Tres lecciones del caso Bieri
Rodrigo Uprimny Yepes Octubre 26, 2020
Para resumir: el censurador premiado con un contrato millonario y los denunciantes inmersos en un proceso penal. | Wikimedia Commons*
Hoy tenemos una Fiscalía muy diligente en perseguir a una persona por hacer público un acto de censura cometido por Bieri, un amigo del presidente, mientras que esa misma Fiscalía no parece haber visto que Bieri, al usar su cargo para censuar a Los Puros Criollos, pudo haber incurrido en “abuso de autoridad por acto arbitrario e injusto”, que es el delito previsto en el artículo 416 del Código Penal… solo tres artículos antes del delito por el que persiguen a Diana Díaz.
Hoy tenemos una Fiscalía muy diligente en perseguir a una persona por hacer público un acto de censura cometido por Bieri, un amigo del presidente, mientras que esa misma Fiscalía no parece haber visto que Bieri, al usar su cargo para censuar a Los Puros Criollos, pudo haber incurrido en “abuso de autoridad por acto arbitrario e injusto”, que es el delito previsto en el artículo 416 del Código Penal… solo tres artículos antes del delito por el que persiguen a Diana Díaz.
El caso Bieri trae tres lecciones: i) el riesgo de un fiscal general cercano al presidente; ii) que la red pública de medios (RTVC) debería ser independiente del Gobierno, para evitar censuras, y iii) la necesidad de mejorar la protección de los whistleblowers o “alertadores”, que son aquellas personas que denuncian graves afectaciones al interés público.
Los hechos del caso son simples: Juan Pablo Bieri, amigo cercano de Duque, fue nombrado gerente de RTVC y sacó de su programación habitual en Señal Colombia el programa Los Puros Criollos, luego de que su presentador, Santiago Rivas, criticara una decisión gubernamental. Esto generó sospechas de censura, que fueron negadas por Bieri. Pero la Fundación para la Libertad de Prensa (Flip), de cuya asamblea general formo parte, mostró, con apoyo en una grabación que le fue entregada con reserva de fuente, que la decisión había sido tomada para castigar a Rivas.
Debido a la denuncia de la Flip, Bieri se vio obligado a renunciar a RTVC, pero fue premiado por su amigo, el presidente, con un jugoso contrato de asesoría por $468 millones. En cambio, la suerte de los denunciantes ha sido otra. Diana Díaz, quien entregó la grabación a la Flip y cuyo nombre llegó a conocerse, fue denunciada por Bieri ante la Fiscalía por “utilización de asunto sometido a secreto o reserva”, que decidió imputarle cargos por ese delito. Además, realizarle una inspección judicial a la Flip y a sus registros, y citó a varios de sus directivos a rendir testimonio en ese proceso.
Para resumir: el censurador premiado con un contrato millonario y los denunciantes inmersos en un proceso penal.
El caso contra Diana Díaz no tiene sentido: no es claro que la grabación de una reunión ordinaria de servidores públicos tenga reserva, ni tampoco cuál es el interés público defendido con esa reserva. Asimismo, el artículo 419 del Código Penal exige que la información sea utilizada “en provecho propio o ajeno”. No incurre entonces en el delito quien no obtiene ningún beneficio por divulgar la información, sino que lo hace por razones de interés público, como en este caso lo hizo Diana Díaz, quien entregó la grabación a la Flip para denunciar una censura.
El hecho de que Díaz y la Flip estén soportando un proceso penal muestra que debe existir en Colombia, como existe en otros países, una protección mucho más robusta de los “alertadores”, quienes no pueden terminar sancionados por denunciar hechos graves, como la censura cometida por Bieri.
Este caso muestra además que debería fortalecerse la independencia de RTVC frente al Gobierno, para evitar este tipo de censuras. Por lo pronto, su gerente no debería ser nombrado por el Gobierno, sino por una junta independiente, como ocurre, por ejemplo, con la BBC en el Reino Unido, que es por eso un medio independiente y respetado.
Finalmente, este caso muestra el riesgo de tener a un fiscal general tan cercano al presidente, como Barbosa, por el peligro de que sea una especie de detective incondicional del presidente, dispuesto a perseguir a los opositores y a cubrir los eventuales delitos gubernamentales. Este peligro ha dejado de ser hipotético. Hoy tenemos una Fiscalía muy diligente en perseguir a una persona por hacer público un acto de censura cometido por Bieri, un amigo del presidente, mientras que esa misma Fiscalía no parece haber visto que Bieri, al usar su cargo para censuar a Los Puros Criollos, pudo haber incurrido en “abuso de autoridad por acto arbitrario e injusto”, que es el delito previsto en el artículo 416 del Código Penal… solo tres artículos antes del delito por el que persiguen a Diana Díaz.
—
* FOTO: Kybonilla, CC BY-SA 4.0, via Wikimedia Commons