Los casos de criminalización y detenciones arbitrarias son frecuentes en Colombia. Es necesario que esto no siga ocurriendo y que todas las leyes orientadas a ampliar la criminalización y las detenciones, tanto judiciales como administrativas, no avancen o sean declaradas inconstitucionales. | EFE
¿Cómo avanzar en la garantía del derecho a la protesta pacífica?
Por: Dejusticia | Julio 12, 2022
Estigmatización, abuso de las medidas de emergencia, la militarización y el uso de la fuerza ilegal para reprimir las protestas pacíficas, agravados por la impunidad de las violaciones graves a derechos humanos. Todos estos factores han tenido lugar en el contexto colombiano. La mayoría ocurren hace décadas, pero han sido más evidentes desde 2019, tras grandes jornadas de movilización (como el Paro Nacional de 2019, las protestas anti violencia policial 9S, el Paro Nacional de 2021). Estas movilizaciones pacíficas han sido reprimidas duramente por la Policía y los manifestantes se han enfrentado a un conjunto de prácticas policiales sistemáticas que vulneran y amenazan el derecho a la protesta pública y pacífica.
Entre estas prácticas sistemáticas se encuentran la disolución arbitraria y violenta de manifestaciones pacíficas, la estigmatización, el uso desproporcionado de la fuerza y de armas letales y “menos letales”; las detenciones ilegales y abusivas, los tratos inhumanos, crueles y degradantes, los ataques contra la libertad de prensa. También la violencia sexual y violencias de género, agresión por parte de civiles con tolerancia de la policía, ataques a defensores y defensoras de DD.HH.
La crisis sanitaria a causa del COVID-19 desencadenó una crisis social y económica debido a las medidas de confinamiento estricto. Esto generó un incremento en la pobreza, el hambre, la desigualdad y la discriminación (socioeconómica, de género y racial). Las desigualdades históricas y estructurales han afectado a poblaciones específicas como mujeres, jóvenes, indígenas y personas afrodescendientes.
Este descontento que, como mencionábamos, es estructural, motivó las jornadas de movilización que solo entre el 28 de abril y el 30 de junio de 2021 sumaron 12.478 actividades de protesta en 860 municipios de los 32 departamentos del país. En algunas ciudades dichas acciones de protesta fueron mucho más constantes y sostenidas, mientras que en otras las protestas estuvieron conectadas pero no fueron continuas.
El mes pasado, con la colaboración de la Red Internacional de Organizaciones por las Libertades Civiles (INCLO, por sus siglas en inglés), Dejusticia propició un encuentro entre organizaciones de la sociedad civil, el Estado y los organismos internacionales de protección de derechos humanos para dialogar sobre las observaciones y recomendaciones de la visita de trabajo de la la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a Colombia.
Participó la OACNUDH en Colombia, la Defensoría del Pueblo e integrantes de la Campaña Defender la libertad, un asunto de todos.
Algunos de los puntos de conversación de este espacio fueron la urgencia de atender las recomendaciones que dio la CIDH, que son lo suficientemente amplias, abarcantes y complejas para comprender que los problemas sociales que llevaron a la protesta deben ser atendidos. También se discutió sobre cómo la Policía requiere una transformación cultural de fondo, de su doctrina, estrategias, procedimientos, entre otros, que debe estar fundamentado en los derechos humanos e incorporar el enfoque de género.
Durante este espacio de diálogo, se encontró que las condiciones para ejercer la protesta no han tenido mejoría. Por ejemplo, la pobreza llegó al 37,8 en centros poblados, 44,6 en áreas rurales dispersas, lo que es un motor para que continúe el uso de la protesta social. La respuesta del Estado, aunque se propone de manera discursiva el diálogo, sigue siendo el uso de la fuerza represiva, como el uso de las detenciones arbitrarias y la habilitación del uso de fuerzas militares contra las manifestaciones.
Además, en junio, nuestra investigadora Sofía Forero Alba participó en un evento del Relator Especial de las Naciones Unidas sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación en el que presentaba su último informe temático, que trata sobre protesta en situaciones de crisis.
En este contexto, muchas de las recomendaciones del informe del Relator Especial, Clément Nyaletsossi Voule, son relevantes para que Colombia avance en la garantía del derecho a la protesta pacífica. Entre ellas destacamos las siguientes:
1. Evitar la estigmatización de quienes convocan y participan de las manifestaciones: Debido a las circunstancias históricas relacionadas con el conflicto armado, en Colombia la protesta social se ha entendido como un asunto de seguridad y orden público, en vez de un derecho cuyo ejercicio debe promoverse y protegerse. Se ha asociado la protesta con terrorismo y amenaza a la democracia. No obstante, el Acuerdo Final para la terminación del conflicto armado, que fue firmado en 2016, consideró a la protesta como un elemento fundamental para la participación, que enriquece la inclusión política y forja una ciudadanía crítica dispuesta al diálogo social y a la construcción colectiva de Nación. De igual modo, muchas autoridades siguen estigmatizando y asociando a quienes participan de protestas con grupos armados ilegales, lo cual pone en riesgo sus derechos.
2. Facilitar el diálogo para resolver las causas estructurales de las crisis es esencial en Colombia: Los reclamos sociales están relacionados con desigualdad, discriminación y falta de garantía de derechos de origen histórico. El diálogo es esencial para canalizar estas demandas y encontrar vías para su solución. Además del diálogo, el compromiso para cumplir los acuerdos es esencial. Una de las razones más comunes que alientan la protesta social en Colombia es la falta de cumplimiento de acuerdos logrados en manifestaciones previas que fueron resueltas a través de diálogos.
3. Garantizar que todas las personas, incluidas las mujeres, las personas LGBTQI+, los niños, los grupos raciales, étnicos e indígenas, los migrantes y otros grupos marginados, disfruten de su derecho de reunión pacífica en condiciones de igualdad y seguridad. Generalmente en Colombia la represión a la protesta pacífica es diferencial y afecta más a los grupos históricamente discriminados, es necesario que se garantice el derecho en condiciones de igualdad.
4. Emitir protocolos que faciliten la protesta pacífica dirigidas a la Fuerza Pública, compatibles con las normas internacionales. Colombia requiere una ley estatutaria que regule adecuadamente las garantías para ejercer el derecho a la protesta pacífica. Pero además de fijar estos protocolos, procurar su cumplimiento. La mayoría de protocolos, que consideran los estándares internacionales, han sido desarrollados por el Ejecutivo y fortalecidos por el poder Judicial. Sin embargo, no se cumple en la práctica. Es necesario enfocarse en su cumplimiento a través de incentivos y sanciones efectivas en caso de incumplimiento.
5. Evitar estrictamente la participación de los militares en la vigilancia de las protestas. Colombia se inserta en la tendencia global hacia la militarización de las protestas en el contexto de las situaciones de crisis. De hecho, como respuesta al Paro Nacional de 2021 se emitió un decreto presidencial en el que se autorizaba la asistencia militar en protestas y este continúa vigente.
6. Prohibir y poner fin a las detenciones ilegales en relación con las protestas. Los casos de criminalización y detenciones arbitrarias son frecuentes en Colombia. Es necesario que esto no siga ocurriendo y que todas las leyes orientadas a ampliar la criminalización y las detenciones, tanto judiciales como administrativas, no avancen o sean declaradas inconstitucionales.
7. En Colombia se requiere una reforma policial con participación de la ciudadanía para que sea desmilitarizada y tenga un enfoque más comunitario y garantista de derechos.
8. El informe del Relator Especial habla de poner fin a la impunidad y garantizar la rendición de cuentas. Esto es clave en el contexto colombiano. Se requiere que haya justicia y reparación a las víctimas en los casos de vulneraciones a los derechos humanos ocurridas en contextos de protesta. Identificar y sancionar a los responsables puede ayudar a evitar la repetición. En este sentido, es necesario defender la independencia judicial y, sobre todo, la importancia de acatar los fallos judiciales. El poder judicial ha sido fundamental en Colombia para frenar las medidas restrictivas de derechos. Sin embargo, muchas de las órdenes no han sido acatadas por las autoridades y los recursos judiciales previstos a nivel nacional para hacerlas cumplir ya fueron agotados.
9. Fortalecimiento de las organizaciones de derechos humanos. Deben promover labores de veeduría, documentación y actuar como puente entre el Estado y los manifestantes pacíficos, para facilitar mejores canales de comunicación y rebajar la tensión.
10. Proteger la vida e integridad de líderes sociales que defienden derechos humanos en los territorios. Garantizar que puedan ejercer sus labores, su liderazgo, su derecho a defender derechos, sin el riesgo de ser asesinados, amenazados o lesionados a causa de ello.
Colombia ha registrado por dos años consecutivos la mayor cantidad de asesinatos de personas defensoras de la tierra y el medio ambiente. Reciben amenazas constantes por parte del sector empresarial, especialmente de industrias extractivas (petróleo, gas y carbón).
El estado y el sector empresarial tiene la responsabilidad de respetar derechos humanos y empezar por evitar la estigmatización ni financiar la criminalización de los movimientos sociales y, al contrario, contribuir a la protección de la vida y la integridad de sus miembros, especialmente en proyectos de extracción de recursos naturales, donde se han presentado casos de asesinatos, amenazas y apertura de procesos judiciales a personas que ejercen liderazgos en los territorios.
Este nuevo gobierno tendrá que enfrentar muchos retos para cumplir su programa porque hay una sociedad civil organizada y movilizada que se lo exigirá.
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