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El proyecto de reforma constitucional que se conoce como de “restablecimiento del equilibrio de poderes” sigue su tránsito en el Congreso.

El proyecto de reforma constitucional que se conoce como de “restablecimiento del equilibrio de poderes” sigue su tránsito en el Congreso.

Esta semana, la comisión de ponentes terminó de discutir el texto de ponencia que fue sometida a consideración de la Comisión Primera del Senado.

La cuestión más mediática del proyecto es la propuesta de eliminación de la reelección presidencial inmediata, es decir, la reversión del “articulito”. No obstante, esa es sólo una de las muchas reformas institucionales a las que apunta el proyecto, entre las cuales se encuentran:

– Modificar la figura de la circunscripción nacional en el Senado para elegir 89 senadores por esta vía, más 2 indígenas y 11 territoriales. Además establece que el candidato que ocupe el segundo lugar en la elección presidencial podrá ocupar un cargo de senado

– Establecer el Sistema Nacional de Gobierno y Administración Judicial, el cual remplazaría al Consejo Superior de la Judicatura

– Aplicar la “silla vacía” por corrupción administrativa en materia de delitos dolosos contra la administración pública

– Crear el Tribunal de Aforados para juzgar a altos funcionarios

– Suprimir el sistema de listas con voto preferente para la elección de corporaciones públicas

– Modificar del sistema de elección de Procurador General de la Nación y Contralor General de la República

Más allá de la reelección, el proyecto tiene en total 35 artículos que realizan modificaciones trascendentales al poder público en el país. Todas las ramas del poder público (Ejecutivo, Legislativo, Poder Judicial y Órganos de Control) serán modificados de una u otra manera.

Es una reforma muy ambiciosa. En eso se parece mucho a la nefasta experiencia de la “reforma a la justicia” promovida por el primer gobierno Santos y que ahora tiene al país en un lío jurídico. Ese proyecto siempre fue mucho más que una reforma a la administración de justicia. De hecho, tenía poco de reforma a la justicia y mucho de reforma al poder político. Esta falta de enfoque dio lugar a que distintos intereses la capturaran y terminaran colgándole todos los micos posibles, con el resultado que ya el país conoce y que se evidenció con la recordada conciliación del proyecto.

A pesar del fracaso de ese proyecto, el gobierno insiste en una propuesta estructural de reforma, que se apoya en la afectación de la reelección en el equilibrio de poderes, pero que tiene múltiples temas que no necesariamente se relacionan de manera directa con ese tema. Según el texto de la ponencia, este “ajuste institucional general ayuda a que los diferentes elementos se refuercen entre sí para restablecer el equilibrio de poderes, lo cual no se conseguiría si los distintos aspectos acá planteados se considerasen mediante esfuerzos o iniciativas separadas”. Esperemos que esta aproximación no nos aboque a una crisis como la ya originada con la reforma a la justicia.

¿De la “Comisión de absoluciones” al tribunal de aforados?

Uno de los temas más polémicos de este proyecto es aquel de la creación de un “tribunal de aforados”, que tendría a su cargo la investigación de aforados, manteniendo el juzgamiento en el Senado de la República. Este nuevo tribunal se presenta como una alternativa al modelo de investigación actual de altos funcionarios que se realiza a través de la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes, cuya ineficacia en sus veinte años de historia hace que caricaturescamente se le conozca como la “Comisión de absoluciones”.

La ponencia establece que la Cámara de Representantes continuará con la competencia para acusar, tanto al presidente de la República, como a los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, del Consejo de Estado y de la Corte Constitucional, y al Fiscal General de la Nación y al vicepresidente, por causas disciplinarias, fiscales o penales. Sin embargo, establece que previa a la acusación de estos últimos (excluyendo al Presidente) deberá existir una solicitud del Tribunal de aforados.

Este tribunal estará compuesto por cinco miembros, elegidos por el Congreso en pleno de ternas enviadas por la Sala de Gobierno Judicial (una de las instancias nuevas que remplaza al también controversial Consejo Superior de la Judicatura), para períodos personales de ocho años. Quienes integren este tribunal “deberán cumplir con las calidades exigidas para ser magistrados de la Corte Suprema de Justicia y no podrán ser elegidos con posterioridad como magistrados de ninguna corporación judicial”, dice la ponencia.

Para su elección, la Sala de Gobierno Judicial elaborará ternas a partir de un concurso organizado por la Dirección Ejecutiva de la Administración Judicial. Posteriormente deberá expedirse una ley que reglamente el proceso de convocatoria, el cual deberá ser administrado objetivamente por la Dirección de la Administración Judicial.

Para el gobierno y su bancada, este nuevo esquema enfrentará los problemas de la actual forma en la que la Cámara de Representantes acusa a altos funcionarios. Para este sector, el principal problema de la Cámara es que la Comisión de acusaciones no tiene las competencias jurídicas, ni cuenta con los elementos técnicos necesarios para adelantar estos procesos de manera objetiva. Por tanto, según sus defensores, el tribunal de aforados se constituirá como una verdadera corte de justicia que de manera objetiva adelante los procesos de acusación.

No obstante, a la propuesta ya le han llovido críticas. Las más airadas han provenido de la senadora Claudia López, quien dijo a los medios que “Para lo único que servirá [el Tribunal de Aforados] es para generar impunidad en el país”. Para la citada senadora, esto ocurre pues existe un interés en generar una “impunidad institucionalizada”, para lo cual se le está dando estatus político a los magistrados de las altas cortes al otorgarles un “juzgamiento político y no en derecho”.

La crítica de la Senadora López se fundamenta en que la propuesta establece que el tribunal de Aforados investigará el caso, pero luego los encargados de adelantar el proceso son la Cámara de Representantes (que es la encargada de acusar) y enviar el caso, si así lo considera, al Senado de la República. Además, la reforma establece que en caso de causas disciplinarias o fiscales el Senado será el encargado de “aplicar las sanciones respectivas”. Esto parece muy problemático pues la valoración de prueba es menos rigurosa y tiene menores estándares de admisión. Entonces, tendremos al Congreso vía proceso disciplinario (prevaricato, por ejemplo), pudiendo cuestionar decisiones de los jueces y del fiscal.

Así las cosas, el tribunal de aforados hace poco en autonomizar el proceso y en garantizar un proceso exclusivamente jurídico. Al final, terminan decidiendo los políticos, en Cámara y Senado.

A esta visión crítica se suman los comentarios de Gustavo Gallón en su más reciente columna en el diario El Espectador. A Gallón le preocupa que el tribunal de aforados no se concentre en quien más denuncias tiene y mayor impunidad genera: la investidura de presidente de la República. Esto se debe a que la reforma ratifica la facultad de la Cámara de representantes para acusar al presidente de la República e introduce el tribunal de aforados, pero específicamente para los casos de otras autoridades y no para el presidente. Además, preocupa a Gallón que el texto de la reforma no mencione de manera expresa a la Comisión de Acusaciones. En consecuencia, estima Gallón, quedamos con un tribunal nuevo y caro que no se concentra en el principal problema.

En tercer lugar, no parece ser tan cierto que esta nueva institución requiera constituirse como una “corte de justicia”, bajo el modelo que propone el Gobierno. Parece un contrasentido diseñar un órgano encargado de investigar, que se llame «tribunal”, donde sus miembros tengan calidades de magistrados y sea un cuerpo tipo judicial. Ello pues ese “tribunal” va a investigar (no a juzgar) y eso implica no ejercer funciones judiciales.

Una cuarta cuestión que queda en el aire con tribunal de aforados es el problema de la competencia para el juzgamiento de delitos cometidos por magistrados de la Corte Suprema de Justicia. La Constitución establece, en el artículo 174, que le corresponde al Senado de la República conocer de las acusaciones que formule la Cámara de Representantes contra el Presidente de la República; contra los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, del Consejo de Estado y de la Corte Constitucional, los miembros del Consejo Superior de la Judicatura y el Fiscal General de la Nación, aunque hubieren cesado en el ejercicio de sus cargos.

En caso de que el Senado encuentre que estos funcionarios cometieron un delito levantará su fuero constitucional y enviará el caso para que sean juzgados por la Corte Suprema de Justicia, conforme a lo dispuesto en los artículos 175 y 235. Así, por ejemplo, si el presidente es acusado de un delito, la Comisión de Acusaciones de la Cámara estudia el caso para que la Cámara de Representantes lo acuse ante el Senado, si el Senado lo encuentra responsable deberá establecer si hay o no lugar a seguimiento de causa y, en caso afirmativo, enviarlo ante la Corte Suprema para que sea este tribunal el que adelante el juicio. Lo mismo sucede con los demás aforados.

El problema es que bajo este modelo, si un magistrado de la Corte Suprema es el investigado, una vez tramitado el caso en Cámara y Senado sería el propio cuerpo al que pertenece el encargado de su juicio penal. Para solventar este problema, algunas de las propuestas que se han hecho es que se cree un tribunal de juzgamiento de aforados, que no solo investigue, sino que además juzgue de manera independiente a todos los aforados (incluyendo magistrados). El tema es que esto no es lo que ocurre con el propuesto Tribunal de Aforados, pues éste solamente se encargará de verificar la situación antes de que el caso pase por Cámara y Senado para el juicio político, pero no se establece que éste órgano sería el competente para juzgar a ningún funcionario.

De esta manera, si bien el tribunal de aforados da en el clavo al intentar salidas a una institución como la comisión de absoluciones que ha sido un rotundo fracaso, no parece muy solvente a la hora de contestar las críticas. Al final pareciera que el gobierno y su bancada caen en el chiste de haber dado un verdadero giro de 360 grados: una vuelta muy grande para quedar en el punto de inicio.

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