afectando especialmente a la infancia de Gaza.
Autoidentificarnos como humanidad es el llamado de la poeta negra Mary Lucía Hurtado, quien, cerrando su intervención en Cali, leyó su poema Lo humano, en mí. En esta potente intervención político-literaria, Hurtado nos propone buscar su lado humano en la historia profunda del mundo, pues como dice, “si buscas lo humano en mí, encontrarás, ¡humanidad en mí!”.