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The Court’s ruling on the fast track procedure could be an opportunity to achieve greater democratic legitimacy for the peace agreement, as the new rules of the game demand the construction of stronger consensus in Congress.

The Court’s ruling on the fast track procedure could be an opportunity to achieve greater democratic legitimacy for the peace agreement, as the new rules of the game demand the construction of stronger consensus in Congress.

 

The Court’s sentence on the fast track procedure generates mixed feelings.

It is positive because it shows an independent Court that controls the government, which undermines the thesis that the peace process would have turned Colombia into a presidential dictatorship, similar to Venezuela. But it is legally wrong because it banalized the so-called substitute trial and did not weigh the limitations of the principle of separation of powers against the needs of peace. And its political effects are ambiguous because it hinders the legal implementation of the peace agreement but could strengthen its democratic legitimacy.

 

En mi blog en la Silla Vacía preciso mis críticas jurídicas a la sentencia de la Corte y los riesgos constitucionales de su banalización del juicio de sustitución, que tenía precedentes en sus fallos equivocados sobre equilibrio de poderes hace algunos meses. Pero a pesar de las discrepancias que algunos podamos tener, esa decisión debe ser respetada y acatada, especialmente por quienes estamos por la paz, pues el Estado de derecho, que es condición necesaria para la paz, implica obedecer las sentencias judiciales, incluso aquellas que uno no comparte. En esta columna me centro entonces en su efectos sobre la paz.

La implementación jurídica del acuerdo será ahora más lenta y difícil pues los grupos políticos opuestos a la paz o escépticos frente a ella pueden usar la facultad de introducir cambios y de que se vote artículo por artículo para obstaculizar la aprobación de las reformas. Esto podría incrementar la desconfianza de las Farc de que el Estado no les va a cumplir.

Pero, contrariamente a lo sostenido por algunos, el fallo no es catastrófico para la paz, al menos por tres razones: i) la Corte precisó que los efectos del fallo son hacia el futuro; quedan a salvo, por este aspecto, las reformas ya aprobadas por fast track, como la ley de amnistía o la reforma constitucional de la JEP; ii) la Corte ha validado el resto del fast track, con lo cual subsiste la competencia del presidente de adoptar ciertos puntos por decreto con fuerza de ley y las reformas constitucionales pueden ser aprobadas en sólo cuatro debates, incluso en sesiones extraordinarias; y iii) las modificaciones que ahora pueden introducir los congresistas sin aval del Gobierno tienen que tener conexidad con el acuerdo de paz y no pueden desconocerlo, pues el fast track existe para implementar el acuerdo de paz y para nada más.

Este fallo de la Corte podría ser entonces una oportunidad para lograr una mayor legitimidad democrática del acuerdo de paz pues estas nuevas reglas de juego exigen la construcción de consensos más sólidos en el Congreso. Que evitemos el escenario negativo de estancamiento de la paz y avancemos hacia su robustecimiento democrático dependerá de una mezcla de factores: la grandeza y prudencia del Gobierno, de las otras fuerzas políticas y de las Farc; que la Corte recupere su ponderación; pero sobre todo que este impasse reactive la movilización ciudadana a favor de la paz.

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