A promise in the 1991 Constitution
Aura Bolívar Jaime September 1, 2016
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The Integral Rural Reform proposed in the peace accords reiterates the State’s commitment since the 1991 Constitution.
The Integral Rural Reform proposed in the peace accords reiterates the State’s commitment since the 1991 Constitution.
La “Reforma Rural Integral” desarrollada en el punto 1 del Acuerdo tiene como propósito principal sentar las bases para la transformación estructural del campo, erradicando la pobreza, la desigualdad y la exclusión de la población rural. Para lograrlo se incorporan medidas dirigidas a promover el acceso y uso adecuado de la tierra, acompañadas de una serie de planes destinados a erradicar la desigualdad social, económica y política de esta población.
Aunque muchas de las estrategias propuestas no son nuevas en nuestra legislación, su inclusión en el Acuerdo resulta fundamental para que el Estado colombiano salde su deuda histórica con el campo. Veamos algunos ejemplos.
El primer eje de la Reforma Rural Integral busca democratizar el acceso y uso de la tierra a través de diversas estrategias. Por un lado, la creación de un Fondo de Tierras que dispondrá de 3 millones de hectáreas de distribución gratuita de los cuales se beneficiarán principalmente trabajadores y asociaciones de trabajadores con vocación agraria. Este Fondo se nutrirá principalmente de las tierras provenientes de extinción de dominio; baldíos indebidamente apropiados; tierras provenientes de la delimitación y actualización de las reservas forestales y tierras que no están siendo explotadas. El Acuerdo no contempla procesos de expropiación.
Adicionalmente, se incorporan programas de formalización que buscan garantizar los derechos de las personas que son legítimamente dueñas y poseedoras de la tierra. Establece el Acuerdo que durante los primeros años se formalizarán 7 millones de hectáreas. También se reafirma el compromiso de fortalecer la implementación de los procesos de restitución, como política necesaria para devolver las tierras abandonadas o usurpadas a las víctimas de desplazamiento forzado y se contemplan programas para cerrar la frontera agrícola, incentivando actividades sostenibles ambientalmente.
El segundo y tercer ejes del punto uno, establecen la creación de planes nacionales sectoriales y planes para la reforma agraria, que incluyen programas de infraestructura, adecuación de tierras, desarrollo social, productividad y garantía progresiva del derecho a la alimentación. Con estos programas se busca erradicar la pobreza y proveer a la población rural de bienes y servicios públicos que promuevan la satisfacción plena de sus necesidades, tales como vías, salud, educación, vivienda, agua potable, entre otros.
Los ejes anteriormente expuestos son elementos que han sido reconocidos en la Constitución Política de 1991. Así, por ejemplo, los artículos 60 y 64 de la Constitución establecen el deber del Estado de promover el acceso progresivo a la propiedad de la tierra de los trabajadores agrarios y de mejorar el ingreso y calidad de vida de los campesinos, con la prestación de servicios relacionados con educacion, salud, vivienda, entre otros. Por su parte, el artículo 65 establece que la producción de alimentos goza de especial protección del Estado, por lo cual debe promover actividades relacionadas con su producción. El Acuerdo reconoce este deber y lo amplía al establecer explícitamente el derecho a la alimentación.
Después de 25 años de proferida la Constitución la tarea sigue pendiente. El Censo Nacional Agropecuario pudo verificar que terrenos de más de 500 hectáreas están en manos del 0,4 de los propietarios y representan el 41,1 por ciento de las 113 millones de hectáreas censadas, cifras que evidencian la profundización de la concentración de la tierra. Adicionalmente, la pobreza rural es 3,2 veces mayor que la pobreza urbana y el hambre y la desnutrición siguen siendo algunos de los problemas más graves que aquejan al país.
Más allá de lo que digan los detractores, el acceso a la propiedad de la tierra, la formalización, y restitución de la misma y la provisión de bienes y servicios para la satisfacción de las necesidades básicas de la población rural, son disposiciones que se desarrollan dentro del orden económico actual. Estos pilares representan también los compromisos de la Constitución del 91, que hasta ahora han sido incumplidos e ignorados por las autoridades nacionales y territoriales. Su ampliación, desarrollo y puesta en vigencia constituye una oportunidad para garantizar que las promesas de la Constitución pasen del papel a la práctica.
La persistencia de la concentración de la tierra, la desigualdad, la extrema pobreza y en general la sistemática negación de los derechos de la población rural, constituyen factores que impiden la dignificación de esta población y la construcción de una paz estable y duradera. ¿No es este acaso un deber esencial de cualquier Estado con toda su población?