|
The Missing Persons of the Palace of Justice and the IACHR
It is contradictory for the Government to accept responsibility before the Inter-American Court of Human Rights (ICHR) for two of the disappearances at the Palace of Justice and for the torture of two of the detainees, but then try to minimize its responsibility with regard to the other nine missing persons or the execution of Clerk Urán, by saying that what happened was a merely a governmental failure, but not a disappearance or execution.
Por: Rodrigo Uprimny Yepes | November 17, 2013
En el caso de Urán, la prueba es incontrovertible. Un video muestra que salió vivo, pero luego apareció muerto con un disparo a quemarropa. ¿Cómo negar la ejecución extrajudicial?
Y frente a los otros desaparecidos, está probado que esas nueve personas estaban en el Palacio y que después de la retoma la Fuerza Pública quedó con el control absoluto del sitio. Esas nueve personas o sus cuerpos quedaron entonces bajo custodia de las autoridades.
El Estado acepta además que en esa ocasión dos personas fueron torturadas y otras dos desaparecidas por agentes estatales; hay además evidencia de que las autoridades militares y policiales hicieron un manejo sospechoso de los cadáveres y de la escena, al punto de que varios informes han concluido que buscaban borrar evidencias sobre posibles crímenes cometidos en la retoma. ¿No es entonces razonable temer que esas otras nueve personas, cuyo paradero se desconoce y que quedaron bajo la custodia del Estado, hayan sido torturadas y desaparecidas por la Fuerza Pública?
El Estado alega que eso es una mera sospecha y que no hay prueba incontrovertible de la responsabilidad de agentes estatales en esas nueve desapariciones.
Incluso si fuera cierto que esas pruebas no existen, ese argumento es equivocado pues desconoce que en derechos humanos existen situaciones en donde la carga de la prueba se invierte. No es la víctima quien debe probar que el Estado es culpable sino el Estado quien debe demostrar su inocencia. Eso sucede cuando alguien queda bajo custodia de una autoridad y desaparece, pues en ese evento es el Estado quien debe explicar convincentemente que no tuvo nada que ver con esa desaparición, y si no lo hace es responsable de esa desaparición.
Esta doctrina, que fue establecida por la Corte IDH desde su primera sentencia, en 1988, y ha sido reiterada ulteriormente, es lógica, pues es el Estado quien tiene la capacidad de explicar qué pasó con las personas bajo su custodia.
El Estado colombiano tenía entonces que probar que no tuvo nada que ver con la desaparición de esas nueve personas bajo su custodia. Pero no lo hizo. Para el derecho internacional, el Estado colombiano es responsable de esas desapariciones. Y por eso jurídicamente había que reconocer la responsabilidad plena por esas desapariciones, pues la condena es inevitable. Pero era además la alternativa más humana y respetuosa con el sufrimiento de esas familias, que llevan casi 30 años buscando justicia.
La distancia que me separa del expresidente Uribe es enorme. Aún mayor es mi condena a cualquier tentativa de atentado en su contra.