Reampliando el fuero militar
Rodrigo Uprimny Yepes octubre 19, 2014
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En primer debate fue aprobado el proyecto del Gobierno para ampliar la competencia de la justicia militar y revivir así la reforma constitucional, que fue anulada el año pasado por la Corte Constitucional por vicios de procedimiento.
En primer debate fue aprobado el proyecto del Gobierno para ampliar la competencia de la justicia militar y revivir así la reforma constitucional, que fue anulada el año pasado por la Corte Constitucional por vicios de procedimiento.
Esta ampliación del fuero militar es inconveniente para el país y para las propias Fuerzas Armadas. Y para explicarlo, a riesgo de repetirme, retomo algunos de los argumentos con los cuales varios analistas nos opusimos anteriormente a esa reforma.
Hoy la competencia de la justicia militar es limitada, pues sólo juzga a militares o policías que cometan delitos claramente vinculados con el servicio. Y no puede conocer de violaciones graves a los derechos humanos, por ser actos totalmente ajenos a la función militar o policial.
Este proyecto, como la anterior reforma constitucional, modifica profundamente la situación, pues para la Fuerza Pública el fuero militar dejará de ser excepcional. En efecto, el proyecto señala que, salvo seis excepciones (genocidio, desaparición forzada, ejecución extrajudicial, violencia sexual, tortura y desplazamiento forzado), cualquier violación al derecho humanitario cometida por un militar o un policía será conocida exclusivamente por la justicia militar.
Este drástico cambio ha sido justificado con diversos argumentos, como la supuesta incapacidad de los jueces ordinarios para comprender las operaciones militares o la presunta falta de garantías y seguridad jurídica de los militares en la justicia ordinaria. Pero ninguna de esas razones es convincente, como intenté mostrarlo en mis columnas sobre el tema de noviembre de 2012, a las cuales remito al lector interesado.
Esta ampliación del fuero militar desconoce el derecho internacional y pronunciamientos específicos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, como lo mostró Gustavo Gallón en su columna de esta semana. Eso ya es grave, pues Colombia debe cumplir con sus obligaciones internacionales. Pero además es un retroceso para la democracia, pues las violaciones a los derechos humanos suelen quedar en la impunidad cuando son conocidas por la justicia militar, debido a su falta de independencia y a su espíritu de cuerpo. Y por ello mismo el proyecto afecta la propia legitimidad de la Fuerza Pública, pues ese esfuerzo por sustraerla de la vigilancia de jueces externos independientes genera sospechas de que se busca la impunidad.
Algunos pueden objetar que mi conclusión es equivocada, pues la reforma ordena la separación de la justicia militar de las estructuras de mando, lo cual fortalecería su independencia. Pero en realidad la reforma ordena esa separación por cuanto reconoce que hoy la justicia militar no es independiente de la estructura de mando como para sustraerse al espíritu de cuerpo en la Fuerza Pública. Es mejor entonces profesionalizar y dotar de una independencia genuina a la justicia militar, para lo cual no se requiere reforma constitucional, en vez de pensar en ampliar peligrosamente su competencia.