Así como la declaratoria de emergencia, que continúa vigente por un año, el fortalecimiento económico del PAE también se mantiene vivo por este mismo tiempo. | EFE
La Corte Constitucional protegió al PAE en medio de la crisis en La Guajira
Por: Dejusticia | noviembre 30, 2023
Los titulares en prensa siguieron casi en unanimidad la línea: “La Corte tumbó el decreto del PAE (Programa de Alimentación Escolar) para La Guajira”. Y el eco fue tan fuerte que incluso el presidente Gustavo Petro, a través de su cuenta en X (antes Twitter), citó a un medio que daba la noticia acompañado de la frase “Sin palabras”. Lo cierto es que la Corte Constitucional mantiene vivo temporalmente el Decreto 1269 de 2023. Los efectos de esta norma, que permite a las entidades que prestan servicios en el PAE para La Guajira incorporar más recursos a sus presupuestos, se mantendrán vigentes por un año entero.
¿Cómo así? ¿No fue declarado inconstitucional? Sí, pero hay matices en el fallo. El pasado 16 de noviembre la Corte Constitucional emitió un comunicado en el que argumentó los motivos de su decisión. El Alto Tribunal decidió replicar la fórmula del Decreto 1085 de 2023 y declarar inconstitucional el decreto, pero diferir los efectos de esta decisión por un año. Esto quiere decir que, así como la declaratoria de emergencia, que continúa vigente por un año, el fortalecimiento económico del PAE también se mantiene vivo por este mismo tiempo. Esta decisión implica una ganancia y una protección debida para miles de niñas y niños que dependen del PAE para acceder a una alimentación nutritiva, suficiente y adecuada.
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La Corte expuso que el decreto está directamente encaminado a enfrentar una consecuencia negativa derivada de la escasez de agua que vive la región actualmente como producto de la crisis climática. Esta escasez puede afectar de forma particular los derechos de niñas y niños, quienes en su mayoría por su situación de vulnerabilidad, solo pueden acceder a alimentos y fuentes de agua potable una vez al día gracias a este programa.
En ese sentido, la Corte acogió los argumentos que presentamos desde Dejusticia. Afirmamos que existía una relación directa con el Decreto 1085 de 2023 que declara el Estado de Emergencia en La Guajira en temas relacionados con la crisis humanitaria que generará la menor disponibilidad en el acceso al agua. Es decir, el decreto del PAE tiene relación con el Estado de Emergencia porque el fortalecimiento de este programa permite el acceso a una alimentación adecuada de niñas y niños a través del acceso a agua potable.
Para la Corte, “la insuficiencia de agua impacta directa y gravemente en la necesidad básica de alimentación; el agua potable es un componente esencial de cualquier dieta humana, como también es un medio irremplazable para el cultivo de alimentos, la limpieza de los mismos y su preparación. En últimas, el agua es condición de posibilidad para la alimentación adecuada y para combatir la desnutrición infantil”.
Aunque es acertada la decisión de la Corte Constitucional de proteger el PAE en La Guajira, reiteramos nuestra preocupación sobre el uso de la fórmula de inconstitucionalidad con efectos diferidos que tuvo la declaratoria de Estado de Emergencia. Este tipo de decisiones no son fáciles de entender y, por tanto, son complejas de comunicar e implementar. Así quedó evidenciado, por ejemplo, con la confusión que tuvieron la ciudadanía, la opinión pública, funcionarios del Gobierno e incluso, como lo mencionamos antes, el mismo Presidente.
Esto ocurre porque no es suficientemente clara la manera en cómo, al declarar la inconstitucionalidad de una norma, se mantienen vigentes disposiciones y programas contenidas en la misma. La forma de comunicar estas decisiones hace entender que estas soluciones no están permitidas, por lo que las comunidades que lo necesitan, que en este caso son niñas y niños de La Guajira, pueden entender que no van a obtener ningún tipo de apoyo del Gobierno, cuando la realidad es otra.
Invitamos a la Corte a que en el futuro sea más clara a la hora de comunicar las decisiones sobre la constitucionalidad de estos decretos de emergencia, para evitar las confusiones que se puedan generar en la prensa, en la opinión pública y en la sociedad en general. Particularmente, en estos casos que involucran la garantía de derechos fundamentales de niños y niñas.