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Inquieta que con la decisión de la Corte los problemas que expusimos en nuestra acción relacionados con injusticias y desigualdades estructurales persisten y se agravan con la crisis a la que lleva la pandemia por el COVID-19. | EFE

El Estatuto Tributario necesita más que nunca cumplir con principios constitucionales

La Corte Constitucional confirmó que no admitía nuestra demanda a todo el sistema tributario. A pesar de ello, las desigualdades socioeconómicas, reforzadas por la pandemia, nos llaman a seguir buscando espacios para que en Colombia haya justicia tributaria.

Por: Noviembre 27, 2020

La Sala Plena de la Corte Constitucional decidió archivar la demanda con la que, junto a un grupo de reconocidos economistas y constitucionalistas, solicitamos declarar inconstitucional el actual Estatuto Tributario, que no cumple con los principios de progresividad, equidad y eficiencia tributaria consagrados en el artículo 363 de la Constitución Política de Colombia.

La decisión de la Sala Plena de no admitir la demanda confirmó la del magistrado Luis Guillermo Guerrero, que el pasado 23 de julio emitió un auto con un sentido similar y al cual los accionantes respondimos primero con un escrito de corrección y luego con un  recurso de súplica.

El argumento principal de la Sala Plena de la Corte es que “no se evidencian razones constitucionales ciertas, específicas, pertinentes y suficientes que permitan identificar cómo el modelo tributario diseñado por el legislador se opone absolutamente a la Constitución y niega el orden constitucional”. 

Desde Dejusticia respetamos la decisión de la Sala Plena de la Corte Constitucional, pero no la compartimos. Nuestra demanda al Estatuto Tributario cumplía ampliamente los requisitos para ser admitida, e incluso para ser decidida de forma favorable. Como bien lo expusimos desde que emprendimos este litigio, el sistema tributario colombiano es contrario a la Constitución, pues no disminuye la desigualdad y no cumple con principios de justicia tributaria, tampoco es equitativo ni eficiente y la pandemia por el COVID-19 refuerza la necesidad de que sí lo sea.

De otro lado, nos preocupa que con el rechazo de la demanda no se haya dado el debate constitucional que el país necesita para hacer profundas modificaciones al Estatuto Tributario. La mejor forma de garantizar el acceso a la justicia y a un debate constitucional participativo es admitiendo demandas. Inquieta además que los problemas que expusimos en nuestra acción relacionados con injusticias y desigualdades estructurales persisten y se agravan con la crisis a la que lleva la pandemia por el COVID-19.

Lea nuestra serie de publicaciones sobre coronavirus y desigualdad: Del Miedo a la Acción

Luego de esta decisión, ¿qué sigue? 

Nuestra organización reafirma su compromiso en la búsqueda de nuevos espacios y estrategias para contribuir a la justicia tributaria. Creemos, por ejemplo, que cualquier reforma a la política fiscal deberá salvaguardar y profundizar el Estado Social de Derecho, respetando los derechos humanos y cumpliendo con los principios que dicta la Constitución Política.

 De hecho,  pronto presentaremos propuestas de reforma tributaria que buscan mitigar los efectos de profundización de la pobreza y la desigualdad económica en los que nos hemos visto inmersos por la emergencia del covid-19.

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La búsqueda de beneficios tributarios proporcionales y el acceso transparente y democrático a datos sobre el sistema son algunas propuestas que consideramos pertinentes.

De otro lado, aunque discrepamos de esta restrictiva decisión de la Corte, que desnaturaliza la acción pública de inconstitucionalidad y traslada el juicio de inconstitucionalidad a la fase de admisión, estudiaremos si es posible presentar otra demanda sobre el tema, que contribuya a que Colombia tenga un sistema tributario más justo. La justicia constitucional no puede automarginarse de este trascendental debate constitucional.

Encuentre aquí la decisión de la Sala Plena de la Corte Constitucional:

Decisión de la S
 

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