Skip to content

|

Innecesary imprisionments (by pressure?)

The recent liberation of expiry of terms of alias Biófilo, he who was captured with lots of noise due to the scandal for the fake desmobilisation of the Block Cacica Gaitana, shows the pernicious role that preventive detention can play on our penal system.

Por: Miguel Emilio La Rota |Ā February 14, 2013

La reciente liberación por vencimiento de términos de alias Biófilo, el que con bombo fue capturado a raíz del escÔndalo por la falsa desmovilización del Bloque Cacica Gaitana, pone de presente el pernicioso papel que puede cumplir la detención preventiva en nuestro sistema penal.

Algunos funcionarios judiciales sienten bastante presión para detener a sospechosos de manera injusta. Como decíamos en otra entrada hace tiempo, el principio de presunción de inocencia se afecta cuando el sospechoso es detenido antes de ser condenado. Por lo que esta detención sólo es legítima, excepcionalmente, cuando se tiene información concreta de que la persona puede fugarse, manipular el proceso, o puede constituir un peligro para la sociedad o la víctima.

En un estudio en Dejusticia escrito con Carolina Bernal, analizamos algunos casos muy mediĆ”ticos, incluyendo los de Agro Ingreso Seguro, algunos procesos por ejecuciones extrajudiciales (falsos positivos), la orden de captura contra Luis Carlos Restrepo, el carrusel de la contratación, y la orden de libertad que benefició a alias ā€œEl Cebolleroā€. Para estos caso, nos concentramos en las detenciones que sucedieron antes de julio del aƱo pasado. TambiĆ©n entrevistamos a varios fiscales, jueces, abogados y expertos que estuvieron involucrados en dichos casos (o procesos parecidos).*

Encontramos que en muchas situaciones la imposición de la detención estÔ débilmente argumentada, por ejemplo, al confundir la gravedad de los delitos que se imputan con la necesidad de detener a la persona.

También, en casi todos los procesos en los que hubo detenido, se vencieron los términos para que el sospechoso siguiera encerrado. Que el vencimiento de términos sea común puede tener varias explicaciones, incluyendo algunas de tipo jurídico (una discusión central aquí es si la defensa dilata innecesariamente el proceso). Pero también puede reflejar una falta de interés de algunos fiscales en que la detención se imponga sólo cuando se cumplen los requisitos legales para ello. En otras palabras, hay fiscales a los que seguramente les interesa mÔs el acto de detener durante cierto tiempo, que el hecho de que la persona permanezca detenida para proteger el proceso.

Por Ćŗltimo, cuando un fiscal o un juez se abstiene de detener a alguien, o lo sueltan como consecuencia del vencimiento de tĆ©rminos, u otras razones –mĆ©dicas por ejemplo-, sufren fuertes ataques. Diversos medios de comunicación y opinadores arremeten en su contra. AlgĆŗn funcionario del Gobierno sale a conjeturar que se trata de funcionarios corruptos (ejemplos aquĆ­ ) ; y el mismo Consejo Superior de la Judicatura les abre procesos disciplinarios.

Con todo esto, en los casos para los que existe bombo polĆ­tico, a los fiscales o jueces les puede salir mĆ”s barato –corren menos riesgos- al detener a la persona, aĆŗn con malos argumentos, y sabiendo que probablemente el periodo de detención vencerĆ” en el futuro. Y esto puede ser peor, cuando se trata de procesos en los que las partes mediatizan el litigio, como sucedió con el caso de Colmenares.

AdemĆ”s, la debilidad de la investigación penal es un factor adicional que incentiva a que los sospechosos sean detenidos con fundamentos dĆ©biles. SegĆŗn las entrevistas que hicimos, la ineficacia del sistema judicial es un estĆ­mulo para que los fiscales, mediante la detención de los procesados intenten mostrar resultados a travĆ©s de medidas de aseguramiento –independientemente de cómo les vaya despuĆ©s al intentar condenar a los sospechosos- o, peor aĆŗn, traten de forzar a los procesados a que colaboren en los procesos en contra de otras personas, cuando serĆ­a mĆ”s ajustado a la ley mantenerlos en libertad mientras avanza el proceso. Ante el infierno que es la cĆ”rcel, mĆ”s rĆ”pido negocian con la FiscalĆ­a.

¿Qué se puede hacer al respecto? No es esperable que cierta presión en contra de los funcionarios disminuya. Al fin y al cabo, la oralidad de los procesos correctamente busca una mayor publicidad de los procedimientos, para hacerlos mÔs transparentes.

MĆ”s bien, previendo que siempre habrĆ” casos polĆ­ticamente complejos y decisiones impopulares, hay que buscar que la presión no afecte –o afecte lo mĆ­nimo posible- la habilidad de los funcionarios de decidir de manera imparcial. Fiscales y jueces nos indicaron que se sienten solos al momento de decidir casos polĆ©micos. Por lo que se necesita una mayor protección institucional a los funcionarios: acompaƱamiento de sus lĆ­deres en la toma de decisiones difĆ­ciles, capacitación en manejo de presión, el descarte rĆ”pido –y no demorado como sucede ahora- de quejas disciplinarias sin argumento, y finalmente aunque mĆ”s difĆ­cil, mayor prudencia (Āæmenos populismo?) de funcionarios del Gobierno cuando se libera a alguien.

___

*Nota acerca de la metodologĆ­a. Lo que hicimos tiene bastantes limitaciones, pues no permite saber quĆ© tanto suceden estos fenómenos en una generalidad de casos, y si existe, mĆ”s allĆ” de la percepción de funcionarios y abogados, una verdadera relación entre presiones y decisiones. Por lo que nuestros hallazgos se limitan a los casos que observamos y dependen de lo que pudimos constatar directamente – por ejemplo, la calidad del argumento en las audiencias de medida de aseguramiento-, o en que lo descrito por quienes entrevistados sea correcto.

El estudio serÔ publicado por la Fundación para el Debido Proceso Legal (DPLF por sus siglas en inglés), en un libro que analiza la relación entre independencia judicial y detención preventiva para Argentina, Colombia, Ecuador y Perú.

Powered by swapps
Scroll To Top