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Actores económicos JEP

Durante más de dos años las autoras investigaron sobre cómo funcionan los procesos de construcción de compromisos de reparación de actores económicos en la JEP. | Ernesto Guzmán, EFE

¿Cómo comparecerán los actores económicos ante la JEP?

Escribimos un libro sobre cómo los actores económicos podrían ser juzgados en la JEP, con la intención de entender cómo fue su papel en el conflicto armado y ayudar a que se cumplan las expectativas de las víctimas.

Por: DejusticiaDiciembre 5, 2022

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) se creó como un sistema de justicia penal transicional con la función de investigar, juzgar y sancionar las graves violaciones a los derechos humanos y las infracciones al Derecho Internacional Humanitario (DIH). Como resultado, el tribunal se constituyó bajo un modelo de rendición de cuentas penal con un enfoque restaurativo fuerte, con elementos retributivos, en el que quien comparece asume ciertas obligaciones y, a cambio, recibe beneficios que no están disponibles en la justicia ordinaria.

Asimismo, en el Acuerdo de Paz se previó un enfoque innovador en el campo de la justicia transicional: que la JEP dentro de su competencia tuviera a actores distintos a los firmantes del Acuerdo de Paz, entre ellos, los actores económicos. No obstante, la Corte Constitucional dispuso algunos límites para ello.

 

¿Quiénes son los “actores económicos”?

Los actores económicos son personas que participaron en delitos ocurridos en el marco del conflicto mientras ejercían actividades empresariales o comerciales. Estas personas, que al comienzo se denominaron “terceros civiles”, por no ser parte directa de alguno de los bandos involucrados, debían comparecer de la misma manera que cualquier otra involucrada en el conflicto. De ese modo, la JEP permitiría entender de mejor forma el rol de algunas empresas y comerciantes en el conflicto armado.

Sin embargo, la Corte Constitucional estableció que obligar a los terceros civiles a comparecer ante la JEP era inconstitucional y que solo podían presentarse al tribunal de manera voluntaria. Si bien esto limitó la posibilidad de entender cómo fue la participación de los actores económicos en el conflicto, algunos se han presentado voluntariamente y la mayoría de casos son estudiados por la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas.

 

Un libro sobre qué podría pasar con los actores económicos

Para entender la manera en que opera esta Sala, realizamos una investigación empírica sobre cuáles son los primeros pasos que la JEP está dando para definir cómo los actores económicos contribuirán a la reparación de las víctimas. A pesar de las dificultades de acceso a información pública de estos casos, buscamos contribuir al entendimiento del funcionamiento de la JEP en este tema y nos enfocamos en estos aspectos:

  • La rendición de cuentas de actores económicos en el caso de la JEP.
  • La capacidad de este modelo con enfoque principalmente restaurador para generar formas de reparación a las víctimas por parte de los actores económicos.
  • El impacto del proceso dialógico en la construcción de los compromisos de reparación por parte de estos actores.

Luego de un proceso de investigación de dos años, las autoras vieron que la labor de la JEP en estos casos se ve potenciada cuando hay una interacción colaborativa y garantías de seguridad y participación entre el tribunal, las víctimas, los comparecientes y el Ministerio Público. Por ello, en la medida en que avancen los procesos, la JEP debe proponer una forma creativa para garantizar la acreditación y participación de las víctimas, y tiene que velar para que el marco de juzgamiento sea proporcional de acuerdo al perfil del compareciente (posición socioeconómica y cultural, contexto social, estado de las posibles investigaciones en justicia ordinaria, entre otras). Esto implica que la propuesta de reparación no puede estar desligada de la realidad de la victimización ocasionada por el compareciente y de sus efectos.

Esperamos que este texto brinde algunas luces sobre cómo implementar este innovador enfoque de la JEP para que su ejercicio cumpla con las expectativas de las víctimas del conflicto colombiano y, además, pueda ser replicado en otros procesos de justicia transicional en el mundo.

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