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Court Recognizes consumers’ Right to Access Information About the Effects of Sugary Drinks on Health – A First in Colombia

The Supreme Court vindicated the right of consumers to access a commercial about the health effects of sugary drinks whose dissemination had been prohibited.

Por: DejusticiaApril 8, 2017

The Supreme Court ruled in favor of a tutela presented by Dejusticia and organizations from the Alliance for Food Health, which defended the right of consumers to access a commercial about sugary drinks and their effects on health, which had been prohibited by the Superintendency of Industry and Commerce.

Dejusticia presented this tutela in November of 2016, in response to the prohibition of a commercial produced by Educar Consumidores in September of 2016, right before the public debate began on the appropriateness of including taxes on sugary drinks in a tax reform law.

Esta tutela se interpuso en noviembre del año pasado, después de que el comercial realizado por Educar Consumidores fuera vetado en septiembre, justo en vísperas de que se iniciara el debate público por la pertinencia del impuesto a las bebidas azucaradas que iba a incluirse en la reforma tributaria.

En la tutela, frente a la censura de la Superintendencia de Industria y Comercio, las organizaciones alegamos que:

1) El acceso a la información es fundamental en una sociedad democrática. La libre circulación de ideas permite aumentar la participación ciudadana y la calidad en los debates públicos.

2) Sin libre acceso a la información se puede afectar también el derecho a la salud porque los consumidores no pueden conocer las posibles consecuencias que producen en el cuerpo ciertos productos.

3) La Superintendencia no contaba con la justificación necesaria para  limitar en este caso la libertad de expresión.

La Superintendencia no solo había vetado la circulación del comercial de Educar Consumidores, sino que había estipulado que debía revisar cualquier contenido sobre bebidas azucaradas que fuera a salir al aire, para que ella pudiera ejercer control previo y autorizar o no la circulación de esos contenidos.

Sin embargo, la Corte Suprema de Justicia acaba de reconocer en su sentencia el derecho de los consumidores a “acceder a la información sobre las consecuencias positivas o negativas que pueda tener en su integridad física y mental, consumir un determinado producto.”

Así como que los consumidores “no son usuarios pasivos sino ciudadanos deliberantes, quienes, en la satisfacción de sus necesidades vitales, sociales y comerciales, […], tienen derecho a exigir, recibir y difundir información e ideas, acerca de los riesgos a los que se haya expuesta su salud, en caso de así serlo, frente a los fabricantes, productores y distribuidores.”

La sentencia ordena a la Superintendencia a hacerlos parte del proceso administrativo que decida acerca de la veracidad del comercial. La decisión marca un hito importante en la protección de los derechos del consumidor, no solo en Colombia sino en la región, ya que por primera vez se le reconoce a un grupo de consumidores el derecho a acceder a información relacionada con el contenido y efectos de las bebidas azucaradas. 

Dentro de las organizaciones de la Alianza por la Salud Alimentaria que participaron en la acción de tutela se encuentra la Fundación Colombiana de Obesidad, Pacientes Alto Costo, Red Internacional de Grupos Pro Alimentación Infantil-IBFAN-, Red PaPaz, Centro de Consumidores para la seguridad alimentaria y nutricional, FIAN Colombia, Fundación Anaas, Fundación Semilla Andina y el Comité de Impulso Nacional de la Agricultura Familiar en Colombia.

 

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