Skip to content

|

Prison laws and Drugs: Any changes?

A few days ago, the new Prison Law came into force with the goal of reducing the structural problems of the prison system.

Por: Jorge Alberto Parra NoratoJanuary 30, 2014

Hace pocos días entró en vigencia el nuevo código penitenciario con la pretensión de reducir los problemas estructurales del sistema carcelario y penitenciario del país. El problema más visible es el hacinamiento, y una de sus grandes causas es la criminalización desproporcionada de los delitos de drogas. ¿Qué dice el nuevo código al respecto?

Según el INPEC, el país terminó el 2013 con un total de 120.032 personas recluidas en centros penitenciarios que cuentan con una capacidad máxima de 76.066 cupos. Cerca del 15 % de esas personas se encuentra privada de la libertad por haber cometido el delito de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes, conducta que se ha mantenido desde hace al menos diez años dentro de las cuatro modalidades delictivas de mayor participación en las dimensiones de la población reclusa en Colombia.

Al respecto Dejusticia realizó una investigación en 2010, que fue publicada nuevamente el año pasado, en la que se estudió el impacto de los delitos relacionados con drogas en el sistema penitenciario. Este estudio permitió concluir que la gran mayoría de personas recluidas por actividades relacionadas con estupefacientes entre 2007 y 2009 no tuvo una participación importante en las redes del narcotráfico, pues tan solo el 2 % de ellas fueron procesadas en concurso con otros delitos como el concierto para delinquir o el porte ilegal de armas.

Por el contrario, lejos de ser grandes capos de la droga, la mayor parte de estas personas son tan solo eslabones débiles del negocio que se caracterizan por no estar involucrados en actividades violentas, no recibir grandes sumas de dinero , ser reemplazados con facilidad tras ser capturados y, en un buen número de casos, vivir en condiciones socioeconómicas problemáticas. Sin embargo, en la actualidad cumplen penas de prisión de entre 5 y 30 años y contribuyen significativamente a elevar las tasas de hacinamiento carcelario.

Ante esta realidad, que ha sido igualmente identificada en el informe de la OEA sobre el problema de las drogas en las Américas (2013) y en el informe de la Comisión Asesora de Política Criminal (2012), la reforma del código penitenciario era una oportunidad de oro para reducir el impacto de los castigos desproporcionados de los delitos de drogas en las tasas de hacinamiento.

Sin embargo, la reciente Ley 1709 dice muy poco sobre la población reclusa por delitos de drogas. El único cambio potencialmente positivo introducido por el nuevo código es la posibilidad que ahora tienen las personas condenadas por actividades que involucran pequeñas cantidades de estupefacientes de cumplir la segunda mitad de la pena en su lugar de residencia (Art. 28). De igual manera podrán acceder a la libertad condicional (que ahora procede al cumplir 3/5 partes de la pena) y a la sustitución domiciliaria de la detención preventiva como lo venían haciendo desde la ley anterior.

Pero este código también incluye un cambio problemático que no guarda coherencia con la realidad carcelaria anteriormente retratada: incluye indistintamente a todos los “delitos relacionados con el tráfico de estupefacientes y otras infracciones” dentro de la lista de las conductas que por su inmensa gravedad son excluidas de acceder a los beneficios y subrogados penales (Art. 32). Aunque esta medida sea razonable para los miembros de las organizaciones criminales asociadas al narcotráfico, el riesgo está en extenderla a los eslabones débiles de la cadena de la droga que, como se mencionó, no son peligrosos, constituyen la inmensa mayoría de la población condenada por este tipo de actividades e impactan significativamente las tasas de hacinamiento.

En pocas palabras, para el nuevo código penitenciario todas las personas que tengan alguna relación con una actividad que involucre drogas ilícitas deben cumplir su pena en prisión sin importar si se trata de campesinos cocaleros, pequeños expendedores de marihuana o grandes capos de las mafias del narcotráfico. Ante la poca atención que recibió la evidencia empírica existente no habrá cambios en la desproporcionada penalización de los delitos de drogas y muy seguramente poco se avanzará en la superación del hacinamiento carcelario del país.

Powered by swapps
Scroll To Top