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The government and gender equality in political parties

Government actions towards greater gender equality in political parties and in the Congress are quite contradictory.

Por: Rodrigo Uprimny YepesMay 23, 2011

LAS ACCIONES DEL GOBIERNO frente a la búsqueda de una mayor equidad de género en los partidos políticos y en el Congreso son bastante contradictorias.

En diciembre, el Gobierno apoyó un proyecto de ley estatutaria que obliga a los partidos a incorporar un mínimo de 30% de mujeres en sus listas de candidaturas. Pero en marzo presentó otro proyecto que le dice a los partidos que ese mandato no hay que tomarlo tan en serio: que es una simple recomendación.

Colombia está muy atrasada en equidad de género en representación política. En 18 departamentos, nunca ha habido gobernadoras y las mujeres rara vez han ocupado más del 12% de las curules en el Congreso, muy por debajo del porcentaje alcanzado por otros países latinoamericanos, como Costa Rica (39%), Argentina (38%), Ecuador (32%), Perú (27%), México (26%) o Bolivia (25%).

En el ranking mundial sobre participación de mujeres en los congresos, que periódicamente realiza la Unión Interparlamentaria, Colombia ocupaba en marzo de este año el puesto 86 entre los países evaluados. En América Latina, sólo Brasil y Panamá tenían niveles de participación femenina en los congresos claramente menores que Colombia. Pero esos países han tenido presidentas.

La experiencia internacional muestra que la reducción rápida de la inequidad de género en la representación política requiere la adopción de cuotas mínimas para las mujeres en las listas de candidaturas o en los congresos. Eso ha permitido mejoras sustantivas en distintos países de África, como Ruanda, que tiene en el mundo la mayor participación femenina en el congreso.

El proyecto de ley estatutaria aprobado en diciembre, y que está en revisión de la Corte Constitucional, es entonces un paso en la dirección correcta: el artículo 28 establece que las listas de candidatos a corporaciones públicas en circunscripciones que elijan más de cinco miembros deben estar integradas por al menos 30% de mujeres. (En realidad, por defectos técnicos, la norma es un poco confusa pero su interpretación razonable es que prevé esa cuota, que complementaría la Ley 581 de 2000, que había establecido cuotas para mujeres pero en la rama ejecutiva y judicial).

Al parecer, esa cuota asustó a algunos partidos y movimientos políticos que dijeron que no podían cumplirla, porque no contaban con suficientes mujeres para integrar sus listas. El argumento suena a disculpa pues precisamente el propósito del mecanismo de cuota es forzar a los partidos y movimientos a encontrar esas candidatas. Hoy las directivas de los partidos, por prejuicios patriarcales, no ven por ningún lado mujeres idóneas; sólo ven candidatos hombres. Y si existen prácticas o reglas informales que obstaculizan la participación de las mujeres, los partidos deberían esforzarse en removerlas, en vez de invocarlas para perpetuar la discriminación.

Desafortunadamente el Gobierno aceptó ese argumento y el ministro del Interior propuso una reforma que transforma el mandato imperativo en buenos deseos. Este nuevo proyecto dice que “los partidos deberán desarrollar acciones previas a la conformación de las listas a las corporaciones públicas para estimular la equidad de género en ellas”, pero que si esas acciones no les permiten llegar “al umbral o porcentaje mínimo (30%)”, entonces podrán completarla e inscribirla “con candidatos de un mismo género”.

¿Qué creen que va a suceder? Que la mayoría de los partidos van a decir que, a pesar de sus esfuerzos, no lograron que la lista tuviera un 30% de mujeres. Y seguiremos con la actual inequidad de género.

Por ello, en vez de enredarse en esta contrarreforma, el Gobierno y el Congreso deberían centrar sus esfuerzos en favorecer la participación política de las mujeres, para que avancemos a una democracia más incluyente y equitativa.

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