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El acuerdo de paz ante instancias internacionales

Algunos críticos del proceso de paz, tanto internos como internacionales, han vaticinado que, tal y como está el acuerdo final, no pasará la difícil prueba de los organismos internacionales de derechos humanos.

Por: Nelson Camilo Sánchez LeónSeptiembre 17, 2016

Hasta el momento, tres instancias internacionales clave se han pronunciado: la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la fiscal de la Corte Penal Internacional emitieron comunicados, mientras que Todd Howland, vocero en Colombia de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (Oacnudh), concedió una entrevista a este diario.

Estos pronunciamientos deben analizarse de manera cautelosa por dos razones. Primero, porque estas instancias usualmente se pronuncian en concreto a través de casos, que estudian de manera detallada y es donde crean jurisprudencia. Segundo, porque el lenguaje diplomático suele ser muy cuidadoso en lo que dice y como lo dice.

Aun con estas salvedades, el acuerdo sale muy bien librado. Las tres instancias han celebrado la adopción del acuerdo: la CIDH felicitó al país por alcanzar el “histórico acuerdo” y su apreciación fue compartida por la fiscal de la CPI, Fatou Bensouda, quien lo consideró como un “logro histórico del pueblo colombiano”. Incluso Bensouda pareciera estar de acuerdo con la formulación de la pregunta que tanto se ha debatido en el país, al afirmar que comparte que el acuerdo “será la base para la construcción de una paz duradera en Colombia”.

Estas dos instancias también resaltan la importancia del acuerdo para evitar que se sigan cometiendo violaciones a derechos humanos. Pero la prevención de victimización futura es uno de los puntos destacados del acuerdo, no el único. Tanto para Naciones Unidas como para la CIDH y la fiscal Bensouda, es un hecho a resaltar positivamente que el acuerdo contenga cláusulas específicas sobre los derechos de las víctimas. En los términos de la fiscal, el acuerdo “reconoce el lugar central de las víctimas en el proceso y sus legítimas aspiraciones de justicia”.

Igualmente importante ha sido el llamado de Howland a que el acuerdo se lea de manera integral para entender apropiadamente el alcance de sus mecanismos y su apuesta de justicia. Aquí parece hacer un llamado a quienes diseccionan mecanismo por mecanismo para enfatizar en sus supuestas falencias. Howland aclara: “La lectura aislada de uno de los componentes temáticos conduce a equivocaciones”, como, por ejemplo, analizar la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) sin considerar la Comisión de la Verdad.

En particular, sobre el tema de justicia, en los pronunciamientos no hay ninguna señal que indique que el acuerdo como está promueve la impunidad o vulnera los estándares internacionales que monitorean estas instancias. El comunicado de Bensouda ha sido el más detallado en este aspecto, y no sólo felicitó el acuerdo por excluir amnistías no permitidas por el derecho internacional, sino que mostró su reconocimiento por la estructura de la JEP.

El punto final en el que coinciden los tres pronunciamientos es que lo importante está en que “esta promesa de rendición de cuentas debe volverse una realidad”, como lo señala expresamente Bensouda. Y los tres confirman que harán un seguimiento minucioso al proceso de implementación. Bienvenido el seguimiento, a ver si finalmente le hacemos caso a Howland y dejamos de “perder tiempo en debates abstractos” y empezamos a debatir “cómo se pueden implementar los acuerdos para lograr la mayor cantidad de cambios favorables para los derechos humanos”.

De interés: Paz

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