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A breeding rejoice!
The law that extends maternity leave to 14 weeks, although successful, is not sufficient to ensure the welfare of children, family protection, and gender equity.
Por: Dejusticia | June 24, 2011
Hace unas semanas el congreso aprobó una ley para ampliar la protección a la maternidad, aumentando la extensión de la licencia de maternidad remunerada de 12 a 14 semanas, con el fin de que las mujeres puedan prepararse para el parto al menos con 8 días de antelación. Estas garantías se extienden también a las madres adoptantes, o al padre en caso de que no tenga cónyuge o compañera permanente.
Sin duda se trata de una buena noticia para las futuras madres a quienes probablemente no les tocará aguantarse al jefe presionándolas por el trabajo pendiente mientras tienen una contracción, o sentir en el Transmilenio (¡que no para y está repleto!) la zozobra de estar lejos de casa cuando se anuncia la proximidad del parto. Sin duda es también una gran noticia para el bebé que viene en camino, pues su madre, en vez de cumplir angustiada los horarios laborales y transmitirle sus preocupaciones, podrá dedicarse a cuidar de sí misma y a tranquilizarlo por su pronto arribo a este mundo. También ha de ser una buena nueva para aquellos neo-natos y niños en adopción que podrán disfrutar por dos semanas adicionales de uno de los mayores placeres que debe sentirse a esa edad: el de ser cuidado por la mamá.
Por muy poca publicidad que se les dé en los medios, es en el alcance de este tipo de medidas donde se mide el compromiso de un Estado con el desarrollo humano de sus habitantes. Nada más placentero para los padres que permitirles gozar plenamente de la compañía de sus hijos los primeros días, y nada más sano para un niño que garantizarle un parto seguro y el cuidado de sus progenitores durante el período posterior.
Sin embargo, teniendo en cuenta que los niños y niñas, las madres y la familia son sujetos especiales de protección constitucional, y que el Estado tiene el deber de eliminar las discriminaciones derivadas de los roles de género, esta iniciativa es apenas la primera de una serie de reformas necesarias.
De hecho, lo único que se logaría a través de esta ley es ajustar la normatividad al Convenio No. 183 de la OIT, que todavía no ha sido ratificado por Colombia, pero que además ya fue complementado por la recomendación 191 donde se sugiere a los países miembros procurar ampliar la licencia, como mínimo, a dieciocho semanas.
Para contribuir a garantizar la seguridad económica de la mujer embarazada son necesarias además acciones como la incorporación del enfoque de género a la inspección laboral para evitar que los empleadores exijan, por ejemplo, pruebas de embarazo como un requisito para la contratación. Según la Encuesta de Profamilia, a un 30% de las mujeres que alguna vez han trabajado les exigieron prueba de embarazo al momento de ser contratadas. Esta práctica fue considerada por la Corte Constitucional en sentencia T-071 de 2007 como una violación grave a los derechos a la intimidad, al libre desarrollo de la personalidad y al trabajo.
Tomarse en serio el interés superior del menor, la protección a la familia y la equidad de género implicaría también adoptar medidas para propiciar una redistribución del cuidado de los niños entre el padre y la madre. Actualmente la licencia de paternidad remunerada es de apenas 8 días. En algunos países con nivel de desarrollo similar como Venezuela y Ecuador es de dos semanas. Lo ideal, sin embargo, sería replicar la experiencia de países como Suecia o Noruega donde existe un tiempo amplio de licencia para que entre la pareja decidan cómo repartirlo (asignando períodos fijos mínimos para que tanto el padre como la madre puedan gozar el placer de la crianza).
No faltara quien diga que todas estas medidas están bien para países desarrollados, pero que en Colombia el palo no está para cucharas. Dirán que con esto los empleadores tendrán menos incentivos para contratar trabajadores, especialmente mujeres. Sin embargo, el pago de la licencia corre por cuenta de las EPS y los costos de rotación de personal pueden reducirse con un buen funcionamiento del mercado de servicios temporales. Por su parte, el sesgo de selección en contra de las mujeres puede corregirse con una distribución equitativa del tiempo de licencia entre la pareja.
En este, como en otros casos, con un poco de imaginación, la ampliación de las garantías laborales puede ser perfectamente compatible con la generación de empleo de calidad.