Skip to content

|

This year, the judiciary has a temporary status that seems to matter very little. For example, the Superior Judiciary Council, which exists until the end of the transition period to the Balance of Powers reform, has less than half of its judges sworn in.

This year, the judiciary has a temporary status that seems to matter very little. For example, the Superior Judiciary Council, which exists until the end of the transition period to the Balance of Powers reform, has less than half of its judges sworn in.

Por otro lado, la Fiscalía General tiene un titular encargado a pesar de que el Gobierno y la Corte Suprema sabían con anterioridad cuándo finalizaba el periodo de Eduardo Montealegre. Lo más grave es que esto se debe a cálculos políticos y actuaciones inadecuadas de distintos sectores, pero al final la ciudadanía es la más afectada.

Del lado del Consejo Superior de la Judicatura, la interinidad tiene varios responsables. Por un lado, el Congreso y el Gobierno, que dejaron un régimen de transición improvisado en la reforma de Equilibrio de Poderes, que complicó la transición al nuevo sistema de gobierno y administración judicial. Pero también son responsables los presidentes de las altas cortes, quienes estuvieron principalmente a cargo de diseñar e implementar las cuestionadas elecciones para conformar el Consejo de Gobierno Judicial aprobado en la reforma. Y como si esto fuera un asunto de poca relevancia para la Rama Judicial, el Consejo de Estado, que suspendió varias de las elecciones, no ha decidido de manera definitiva acerca de su nulidad, por lo cual no se ha podido convocar a nuevas votaciones ni conformar el nuevo sistema. Para rematar, pareciera que los altos sectores judiciales le apuestan a la declaratoria de inconstitucionalidad la reforma, por lo que no se esfuerzan en superar esta situación.

No hay conciencia de los grandes problemas que conlleva esta transitoriedad del sistema de gobierno y administración judicial. Y debería haberla, pues este sistema se encarga, entre otras cosas, de aprobar y ejecutar el presupuesto, participar en la elaboración de los planes esenciales para la justicia, dirigir los concursos para ingresar a la Rama Judicial, y disciplinar a los jueces y abogados. Por eso, esta transitoriedad complica el funcionamiento adecuado y cotidiano de la Rama Judicial. Ejemplo de esto es que el Ministro de Justicia mencionó que, el año pasado, el Consejo Superior de la Judicatura devolvió 58.000 millones de pesos al Ministerio de Hacienda por falta de ejecución.

Por el lado de la Fiscalía, la situación no es menos compleja y la interinidad tiene dos responsables. Primero, el Presidente de la República, que esperó hasta última hora para abrir una convocatoria pública para conformar una terna, aunque si esa fue siempre su intención, ha podido hacerlo hace meses. Segundo, la Corte Suprema de Justicia que no llenó a tiempo sus vacantes y promovió la idea según la cual el Presidente debía esperar a que esto se resolviera para presentar la terna. Lo peor es que estas decisiones afectaron una institución a la que, en el pasado, la falta de una cabeza en propiedad le impidió consolidar políticas institucionales estratégicas.

En Colombia, debemos entender que la interinidad en órganos cruciales de la justicia perjudica gravemente a la ciudadanía y a la misma Rama Judicial. Tenemos que comprender que las instituciones no se gobiernan solas, que la ciudadanía requiere una justicia permanente en lugar de una que funcione a media marcha, y que los cargos  judiciales no deben responder a intereses políticos o sectoriales. Es imperativo que la justicia supere su situación de interinidad.

Powered by swapps
Scroll To Top