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Innecesary imprisionments (by pressure?)
The recent liberation of expiry of terms of alias BiĆ³filo, he who was captured with lots of noise due to the scandal for the fake desmobilisation of the Block Cacica Gaitana, shows the pernicious role that preventive detention can play on our penal system.
Por: Miguel Emilio La Rota |Ā February 14, 2013
La reciente liberaciĆ³n por vencimiento de tĆ©rminos de alias BiĆ³filo, el que con bombo fue capturado a raĆz del escĆ”ndalo por la falsa desmovilizaciĆ³n del Bloque Cacica Gaitana, pone de presente el pernicioso papel que puede cumplir la detenciĆ³n preventiva en nuestro sistema penal.
Algunos funcionarios judiciales sienten bastante presiĆ³n para detener a sospechosos de manera injusta. Como decĆamos en otra entrada hace tiempo, el principio de presunciĆ³n de inocencia se afecta cuando el sospechoso es detenido antes de ser condenado. Por lo que esta detenciĆ³n sĆ³lo es legĆtima, excepcionalmente, cuando se tiene informaciĆ³n concreta de que la persona puede fugarse, manipular el proceso, o puede constituir un peligro para la sociedad o la vĆctima.
En un estudio en Dejusticia escrito con Carolina Bernal, analizamos algunos casos muy mediĆ”ticos, incluyendo los de Agro Ingreso Seguro, algunos procesos por ejecuciones extrajudiciales (falsos positivos), la orden de captura contra Luis Carlos Restrepo, el carrusel de la contrataciĆ³n, y la orden de libertad que beneficiĆ³ a alias āEl Cebolleroā. Para estos caso, nos concentramos en las detenciones que sucedieron antes de julio del aƱo pasado. TambiĆ©n entrevistamos a varios fiscales, jueces, abogados y expertos que estuvieron involucrados en dichos casos (o procesos parecidos).*
Encontramos que en muchas situaciones la imposiciĆ³n de la detenciĆ³n estĆ” dĆ©bilmente argumentada, por ejemplo, al confundir la gravedad de los delitos que se imputan con la necesidad de detener a la persona.
TambiĆ©n, en casi todos los procesos en los que hubo detenido, se vencieron los tĆ©rminos para que el sospechoso siguiera encerrado. Que el vencimiento de tĆ©rminos sea comĆŗn puede tener varias explicaciones, incluyendo algunas de tipo jurĆdico (una discusiĆ³n central aquĆ es si la defensa dilata innecesariamente el proceso). Pero tambiĆ©n puede reflejar una falta de interĆ©s de algunos fiscales en que la detenciĆ³n se imponga sĆ³lo cuando se cumplen los requisitos legales para ello. En otras palabras, hay fiscales a los que seguramente les interesa mĆ”s el acto de detener durante cierto tiempo, que el hecho de que la persona permanezca detenida para proteger el proceso.
Por Ćŗltimo, cuando un fiscal o un juez se abstiene de detener a alguien, o lo sueltan como consecuencia del vencimiento de tĆ©rminos, u otras razones āmĆ©dicas por ejemplo-, sufren fuertes ataques. Diversos medios de comunicaciĆ³n y opinadores arremeten en su contra. AlgĆŗn funcionario del Gobierno sale a conjeturar que se trata de funcionarios corruptos (ejemplos aquĆ ) ; y el mismo Consejo Superior de la Judicatura les abre procesos disciplinarios.
Con todo esto, en los casos para los que existe bombo polĆtico, a los fiscales o jueces les puede salir mĆ”s barato ācorren menos riesgos- al detener a la persona, aĆŗn con malos argumentos, y sabiendo que probablemente el periodo de detenciĆ³n vencerĆ” en el futuro. Y esto puede ser peor, cuando se trata de procesos en los que las partes mediatizan el litigio, como sucediĆ³ con el caso de Colmenares.
AdemĆ”s, la debilidad de la investigaciĆ³n penal es un factor adicional que incentiva a que los sospechosos sean detenidos con fundamentos dĆ©biles. SegĆŗn las entrevistas que hicimos, la ineficacia del sistema judicial es un estĆmulo para que los fiscales, mediante la detenciĆ³n de los procesados intenten mostrar resultados a travĆ©s de medidas de aseguramiento āindependientemente de cĆ³mo les vaya despuĆ©s al intentar condenar a los sospechosos- o, peor aĆŗn, traten de forzar a los procesados a que colaboren en los procesos en contra de otras personas, cuando serĆa mĆ”s ajustado a la ley mantenerlos en libertad mientras avanza el proceso. Ante el infierno que es la cĆ”rcel, mĆ”s rĆ”pido negocian con la FiscalĆa.
ĀæQuĆ© se puede hacer al respecto? No es esperable que cierta presiĆ³n en contra de los funcionarios disminuya. Al fin y al cabo, la oralidad de los procesos correctamente busca una mayor publicidad de los procedimientos, para hacerlos mĆ”s transparentes.
MĆ”s bien, previendo que siempre habrĆ” casos polĆticamente complejos y decisiones impopulares, hay que buscar que la presiĆ³n no afecte āo afecte lo mĆnimo posible- la habilidad de los funcionarios de decidir de manera imparcial. Fiscales y jueces nos indicaron que se sienten solos al momento de decidir casos polĆ©micos. Por lo que se necesita una mayor protecciĆ³n institucional a los funcionarios: acompaƱamiento de sus lĆderes en la toma de decisiones difĆciles, capacitaciĆ³n en manejo de presiĆ³n, el descarte rĆ”pido āy no demorado como sucede ahora- de quejas disciplinarias sin argumento, y finalmente aunque mĆ”s difĆcil, mayor prudencia (Āæmenos populismo?) de funcionarios del Gobierno cuando se libera a alguien.
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*Nota acerca de la metodologĆa. Lo que hicimos tiene bastantes limitaciones, pues no permite saber quĆ© tanto suceden estos fenĆ³menos en una generalidad de casos, y si existe, mĆ”s allĆ” de la percepciĆ³n de funcionarios y abogados, una verdadera relaciĆ³n entre presiones y decisiones. Por lo que nuestros hallazgos se limitan a los casos que observamos y dependen de lo que pudimos constatar directamente ā por ejemplo, la calidad del argumento en las audiencias de medida de aseguramiento-, o en que lo descrito por quienes entrevistados sea correcto.
El estudio serĆ” publicado por la FundaciĆ³n para el Debido Proceso Legal (DPLF por sus siglas en inglĆ©s), en un libro que analiza la relaciĆ³n entre independencia judicial y detenciĆ³n preventiva para Argentina, Colombia, Ecuador y PerĆŗ.