El enfoque que plantea el artículo busca fomentar estrategias globales que reconozcan la importancia del campesinado en la gestión sostenible de los recursos naturales y la mitigación de las desigualdades y violencias que enfrentan. | EFE
Una ruta para el reconocimiento internacional de la dimensión ambiental del campesinado
Por: Dejusticia | octubre 17, 2024
La dimensión ambiental del campesinado, que ya fue incorporada a nivel nacional en la Constitución con el Acto Legislativo 001 de 2023, también debe tener cabida dentro del derecho internacional. Sobre ello escribieron nuestros investigadores Rodrigo Uprimny, Carlos Olaya y Carlos Quesada, junto con el profesor Carlos Duarte Torres. En el texto presentan un análisis sobre cómo podría lograrse este objetivo a través de la Convención sobre Diversidad Biológica (CDB). El artículo, titulado «Hacia un reconocimiento internacional de la dimensión ambiental del campesinado«, propone tres rutas estratégicas para este reconocimiento, tomando como referencia la Constitución colombiana.
El campesinado ha mantenido una relación esencial con los ecosistemas, desempeñando un papel vital en su conservación. Sin embargo, los conflictos en torno al uso y conservación de estos ecosistemas persisten, lo que hace urgente la tarea de armonizar los derechos campesinos con los tratados internacionales ambientales.
La primera ruta, denominada «ruta subjetiva», sugiere reconocer al campesinado como sujeto de derechos ambientales en el marco de la CDB. A través de la Declaración de Derechos de los Campesinos (UNDROP), se estableció un amplio catálogo de garantías que protegen la relación entre las comunidades campesinas y su entorno natural. Esta ruta propone interpretar al campesinado como parte de las “comunidades locales”, un concepto ya reconocido por la CDB, y sugiere modificaciones en la terminología del tratado para incluir explícitamente a las comunidades campesinas.
La «ruta sustantiva» se centra en incorporar los derechos campesinos en las estrategias y planes de acción nacionales en materia de biodiversidad, alineando estos derechos con las obligaciones establecidas en la CDB. Esta ruta enfatiza dos tipos de derechos: la autonomía en el manejo ambiental y la promoción de sistemas de vida sostenibles. Estos derechos obligan a los Estados a fomentar prácticas productivas sostenibles desde el campesinado, protegiendo sus conocimientos y usos tradicionales del entorno.
La «ruta procedimental» destaca la importancia de la participación del campesinado en las decisiones ambientales que les afectan directamente. El artículo reclama la implementación de mecanismos que aseguren la inclusión efectiva de las poblaciones campesinas en la toma de decisiones, tanto a nivel local como internacional. Los tratados ambientales existentes, como el acuerdo de Escazú, ya contemplan la inclusión del público en general, pero es necesario que exista un enfoque diferencial que contemple las necesidades y los aportes específicos del campesinado.
El enfoque que plantea el artículo busca fomentar estrategias globales que reconozcan la importancia del campesinado en la gestión sostenible de los recursos naturales y la mitigación de las desigualdades y violencias que enfrentan. Con estas propuestas, esperamos aportar en el empoderamiento del movimiento campesino internacional para asegurar su plena inclusión en el derecho internacional ambiental.
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