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The long wait of the JEP ahead of the decisions of the Constitutional Court and Congress

Dejusticia
September 26, 2017

In the last six months civil society organizations, such as Dejusticia, have called on both institutions to give free rein to the norms that consolidate the Special Jurisdiction for Peace.

Six months ago Congress, via fast track, approved the Special Jurisdiction for Peace (JEP). This reform (Legislative Act 1 of 2017) transiently introduces to the 1991 Constitutional essential mechanisms for the political transition from the war to peace into. These changes, agreed in the Final Agreement of the Government with the FARC-EP, include: the Unit for the Search of Disappeared Persons (UBPD), the Commission for the Clarification of Truth (CEV) and the JEP.

 

Hace seis meses el Congreso, vía fast track, aprobó la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP). Esa reforma (el Acto Legislativo 1 de 2017) introduce transitoriamente a la Constitución de 1991 unos mecanismos esenciales para la transición política de la guerra hacia la paz. Esos cambios, pactados en el Acuerdo Final del Gobierno con las FARC-EP, incluyen: la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas (UBPD), la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad (CEV) y la JEP.

Desde ese momento esa norma está vigente y comenzó a tener efectos concretos. Por ejemplo, se creó un Comité de Escogencia que está realizando la selección de los magistrados de la JEP. Sin embargo, no hay plena certeza jurídica sobre su contenido. Y esa parte, que le corresponde a la Corte Constitucional, continúa en estudio. Todos seguimos esperando el fallo del Alto Tribunal.

Para llegar a ese fallo, la Corte escuchó la opinión de instituciones y organizaciones de la sociedad civil a través de una audiencia pública celebrada el 5 de julio. César Rodríguez y Rodrigo Uprimny, investigadores de Dejusticia, hicieron un llamado a la aprobación de esta reforma.

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Adicionalmente, nuestra organización presentó una intervención escrita a la Corte, en la que argumentó que se trata de una reforma plenamente compatible con nuestra constitución y que contempla de manera integral la justicia transicional. En la intervención, además, se solicitaron algunos ajustes a los requisitos para ser magistrado o magistrada de la JEP (Art. 7), a la competencia de esta jurisdicción para procesar a terceros civiles que participaron en el conflicto (Art. 16) y a la figura de la responsabilidad de mando (Art. 24).

Mientras la Corte Constitucional seguía en su estudio, el Gobierno radicó en agosto en el Congreso una Ley Estatutaria para definir las reglas de juego bajo las cuales funcionará la JEP. El 11 de septiembre también se realizó una audiencia pública en el Congreso, donde diversos sectores sociales dieron sus puntos de vista en este debate: la mayoría apoyó el contenido de la propuesta. Rodrigo Uprimny destacó la importancia de este sistema judicial especial, único en el mundo, porque por primera vez las dos partes negociantes se impusieron a sí mismas la obligación de acudir a un tribunal a rendir cuentas de lo ocurrido en el conflicto.

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Tuvieron que pasar casi dos meses para que el Congreso citara al primer debate, que se realizará este 26 de septiembre. Y la Corte Constitucional sigue sin pronunciarse. Esta espera para que se consolide la que ha sido considerada la columna vertebral del Acuerdo de Paz, genera mucha incertidumbre e inseguridad jurídica, que no le hace bien a la implementación del Acuerdo.

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