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La Comisión de Seguimiento a la Vida en Prisión presenta su XII informe.

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Persistencia de hacinamiento, hambre y violencia estatal en las prisiones: ¿una crisis carcelaria perpetua?

La Comisión de Seguimiento a la Vida en Prisión presenta su XII informe, en el que se evidencia que persisten las violaciones a los derechos de las personas privadas de la libertad en Colombia y se plantean recomendaciones.

Por: DejusticiaMayo 27, 2025

Han pasado más de diez años desde que la Corte Constitucional declaró por segunda vez el Estado de Cosas Inconstitucional (ECI) en las cárceles colombianas con la Sentencia T-388 de 2013. La decisión reconoció que la situación en las prisiones es tan grave, tan generalizada y afecta a tantas personas, que no se trata de un problema aislado, sino de una crisis estructural que implica la violación masiva de los derechos humanos de las personas privadas de la libertad. Además, afirmó que el Estado no hacía lo suficiente para solucionar el problema, a pesar de que es su responsabilidad legal, y le ordenó tomar medidas. 

A pesar de este reconocimiento jurisprudencial, las condiciones en los centros de reclusión siguen siendo deplorables debido al hacinamiento, la negligencia institucional y la falta de garantías básicas. Después de reiteradas denuncias, se mantienen las fallas en la provisión de alimentos, son constantes las intoxicaciones masivas, se propagan enfermedades por la falta de condiciones de salubridad y hay registros de constantes cortes de energía eléctrica y agua, lo que evidencia que no existen condiciones mínimas para una vida digna en prisión. 

Estas y otras vulneraciones quedan expuestas en el más reciente informe de la Comisión de Seguimiento a la Vida en Prisión, una agrupación de  organizaciones sociales de la que hace parte Dejusticia, que nació como respuesta a la Sentencia T-388 de la Corte, con el propósito de hacer análisis de contraste de información, proponer soluciones para la superación de la crisis y defender los derechos de las personas privadas de la libertad. Como parte de esta labor, la Comisión ha elaborado 12 informes y múltiples conceptos sobre los ejes definidos por la Corte, contribuyendo especialmente en la construcción y crítica de los indicadores que miden la garantía efectiva de derechos en prisión y permiten evaluar la superación del Estado de Cosas Inconstitucional.

Hallazgos del informe

Una de las mayores dificultades para atender la crisis carcelaria en la actualidad es que el seguimiento de avances, estancamientos y retrocesos en la vulneración de derechos fundamentales debe medirse a través de indicadores y normas técnicas. El modelo de seguimiento definido por la Corte Constitucional ha llevado a que las instituciones y el Gobierno Nacional se concentren en la elaboración de informes semestrales sin avances significativos. En lugar de evaluar si realmente se están garantizando los derechos fundamentales, se ha priorizado un enfoque técnico y operativo que busca simplificar la medición, incluso a costa de dejar de lado lo sustancial. Esto ha llevado a que el problema de fondo persista: no se abordan las causas estructurales de la crisis ni se garantizan los derechos de las personas privadas de la libertad. 


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Uno de los hallazgos más preocupantes del último informe es el aumento de intentos de suicidio en las cárceles: los informes del Gobierno muestran que los casos pasaron de 105 a 270, pero no se reportaron medidas efectivas para atender esta situación. Ante estas cifras preocupantes surgen varias preguntas:  ¿qué avances ha logrado el Gobierno para garantizar el derecho a la salud mental de las personas privadas de la libertad? ¿Qué acciones concretas se están implementando para contrarrestar el aumento de intentos de suicidio? ¿Por qué, si hay evidencia de que esto es un problema en aumento, no se reportan medidas ni avances por parte del Gobierno?

Otro problema que se expone son las deficiencias de los informes del Gobierno en temas de género. El Gobierno ha reportado que se han realizado capacitaciones en las cárceles, se ha hecho entrega de copas menstruales y se han creado espacios de diálogo. Sin embargo, no hay continuidad en las acciones reportadas frente a la garantía de los derechos de las mujeres en prisión y no existen mecanismos de evaluación claros que permitan medir si estas acciones realmente han mejorado la calidad de vida de las personas privadas de la libertad.Bajo estas condiciones, no es posible saber si ha disminuido o aumentado el acceso a productos de higiene y la atención de la salud menstrual de las mujeres. Tampoco si se ha reducidola discriminación o la violencia basada en el género en los centros penitenciarios. Sin datos concretos ni continuidad en los asuntos que se reportan, es muy difícil determinar el éxito o fracaso de estas estrategias.

Además de lo anterior, los datos revelan que el acceso a programas de resocialización sigue siendo precario. Tan solo el 29% de los condenados han finalizado los programas de trabajo, estudio o enseñanza,  la deserción es alta, y los problemas van desde la falta de infraestructura y personal capacitado, hasta la inexistencia de evaluaciones sobre la calidad o el impacto de los programas. 


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En cuanto a enfoques diferenciales, el panorama no es más alentador. Las iniciativas con enfoque de género o étnico son mínimas, muchas están en fase piloto, y no tienen cronogramas claros ni presupuesto asignado. Mientras tanto, las violencias por prejuicio y las necesidades específicas de mujeres, personas LGBTIQ+, adultos mayores o en situación de discapacidad siguen sin ser atendidas.

Alternativas frente a la crisis carcelaria

Pese a este panorama, el informe identifica cuatro caminos que se han abierto en esta década y que constituyen logros que deben mantenerse y consolidarse: 

  • Mayor acceso de la sociedad civil a las cárceles: este acceso ha permitido documentar las condiciones de reclusión e identificar vulneraciones. No obstante, persisten barreras institucionales como, por ejemplo, la exigencia de documentos adicionales no contemplados en las normas y la falta de espacios adecuados para entrevistas. 
  • El trabajo conjunto de la institucionalidad y la sociedad civil con las personas privadas de la libertad y sus familias: esto ha permitido comprender mejor las problemáticas del sistema penitenciario y construir estrategias de defensa.
  • El reconocimiento de límites en la formulación de la política criminal: la Corte Constitucional ha establecido que la legislación debe ser preventiva y basada en evidencia, promoviendo medidas alternativas a la prisión y garantizando el respeto de los derechos humanos. 
  • El impulso de medidas alternativas al encarcelamiento: un avance significativo ha sido la creación de la Ley de Utilidad Pública (Ley 2292 de 2023), que permite a las mujeres cabeza de familia cumplir su pena en libertad mientras realizan trabajo comunitario, evitando así los efectos devastadores del encarcelamiento en ellas, sus familias y comunidades. Sin embargo, este tipo de medidas aún son excepcionales y su aplicación sigue siendo limitada, tal como queda expuesto en un informe sobre esta Ley que construimos desde Dejusticia, Mujeres Libres y la Universidad de Essex.

“Los cuatro caminos que se han abierto para la garantía de los derechos de las personas privadas de la libertad deben consolidarse y expandirse. Son avances que defendemos firmemente, pues consideramos que son importantes herramientas para lograr cambios estructurales que permitan superar definitivamente las vulneraciones a la dignidad humana de las personas en prisión”, dijo la Comisión.

“En este informe seguimos denunciando que, después de una década de declarada la crisis carcelaria, la vulneración masiva de derechos fundamentales sigue siendo una realidad vigente y en expansión. El Gobierno y las autoridades competentes no han adoptado medidas efectivas para detener esas violaciones y la Corte Constitucional no ha exigido de forma contundente la protección de los derechos en juego. Todo esto se traduce en un sistema cruel y contradictorio que replica al interior de las prisiones todas esas vulneraciones y formas de violencia que la sociedad condena al sancionar penalmente a una persona”, asegura Kelly Giraldo, investigadora de Dejusticia. 

Finalmente, frente a las nuevas estrategias de seguimiento ordenadas por la Corte en el Auto 1746 de 2024, la Comisión pide que estas se construyan con transparencia, participación y sin diluir el enfoque en derechos humanos. También recuerda que superar el ECI no depende solo de indicadores: exige un compromiso real con transformar el sistema penitenciario desde sus raíces.

Descarga aquí el XII informe de la Comisión de Seguimiento a la Vida en Prisión 

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