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Fiscalía, Odebrecht, Néstor Humberto Martínez

el Consejo de Estado tiene la oportunidad de evitar una discusión puramente formal, sentar jurisprudencia clave para la integridad del funcionario público, el manejo de sus intereses y la moralidad institucional, así como contribuir a recuperar la confianza en la rama judicial y en la democracia. | Ricardo Maldonado, EFE

Es un deber ciudadano exigir que la cabeza de la Fiscalía sea modelo de moralidad pública y ofrezca garantías de imparcialidad judicial reales y aparentes.

Es un deber ciudadano exigir que la cabeza de la Fiscalía sea modelo de moralidad pública y ofrezca garantías de imparcialidad judicial reales y aparentes.

En la pasada elección de fiscal general no hubo la transparencia necesaria para que la Corte Suprema tomara una decisión informada. Solo hasta hace poco, con las grabaciones del controller Pizano, se enteró la Corte (y la opinión pública) de información sustancial que Néstor Humberto Martínez (NHM) ya conocía y que, aunada a su trayectoria previa de intereses, hubiera podido cambiar la elección porque afecta seriamente los principios de imparcialidad y credibilidad. Por esto, Dejusticia, junto con Jorge Iván Cuervo y la Comisión Colombiana de Juristas demandamos la nulidad de la elección del fiscal, quien tenía la llave para la lucha contra la macrocorrupción en Colombia y decidió guardarla en sus bolsillos, que no han sido precisamente de cristal.

Cuando NHM fue ternado tenía un conflicto de interés potencial del tamaño de una catedral. Pensó que lo descartaba diciendo que no tenía impedimentos por procesos en curso, olvidando que los impedimentos son solo una forma de tramitar los conflictos de intereses. Entonces ocultó su conflicto potencial a la Corte, habiendo ya estallado el escándalo de Odebrecht en la región. Alega que lo cobijaba el secreto profesional, pero este solo se predica de la relación entre abogado y cliente y no de la relación entre amigos, y fue gracias a su amistad con Pizano que se enteró de los posibles delitos de Odebrecht, socio de Aval, que había sido su cliente y lo volvería a ser en un contrato de transacción relacionado con esos hechos.

 

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NHM también hubiera podido valorar el daño que le haría a la democracia colombiana no informar estos gravísimos hechos, entregándole los datos claves a la Corte bajo confidencialidad, para que ella misma tomara una decisión informada. Pero no lo hizo y con ello se benefició y vició el acto de su nombramiento, lo que en derecho electoral se puede enmarcar en falsa motivación por error de hecho: la Corte votó y eligió a NHM con el convencimiento de que era el ternado en mejores condiciones para desempeñar el cargo sin tener conocimiento de hechos que serían de capital importancia para la elección, pues afectaban la imparcialidad del ternado para liderar la Fiscalía.

Además, NHM no ha hecho una rendición de cuentas satisfactoria sobre su conocimiento previo del macrocaso de corrupción que tiene convulsionada a la región; incluso en el debate de control político en el Congreso acabó convirtiendo su defensa en un ataque a sus críticos. Mientras tanto, tiene el monopolio de la acción penal, lo hace con el máximo de discrecionalidad en el nombramiento y la remoción de los fiscales que dirigen las múltiples líneas investigativas relacionadas y con el mínimo de rendición de cuentas sobre sus relaciones y conocimiento previo de los posibles delitos de Odebrecht.

Este ocultamiento de información benefició a Martínez con su nombramiento, pudo haber beneficiado y seguir beneficiando a sus antiguos clientes y amigos del grupo Aval, así como a la Concesionaria Ruta del Sol II, de la que formaba parte Odebrecht, pues todos fueron sus clientes y podían y pueden no tener interés en que se esclarezcan los hechos. Más importante aun, este ocultamiento perjudica a la institucionalidad y al interés público representado en la confiabilidad de la Fiscalía y su capacidad de investigación independiente.

Es también un deber ciudadano exigir que la cabeza de la Fiscalía sea modelo de moralidad pública y ofrezca garantías de imparcialidad judicial reales y aparentes. Estas garantías se logran si cerramos la puerta giratoria y la interpretación formalista de los conflictos de intereses reducidos a impedimentos y recusaciones y en cambio ofrecemos transparencia general para conflictos potenciales y aparentes.

Ahora el Consejo de Estado tiene la oportunidad de evitar una discusión puramente formal, sentar jurisprudencia clave para la integridad del funcionario público, el manejo de sus intereses y la moralidad institucional, así como contribuir a recuperar la confianza en la rama judicial y en la democracia.

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