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De cómo pedir información pública y morir en el intento!
Por: Vivian Newman Pont | Febrero 27, 2011
Imagínate que un día quieres saber más detalles sobre el carrusel de la contratación o sobre el despilfarro de las regalías en Chiriguaná. El funcionario respectivo a quién le pides la información puede decidir, de manera poco razonable, que es reservada. Frente al rechazo a tu petición, te toca esperar a que el funcionario buenamente decida enviar tu solicitud y su negativa a un juez administrativo porque tú no puedes hacerlo directamente. Mientras tanto, las regalías se desperdician, los Nule viajan a Panamá y a Italia y tu posibilidad de participar democráticamente en los asuntos públicos se esfuma.
Suponte, por otra parte que, como miembro de la asociación de enfermos de cáncer, quieres conocer los precios de los medicamentos que se requieren para el respectivo tratamiento. Lo anterior, pues te interesa definir si estos medicamentos y sus precios son una de las causas de insostenibilidad financiera del sistema de salud que da al traste con la posibilidad de atender enfermedades costosas.
Al transparentar los precios, se podría establecer si el valor del recobro es de mercado o si por el contrario, se presentan eventuales fraudes. No te interesa, sin embargo, hacer público tu nombre en la petición de precios, para evitar las consecuencias personales de levantar un escándalo. A tu solicitud anónima y lícita, el funcionario del Ministerio de Protección Social puede responder negativamente mientras no te identifiques plenamente y expliques la razón de tu petición.
Es natural que la ciudadanía quiera conocer datos públicos, que los investigadores investiguen, que los periodistas averigüen, que lo estudiantes pregunten. Es más natural aún, por lo menos en Colombia, que los funcionarios que administran y custodian información, tengan una cierta tendencia a considerar que los datos que manejan deban ser secretos. Peor, es frecuente que consideren que no deben justificar ni argumentar sus negativas o que pretendan saber qué razones te motivan para pedir un contrato público que se paga con el dinero de tus impuestos.
Lo que no es natural o mejor, no es razonable, es que mediante una ley sancionada en el pasado mes de enero de 2011, en pleno siglo XXI, se convalide la anterior situación y facilite a la administración pública la retención de los datos que pertenecen a todos. Esta ley 1437 o nuevo código contencioso administrativo, que puede representar avances en otros temas, en materia de acceso a la información repitió las mismas normas consagradas hace más de 25 años y desconoció los avances y estándares internacionales.
Con esta nueva normativa se perdieron pues varias oportunidades. No sólo de dar al ciudadano garantías para participar en la democracia y acceso al impulso de sus solicitudes, así como al juez la posibilidad de decidir contra potenciales arbitrariedades, sino en general, se congeló la a opción de transparentar lo que sucede en la cosa pública.
Así que si quieres indagar si se compran medicamentos al triple del precio que se paga en el exterior o en general cómo se desperdicia el dinero público, espera sentado tu respuesta. Salvo que el gobierno realmente ponga en marcha su urna de cristal, los aportes del nuevo código contencioso administrativo no te brindarán ninguna luz sobre el asunto.