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La Fiscalía debería ofrecer datos sobre negociaciones como las que hizo con el ex gobernador Lyons para evaluar si son eficaces y evitar que se convierta en otro cartel.

La Fiscalía debería ofrecer datos sobre negociaciones como las que hizo con el ex gobernador Lyons para evaluar si son eficaces y evitar que se convierta en otro cartel.

La Fiscalía negoció con Alejandro Lyons 5 años de prisión, y el pago de $4.000 millones, a cambio de solo perseguirlo por 3 de un total de 20 actos de corrupción en Córdoba. Un juez debe definir si recuperar la mitad del saqueo es suficiente para las víctimas y si realmente “permitiría la condena de ocho personas, entre las que se encuentran altos funcionarios de la Rama Judicial, un senador, un gobernador y varios particulares”. Pero ¿Como sabemos si hacerle todas esas concesiones a Lyons funciona en la lucha contra la corrupción? Si además los Besaile y otros denunciados por el saqueo de Córdoba negociaran este beneficio con otros fiscales, ¿quién y cómo mediría si hubo una práctica corrupta generalizada en esas negociaciones con la Fiscalía? Me explico.

Las negociaciones en la Fiscalía se hacen a través de un instrumento de política criminal conocido como principio de oportunidad que se traduce en la decisión que toma un fiscal, y avala un juez, de no procesar penalmente a una persona por conveniencia general. En el caso de la corrupción, la oportunidad conviene principalmente para que el pez chico conduzca al pez gordo y esto sucede principalmente en dos eventos específicos respecto del procesado: 1) cuando colabore eficazmente para evitar un delito o la desarticulación de bandas o 2) cuando se comprometa a servir como testigo contra delincuentes.

Sin embargo, a fines de 2017 se denunciaron varios casos en los que este instrumento no estaba siendo aplicado de forma adecuada. Incluso la propia Corte Suprema le pidió a la Fiscalía que investigara la posible existencia de un cartel de principios de oportunidad en la Fiscalía pues al parecer los fiscales podrían estar recibiendo gruesas sumas de dinero, sin que los funcionarios corruptos de la Dirección Nacional de Estupefacientes tuvieran que reparar o devolver bienes. Pero más allá de unos hechos concretos en estupefacientes o en el caso Lyons, el interés mayor debe estar en evaluar el uso del principio de oportunidad que pareciera ser una herramienta muy útil en política criminal pero sobre la cual la Fiscalía no ofrece datos.

¿Por qué tenemos que prestarle atención? En la reciente rendición de cuentas de la Fiscalía General de la Nación brillaron por su ausencia estadísticas sobre las condiciones de aplicación del principio de oportunidad en general y en especial en relación con la corrupción. Y eso que en su plan estratégico la lucha contra la corrupción está en un primerísimo plano. No sabemos cuáles son las causales que más justifican la aplicación del principio de oportunidad ni los cargos que se dejan de perseguir o las imputaciones que se dejan de hacer, ni cuánto dinero o bienes se han recuperado para el erario público o para las víctimas ni cuántas bandas delincuenciales han sido desmanteladas gracias a su aplicación ni cuántos son declarados ilegales por el juez de garantías. Es decir, no sabemos si ha sido eficaz o si se abusa de esta facultad de negociación. Y todo a costa de las víctimas y la sociedad.

La recomendación principal para la Fiscalía es entonces que se construyan y publiquen estadísticas sobre el uso del principio generando un indicador de gestión institucional que permita la evaluación del uso de este beneficio. De esta forma, no solo la ciudadanía adquiere un mapa más amplio de la aplicación del principio de oportunidad y puede hacer control a la labor misional de la Fiscalía, sino que esta entidad estaría en capacidad de crear estrategias dirigidas a mejorar su aplicación y evitar la captura del sistema penal.

Las negociaciones de la Fiscalía con los delincuentes han sido reconocidas como una verdadera herramienta para el desmantelamiento de las redes criminales de corrupción. Pero, tanto para evitar otro cartel más como para medir su eficacia, el uso del principio de oportunidad puede y debe ser analizado. La Fiscalía está en mora de hacer públicas las estadísticas que permitan esta evaluación.

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