The selection of the Justice of Peace
Nelson Camilo Sánchez February 18, 2017
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With the march of the members of the FARC to the selected zones and the sessions in the Congress that have been integrating the agreement to the Colombian legislation, the Peace Agreement becomes a tangible reality. Not without uncertainties and without much bullying.
With the march of the members of the FARC to the selected zones and the sessions in the Congress that have been integrating the agreement to the Colombian legislation, the Peace Agreement becomes a tangible reality. Not without uncertainties and without much bullying.
Uno de los aspectos cruciales —aun cuando no el único— para que la
implementación acreciente la legitimidad del proceso y se renueve el
compromiso de poner a las víctimas en el centro de la construcción de
paz, es el funcionamiento independiente, probo y eficiente de la
Jurisdicción Especial para la Paz (JEP).
Ante la JEP deberán rendir cuentas todas aquellas personas que tuvieron
una participación determinante en los crímenes más graves del
conflicto. Por tanto, el primer paso para construir la legitimidad del
proceso es garantizar que quienes hagan parte de la JEP cumplan con los
requisitos de imparcialidad, conocimiento técnico y experiencia que se
requieren para cumplir con esta labor.
Una vez salga aprobado el acto legislativo que da vía libre a la JEP,
entrará a operar el ya conformado comité de selección. Este ya es un
avance muy importante. No serán las partes, como muchos denunciaban,
quienes seleccionarán a los magistrados y el secretario ejecutivo de la
JEP. Será un comité de notables que fue escogido por entidades con mucha
legitimidad en toda sociedad, como el Consejo de Derechos Humanos de
Europa, las Naciones Unidas, un representante de la sociedad civil, la
academia y la administración de justicia.
Este comité hará un escrutinio estricto de quienes se postulen a los
cargos de la magistratura y demás funcionarios de alto nivel de la JEP.
No será un sistema en el que cada uno de los miembros escoja a un juez
que agrade a cada una de las partes. Se trata de un proceso en donde al
menos cuatro de los cinco deben aprobar a cada uno de los candidatos.
Pero para que la JEP sea conformada de la manera que la sociedad
demanda estamos a medio camino. El Comité tiene una primera tarea y es
diseñar un proceso transparente, público, inclusivo y participativo. Un
proceso que fije de antemano el perfil que se busca para los cargos a
seleccionar y que establezca un calendario claro de postulaciones, así
como mecanismos reales para que la sociedad pueda hacer escrutinio de
quienes decidan postular sus nombres.
El Comité debe también establecer criterios de selección que estén
alineados con los lineamientos internacionales de selección de este tipo
de tribunales. Para ello es importante partir de que no todo el que
cumple los requisitos mínimos puede ser elegido. Esos son los requisitos
de arranque para ser considerado. Los cargos deben ser ocupados por los
mejores para el perfil determinado. Adicionalmente, deben estar
comprometidos con la paridad de género y regional, y la inclusión de
sectores tradicionalmente excluidos en este tipo de instancias.
Especialmente debe tener un compromiso real con la inclusión de miembros
de los grupos étnicos del país. Y lo primero no riñe con lo segundo: en
el país hay suficientes personas calificadas provenientes de dichos
sectores.
Claro, también corresponde a la sociedad auspiciar el proceso. Por un
lado, haciéndole seguimiento y sacando a la luz los posibles conflictos
de interés o eventuales inhabilidades jurídicas o éticas de candidatos.
Por otro lado, promoviendo candidaturas que reflejen el importante
trabajo que han hecho nuestras universidades en preparar una comunidad
de juristas democrática que está más que lista para asumir, de manera
independiente e imparcial, el gran reto de la construcción de paz con
justicia.