¿Matrimonio igualitario o “apartheid” legal?
Rodrigo Uprimny Yepes abril 3, 2016
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La Corte Constitucional deberá definir si en Colombia hay matrimonio igualitario, esto es, si las parejas del mismo sexo tienen el derecho a casarse que tenemos las parejas heterosexuales; o si sólo pueden aspirar a formalizar su unión y su familia con un contrato distinto, una especie de “unión solemne”.
La Corte Constitucional deberá definir si en Colombia hay matrimonio igualitario, esto es, si las parejas del mismo sexo tienen el derecho a casarse que tenemos las parejas heterosexuales; o si sólo pueden aspirar a formalizar su unión y su familia con un contrato distinto, una especie de “unión solemne”.
Esta discusión tiene una dimensión filosófica y otra más técnico-jurídica, pero ambas apuntan en la misma dirección: la decisión correcta es admitir el matrimonio igualitario.
La discusión técnica recae sobre el alcance de la Sentencia C-577 de 2011 y tiene complejidades difíciles de resumir en una columna, por lo que preferí abordarla con más detalles en una entrada en la Silla Vacía.
Esta columna se centra entonces en la dimensión filosófica y la conclusión es clara: el matrimonio igualitario es un nuevo avance hacia una sociedad más igualitaria y pluralista, pues todos tendríamos la posibilidad de casarnos, sin importar la orientación sexual, con lo cual se eliminaría tal vez la última discriminación legal existente contra gais y lesbianas. Esto sería además un mensaje simbólico fuerte para la sociedad en general, pero en especial para las nuevas generaciones, que tendrían claro que nuestro orden jurídico no admite discriminaciones contra la población LGBT. Y la decisión es incluyente y no le causa daño a nadie, pues no habría ninguna afectación a la libertad religiosa por tratarse de un matrimonio igualitario civil. Las distintas iglesias podrían reservar, conforme a sus creencias, el matrimonio religioso para parejas heterosexuales, de la misma manera que hoy, en el catolicismo, el matrimonio es indisoluble, aunque existe el divorcio para el matrimonio civil.
Por el contrario, negar el matrimonio igualitario sería consagrar un apartheid por orientación sexual, que perpetuaría la discriminación contra la población LGBT, pues habría dos regímenes separados: el matrimonio de verdad para las parejas heterosexuales y el pseudomatrimonio, la unión solemne, para las parejas del mismo sexo.
Quienes se oponen al matrimonio igualitario dicen que no habría tal discriminación, pues la unión solemne otorgaría la misma protección jurídica que el matrimonio. Pero esa tesis es inaceptable. Primero, porque hay ciertos déficits de protección que la unión solemne no puede nunca corregir, ya que dependen de las relaciones internacionales, como la posibilidad de obtener permiso de residencia en ciertos países para el cónyuge, de la cual quedan excluidas las parejas del mismo sexo por no poderse casar. Segundo, y tal vez más importante, porque olvida la dimensión simbólica de la discriminación, pues esa separación de regímenes sólo tiene un propósito: defender simbólicamente la supremacía de las mayorías heterosexuales, como lo hizo en su momento la segregación racial en Estados Unidos. Es en el fondo decirles a las parejas del mismo sexo que hasta las toleramos, pero que no sean igualadas: ¿cómo se les ocurre aspirar al matrimonio?