Los injustos ataques a la JEP
Rodrigo Uprimny Yepes Mayo 19, 2019
La JEP denegó el miércoles pasado la extradición del exlíder de las FARC Seuxis Paucias Hernández, alias "Jesús Santrich", requerido en Estados Unidos por narcotráfico, y pidió a la Fiscalía que lo deje en libertad. | Leonardo Muñoz, EFE
Quienes desde siempre se han opuesto a la JEP no reconocen las complejidades que enfrenta, sino que prefirieron atacarla, como lo hizo el fiscal general, quien prefirió invitar a la ciudadanía a una especie de insurrección contra la JEP, simplemente porque perdió el caso.
Quienes desde siempre se han opuesto a la JEP no reconocen las complejidades que enfrenta, sino que prefirieron atacarla, como lo hizo el fiscal general, quien prefirió invitar a la ciudadanía a una especie de insurrección contra la JEP, simplemente porque perdió el caso.
Los duros ataques contra la JEP de parte del presidente, del exfiscal general y de varios congresistas, por su decisión en el caso Santrich, representan un grave riesgo para la independencia judicial, que es un elemento esencial de cualquier democracia.
Cualquier decisión judicial puede ser criticada y debatida públicamente, incluso por los otros poderes estatales. Y este auto de la JEP es controversial, aunque esté bien fundamentado. Pero una cosa es debatir el auto y otra muy distinta es atacar la JEP diciendo que esa decisión muestra un sesgo a favor de las Farc y de la impunidad, pues eso no es cierto, al menos por las siguientes cuatro razones: i) ese mismo día, la JEP ordenó la captura de alias el Paisa, lo cual muestra que priva de beneficios a aquellos desmovilizados que no cumplan con el régimen de condicionalidades; ii) la decisión fue dividida pues la votación fue tres a dos, hubo entonces un debate jurídico intenso y pudo haber triunfado la tesis de que Santrich podía ser extraditado, lo cual es contrario a la idea de un sesgo de la JEP a favor de las Farc; iii) la JEP ha negado la gran mayoría de las solicitudes de garantía de no extradición, y iv) la JEP aclaró que si había pruebas en su contra, Santrich podía ser juzgado en Colombia por narcotráfico.
Lea el comunicado de Dejusticia en defensa ante los ataques a la JEP aquí
Este caso es, además, difícil pues la reforma constitucional que creó la JEP estableció que los desmovilizados de las Farc no serían extraditados por delitos anteriores al Acuerdo de Paz y que la JEP sería la garante de ese derecho. Este fue un elemento central de la paz y por ello el Acto Legislativo Nº 1 de 2017 dijo que, en caso de una solicitud de extradición de un desmovilizado, la JEP “evaluará la conducta atribuida para determinar la fecha precisa de su realización”.
Los trámites de extradición de guerrilleros desmovilizados son entonces distintos a los otros que se hagan en Colombia, que pasan directamente a la Corte Suprema, que no evalúa la conducta para fijar ninguna fecha pues no opera ninguna garantía de no extradición.
La JEP enfrenta entonces un tema nuevo y, como la regulación tiene vacíos y no existe jurisprudencia previa sobre la materia, surgen muchas preguntas: ¿cuál estándar probatorio se debe aplicar para determinar la fecha del delito atribuido? ¿Debe ser la “certeza”, por tener que ver con la garantía constitucional de no extradición? ¿O debe ser la “probabilidad de verdad”, por tratarse de algo equivalente a una acusación? ¿Y qué pasa si el Estado requirente no envía pruebas suficientes? ¿Debe negarse la extradición por falta de pruebas? ¿O debe la JEP usar su facultad probatoria para corregir las deficiencias del Estado requirente?
La discrepancia entre el auto y los salvamentos de voto deriva en el fondo de una respuesta distinta a esas preguntas difíciles. El auto negó la extradición pues aplicó un estándar de prueba estricto y se basó en las pruebas entregadas por Estados Unidos y la Fiscalía, que consideró insuficientes. En cambio, para las magistradas disidentes el estándar probatorio es menos exigente y la JEP debió suplir las deficiencias probatorias de Estados Unidos y de la Fiscalía.
El auto y los salvamentos están todos bien sustentados, lo cual muestra la dificultad del tema y que jueces honestos pueden razonablemente discrepar en un caso así. Pero quienes desde siempre se han opuesto a la JEP no reconocen esas complejidades, sino que prefirieron atacarla, minando la independencia judicial, como lo hizo el fiscal general, quien en vez de acatar la decisión, como era su deber, prefirió invitar a la ciudadanía a una especie de insurrección contra la JEP, simplemente porque perdió el caso.