Los términos de la transición
Daniel Marín junio 24, 2019
Al menos desde 2005, con el establecimiento del proceso de justicia y paz, y más recientemente con las enmiendas constitucionales que incorporaron los contenidos del acuerdo de paz, existe una brecha entre las esperanzas del derecho y las realidades de la transición. | Christan Escobar, EFE
Como los términos del derecho no son los mismos de la transición, es clave tener en cuenta que el recurso más importante de los mecanismos de la justicia transicional es el tiempo. Que día a día se construye. Que un día perdido es nefasto. Eso lo saben muy bien sus detractores.
Como los términos del derecho no son los mismos de la transición, es clave tener en cuenta que el recurso más importante de los mecanismos de la justicia transicional es el tiempo. Que día a día se construye. Que un día perdido es nefasto. Eso lo saben muy bien sus detractores.
Se suele decir que los tiempos del derecho no siempre son los tiempos de la sociedad. Hay momentos en que el derecho como lenguaje de la regulación social suele ir a pasos lentos mientras la sociedad se mueve a pasos agigantados, como acontece en la actual era digital. Por otro lado, hay tiempos en que el derecho cree estar a punto con los cambios sociales, sin embargo, estos son más lentos por las complejidades históricas que implican.
En este escenario, más difícil y farragoso por los álgidos debates que despiertan, las normas reconocen derechos y deberes que muchas veces se encuentran con barreras sociales cuya adaptación al nuevo escenario jurídico es compleja. Pensemos, por ejemplo, en el contexto histórico tras la promulgación de la Constitución Política y los debates que aún suscita casi treinta años después sobre el contenido y el alcance del derecho a la vida o a la igualdad.
Es este último escenario en el que vivimos la historia del presente, nuestra transición hacia la paz. Al menos desde 2005, con el establecimiento del proceso de justicia y paz, y más recientemente con las enmiendas constitucionales que incorporaron los contenidos del acuerdo de paz, existe una brecha entre las esperanzas del derecho y las realidades de la transición. Mientras el sistema legal reconoce las amnistías, los juicios especiales, la Comisión de la Verdad y los programas de reparación, en la sociedad persiste el desconcierto sobre el funcionamiento de estos mecanismos, en particular qué tan justos son tras 60 años de conflicto.
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Muestra de ese desconcierto es la más reciente encuesta Gallup. Como lo analizó El Espectador, mientras una mayoría no sigue estando de acuerdo con fórmulas que sacrifiquen justicia para negociar la paz (53% contra 44%), una mayoría sigue pensando que el diálogo con las guerrillas es necesario (58% contra 39%). Asimismo, aumentó la percepción entre los encuestados de que la implementación de los acuerdos de paz va por mal camino (66%). Esto después de meses turbulentos del caso Santrich y todo el drama de las objeciones del presidente Duque a la ley estatutaria de la JEP.
Estos vaivenes de la sociedad colombiana, que se reencuentra a sí misma, afectan los procesos institucionales de la justicia transicional. La transición exige que el Estado ponga un límite temporal en derecho para el despliegue de mecanismos excepcionales de verdad, justicia y reparación, sin embargo, es muy difícil que esos términos se ajusten a los lentos procesos que exige la reconciliación nacional y la burocracia estatal.
En una reciente intervención que hicimos desde Dejusticia pusimos de presente cómo la ley de víctimas, que está punto de perder vigencia en el 2021, tan sólo ha logrado indemnizar al 10,4% de las poco más de ocho millones de víctimas registradas. En este panorama parece imposible cumplir la promesa estatal de reparar las víctimas del conflicto armado.
En una línea similar, se encuentran la JEP y la Comisión de la Verdad que apenas empezaron pero que no han podido desplegar toda su capacidad, ya sea por las peleas políticas o por los recortes presupuestales. La JEP ha sufrido bastante con todo el escándalo mediático. De los 10 años que tiene para presentar sus acusaciones y resoluciones, quedan nueve para resolver los casos relacionados con el conflicto armado, que son pocos. Este año el gobierno y su partido no ayudaron por las múltiples trabas que le impusieron a su funcionamiento y esto redunda en que sólo hasta ahora haya un marco normativo definido para los procedimientos en la JEP, su ley estatutaria. Un año de diez y contando… Por su lado, la Comisión arrancó en noviembre pasado con un 40% de reducción en su presupuesto y apenas este mes —¡por fin!— fue posible adecuar unas instalaciones para todo el personal en Bogotá. Y para ver cuánto tiempo le queda asómense a su página web…
Y como los términos del derecho no son los mismos de la transición, es clave tener en cuenta que el recurso más importante de los mecanismos de la justicia transicional es el tiempo. Que día a día se construye. Que un día perdido es nefasto. Eso lo saben muy bien sus detractores.