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Una cosa es que la deportación masiva de colombianos por el Gobierno venezolano sea una clara violación del derecho internacional, como lo expliqué en mi anterior columna.

Una cosa es que la deportación masiva de colombianos por el Gobierno venezolano sea una clara violación del derecho internacional, como lo expliqué en mi anterior columna.

Otra cosa es que el presidente Santos deba denunciar a la cúpula del Estado venezolano ante la Corte Penal Internacional (CPI), como lo han sugerido el procurador y el fiscal, que es una recomendación discutible.

Jurídicamente, no todas las violaciones al derecho internacional o a los derechos humanos, incluso si son graves, son competencia de la CPI, por cuanto este tribunal sólo conoce de ciertos tipos de delitos: el genocidio, los crímenes de guerra y los crímenes de lesa humanidad.

Algunos argumentan que estas expulsiones masivas son una “deportación” o una “persecución” de colombianos que configuran un crimen de lesa humanidad. Y la cosa aparentemente suena pues el Estatuto de Roma prevé que en ciertas circunstancias la “deportación” o la “persecución” son crímenes de lesa humanidad. Pero el asunto es muy debatible pues para que sean crimen de lesa humanidad la deportación o la persecución deben reunir ciertos requisitos.

No puedo analizar por límites de espacio todos estos requisitos, pero basta un ejemplo para mostrar la complejidad del tema: para que una deportación sea un crimen de lesa humanidad es necesario que las personas expulsadas hayan estado presentes “legítimamente” en la zona de la que fueron deportadas. Y al parecer la mayoría de los colombianos expulsados se encontraban en situación irregular en Venezuela.

Aclaro que la posible situación irregular de estos compatriotas no justifica la forma masiva y precipitada como fueron deportados, por lo que esta expulsión es inaceptable y viola el derecho internacional. Pero el hecho de que muchos, al parecer la gran mayoría, no estuvieran regularmente en Venezuela, suscita muchas dudas de que se pueda decir que estaban “legítimamente” en la zona, con lo cual parecería faltar un elemento esencial para que se configure la deportación como crimen de lesa humanidad.

Hoy gana puntos en Colombia quien más duro ataque a Maduro, por lo cual es popular invitar al presidente Santos a que denuncie formalmente a la cúpula venezolana ante la CPI. Quienes cuestionemos la sensatez de esa opción seremos entonces atacados por supuesta complacencia frente al presidente venezolano. Pero nuestra justa indignación por los atropellos cometidos por Maduro no debe nublar nuestro juicio, ni llevarnos a exaltaciones xenófobas. Una denuncia de la cúpula venezolana ante la CPI no tiene, al menos con la información hoy disponible, bases jurídicas sólidas, por lo que sería un error jurídico que el presidente la hiciera. Pero además sería un acto de consecuencias políticas problemáticas, pues haría mucho más difícil una solución pacífica y diplomática de la complicada situación que estamos viviendo en la frontera, fuera de que sería una invitación a que la CPI viniera a América Latina, que es como invitarla a que también intervenga en Colombia.

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