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El nuevo Código de Policía confunde la privacidad con quedarse en la casa y atenta contra el derecho a la intimidad.

El nuevo Código de Policía confunde la privacidad con quedarse en la casa y atenta contra el derecho a la intimidad.

El policía se acerca al carro de vidrios empañados
donde la pareja de jóvenes practica las letras del reguetón que está oyendo.
Les muestra el Código de Policía y les dice que esas actividades privadas dejan
de serlo por hacerse en un bien mueble que a su vez está en una vía pública.
Mejor dicho, que paguen hotel. Y hasta aquí, entiendo aunque cuestiono la
intención de la norma para contribuir a la convivencia. Pero el lío crece con
la letra del Código que, a diferencia de la del reguetón, da para mucho más
porque los muebles en espacio público no son solo carros. Son celulares,
computadores y tabletas, aparatos esencialmente privados que no deberían perder
esta condición por estar fuera de casa.

El Código tiene una definición de privacidad que parte del
derecho a satisfacer nuestras necesidades y desarrollar actividades en un
ámbito exclusivo. Pero confunde la privacidad con quedarse en la casa. Con lo
cual, termina disminuyendo la protección de la intimidad. Califica varios
lugares como “no privados”, entre ellos los bienes muebles en vía pública (sí,
llama a los bienes muebles “lugares”), lo que excluye indirectamente la
protección de la intimidad de las personas que allí se encuentren. En otras
palabras, que lo que pase en mi casa es privado, pero que si pongo un pie
fuera, pierdo el año.

Peca el Código porque al calificar como “no privados” a los
bienes muebles con los cuales se transita por la vía pública o abierta al
público, se olvida que no son solo los carros. Todos andamos por ahí con
computadores, celulares, tabletas, carteras, mochilas y maletas que contienen
elementos íntimos que no pueden dejar de serlo porque no estemos en la casa.
Peca también el Código porque confunde la privacidad con la inviolabilidad del
domicilio. Porque ignora que la privacidad acompaña a la persona. La privacidad
o intimidad no se queda en la casa cuando una persona sale de ella.

Acceder al celular de una persona que transita por la calle
es una violación muy seria a la intimidad pues allí se consignan múltiples
datos personales que son sensibles y no tienen por qué llegar a las autoridades
policiales sin orden judicial. En el celular, que en el fondo es un GPS, pueden
y suelen estar los contactos de una persona, su agenda, sus correos
electrónicos, sus notas, su salud, su historial de internet y sus ideas en
borrador o en limpio. Toda esta información es íntima y en las manos
equivocadas sirve para hacer perfiles, en especial de personas que piensan
distinto. En el pasado, en Colombia, la información privada recogida por el
Estado ha servido para hacer listas de opositores y detractores a quienes luego
se les han violado otros derechos. En fin, no hay que olvidar que al profesor
de sociología de la Universidad del Norte, Correa de Andreis, lo asesinaron
porque el DAS lo tenía en una lista de personas que pensaban distinto.

El Código de Policía tiene muchas normas que ayudarán a la
convivencia, pero tiene otras que se prestan para abusos policivos. Esta norma
de privacidad, que está consignada en el artículo 32, termina afectando no sólo
la intimidad, sino el libre desarrollo de la personalidad, las libertades de
expresión, de reunión, de asociación y de manifestación pública, pues anula en
la práctica el anonimato y la confidencialidad de actos y comunicaciones. Pudo
haber sido pensada para evitar actos sexuales en vehículos en la vía pública.
Pero está mal redactada. Y su mala redacción nos puede costar caro. Por eso
Dejusticia la demandó ante la Corte Constitucional.

* Subdirectora Dejusticia.

 

 

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