Los sin-derechos
Sergio Chaparro noviembre 12, 2015
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A la población carcelaria se le han restringido legalmente sus derechos políticos y su libertad, pero ilegalmente se le violan sus demás derechos.
A la población carcelaria se le han restringido legalmente sus derechos políticos y su libertad, pero ilegalmente se le violan sus demás derechos.
El 21 de agosto pasado, en la cárcel Palogordo, fue encontrado sin vida Pedro Luis Lozano. Según algunos reclusos, se ahorcó desesperado porque llevaba meses en aislamiento en la “Unidad de Tratamiento Especial”, un eufemismo para referirse al calabozo. En el 2008, en la cárcel de Valledupar, Alexandra fue castigada por sostener una relación sentimental con una compañera. Decidió suicidarse tras dieciocho meses de reclusión en una celda de aislamiento. El Estado colombiano no reportó este año al Comité contra la Tortura de la ONU información precisa sobre el número y las causas de las personas que han muerto prematuramente en prisión; pero no es difícil encontrar casos similares que se repiten cada tanto en artículos de prensa que pasan desapercibidos.
La cárcel es un lugar donde a las personas se les causan múltiples y graves daños que se refuerzan entre sí, al punto de conducir a muchas de ellas a querer quitarse la vida o a perderla en extrañas circunstancias. La tasa de suicidios es 8 veces mayor en la prisión que fuera de ella. Además, de las 53 investigaciones disciplinarias reportadas por Colombia ante la ONU por muertes de internos por presunta negligencia hasta 2013, solo 3 terminaron en sanciones, las demás estaban en indagación o fueron archivadas.
Si hay un lugar donde la vigencia de los derechos y la Constitución queda exceptuada es precisamente en las cárceles. Empezando por el derecho a la vida, pues la prevalencia del VIH, la tuberculosis u otras enfermedades mortales es hasta 20 veces mayor entre rejas, y la tasa de homicidios 25 veces más alta, según estudios de la Universidad de Antioquia e ILANUD. Otro tanto pasa con el derecho a la salud: solo en 73 de las 138 prisiones del país hay personal médico para atención intramural; no es exagerado decir entonces que parte de la condena que se paga en la prisión consiste en quedar en manos de CAPRECOM. ¿Y qué ocurre con el derecho al trabajo? Según investigaciones periodísticas, la empresa privada tiene 61 maquilas en los penales, en las que se emplean 1.441 prisioneros. Solo 12 de cada mil reclusos en Colombia, pese a todas sus necesidades, tienen posibilidad de una opción laboral. Sobre el derecho a la alimentación basta decir que el Estado cubre las tres comidas diarias de un preso con menos de lo que cuesta un almuerzo ejecutivo.
Nunca el hacinamiento carcelario había sido tan alto como hoy: 121.389 personas viven en un sistema con apenas 78.000 cupos. En cárceles como las de Riohacha el hacinamiento alcanza niveles del 478%. Investigaciones del Colectivo de Estudios Drogas y Derecho han evidenciado las consecuencias perversas y la ineficacia de responder con cárcel a fenómenos como los mercados de drogas: mientras que la población en prisión en los últimos 14 años se incrementó en 136%, la recluida por delitos de drogas aumentó 269%. Si las personas que cometieron delitos menores de drogas, sin incurrir en violencia u otras conductas delictivas, no hubieran sido encarceladas, no habría sobrecupo en 55 centros penitenciarios que hoy están hacinados. Pero además de ser indignante, encarcelar masivamente no ha servido ni para reducir el consumo problemático de drogas ni para evitar que los adolescentes consuman cada vez más temprano. Por el contrario, la prisión aumenta el riesgo adicción a sustancias para las personas encarceladas e incrementa la probabilidad de abuso de drogas entre sus hijos e hijas, los cuales quedan desamparados.
El sistema penitenciario es muy costoso e ineficiente. Pese a que se gastan alrededor de 12 millones promedio por interno al año –más de lo que se gasta en un estudiante de universidad pública– las condiciones de las cárceles son deplorables. ¿Qué pasaría si se les brindase, con estos mismos recursos, respuestas alternativas a la prisión con las cuales estas personas pudieran poner todo el potencial del que son capaces al servicio de otras causas? Los instintos carceleros de ciertos sectores de la sociedad, cargados de prejuicios, terminan por prevalecer sobre los derechos de las personas que son recluidas, y que en su gran mayoría han tenido escasas oportunidades: el 97% de los internos del país tienen máximo bachillerato completo.
La cárcel es un lugar al que, dadas las condiciones actuales de reclusión, nadie debería ir a parar. La Corte Constitucional ha declarado la existencia de un estado de cosas inconstitucional en las cárceles y ha ordenado un replanteamiento a fondo de la política criminal y penitenciaria. Se ha conformado una Comisión de Seguimiento de la Sociedad Civil que ha producido un primer informe para monitorear la respuesta del Gobierno frente a las órdenes de la Corte. Y el Comité contra la Tortura ha instado al Estado colombiano a explorar alternativas al encarcelamiento para reducir los niveles de ocupación. Hay precedentes importantes para un cambio.
Pero mientras se aplican estas alternativas, es urgente abrirle paso a medidas como el certificado de disponibilidad carcelaria avalado por la Comisión Asesora de Política Criminal, conforme al cual no debería poderse enviar a más personas a la cárcel, y menos a quienes cometen delitos menores, hasta que no existan cupos en condiciones dignas.
Nelson Mandela decía que no se conoce un país realmente hasta que se está en sus cárceles y que no debía juzgarse a una nación por cómo trata a sus ciudadanos más destacados, sino a los más desfavorecidos. Somos capaces de algo mejor que condenar a nuestros iguales a condiciones miserables de vida. Abramos entonces este debate.