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The Judge as the Last Artisan

Those that come to supply charges in the high courts should take into account that the greater demand for the function of serving justice is in the control of a genuine judicial artisan; that is, they have the job of shaping the legal materials that their collaborators supply to them.

Escuchando en estos días a Perfecto Andrés Ibáñez, un magistrado del máximo tribunal de justicia ordinaria en España y autor de varios e importantes ensayos relacionados con la actividad judicial, me conmovió una de las tesis que sostuvo en su conferencia y la cual puede parafrasearse más o menos así: debe quedar al menos un artesano: el juez. Lo entendí como un serio llamado para que los jueces en sus sentencias argumenten por sí y no a través de.

El contexto de su charla era la motivación de las sentencias y en especial la relacionada con los hechos del caso. En la base de la tesis latía el llamado para que al tomar una decisión, el juez no delegara esa especial función en que consiste indicar las razones de su decisión. Enfatizaba el jurista en la pertinencia de apoyarse en colaboradores para obtener la información necesaria e incluso para avanzar en la redacción de los antecedentes del caso, pero no para la escritura de los argumentos que justifican la decisión final.

Pensando que en realidad un artesano genuino no querrá que su obra sea hecha ni en serie, ni por otro, la conferencia me trajo dos evocaciones descorazonadoras: una metafórica y la otra real. La primera refiere la crítica que en su novela La Caverna realiza Saramago al libre mercado, a la vorágine tecnológica y a la desprotección de las pequeñas industrias caseras que, con todo y lo milenarias que puedan ser, son absorbidas por las nuevas exigencias de los mercaderes y de la propia demanda ciudadana cuya concepción estética es influenciada por aquellos. En la narración, Saramago da cuenta de la desaparición paulatina y sin remedio de un artesano que construía piezas de barro de la manera más tradicional, merced a exigencias mercantiles bien distintas a las que debieron someterse sus antepasados.

La segunda evocación corresponde a una de las características de buena parte de nuestra artesanía judicial: en serie y por otros. En la misma línea, pensaba en lo que me dijo hace poco un amigo magistrado: “Aquí de lo que se trata es de hacer rendir a la gente”, con lo cual señalaba no lo que él hacía, sino lo que sus colaboradores debían hacer, sin pararle muchas bolas a tanto temas “tan repetitivos”.

La congestión y el vencimiento de los términos parecen ser argumentos de peso a la hora de explicar –que no justificar- el quehacer judicial no del juez sino de sus colaboradores. Lo esencial, se dice, es que quien toma la decisión es el titular del despacho y con ella asume la responsabilidad ante las partes del caso y ante la opinión pública. Lo implícito en esta forma de contar la historia es que el titular igualmente comparte los argumentos que dan piso a la decisión.

Sin duda lo anterior es cierto, pero creo que también hay un dato por fuera de este relato. Existen jueces que de artesanía judicial genuina, pocón, pocón y más que apoyarse en sus colaboradores, los necesitan con desespero. Y cuando se atreven a tejer la trama, el descocido es total. A estas falencias contribuyen varios factores que no es el caso enumerar aquí exhaustivamente, pero quizá el que más ruido hace es el sistema mismo de escogencia de nuestros jueces y magistrados.

A pesar de todas las falencias que se le atribuyen, el sistema de carrera judicial que viene funcionando, me parece que está en la ruta de pretender mejorar la calidad de quienes deben administrar justicia. La forma como está diseñado el sistema de escogencia de magistrados de altas cortes es, en cambio, más vulnerable y se presta a que la escogencia del artesano judicial no siempre sea la esperada.

Mientras se piensa en un sistema que asegure una mejor y más adecuada escogencia, no está demás llamar de nuevo la atención a los responsables de efectuar la misma, para que las escogencias que están por venir a fin de suplir cargos en las altas cortes, se tome en cuenta que a la postre la mayor exigencia de la función de impartir justicia es la de ser un artesano judicial genuino; esto es, que se tome el trabajo de moldear bien los materiales jurídicos que le suministran sus colaboradores.

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