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The second round of the Legal Framework for Peace
Petro’s balcony –and now, Falcao’s knee—have managed to overshadow the recent Constitutional Court decision regarding the Legal Framework for Peace.
Por: Nelson Camilo Sánchez León | January 23, 2014
La recientemente publicada Sentencia C-579 de 2013 era ansiosamente esperada después del incidente de los contradictorios comunicados de prensa en donde un día se anunciaba una cosa y al otro una distinta. La información era tan vaga que al otro día de la decisión todo el mundo se sentía ganador: tanto quienes demandaron la norma como quienes la defendían. Todos daban parte de victoria.
Ahora, con la decisión en la mano y tras el estudio de sus más de 350 páginas, las cosas parecen apreciarse de otra manera. O, al menos, esa parece ser la opinión de uno de sus demandantes, Gustavo Gallón, quien critica la sentencia en su reciente columna del diario El Espectador.
En últimas, lo que dijo la Corte es que si bien se debe investigar con exhaustividad todos los crímenes, esto se puede hacer a través de “macroprocesos” que descubran los patrones generales de violencia. Lo cual no necesariamente conlleva a que todos los involucrados en estos procesos terminen tras las rejas, pues la Corte al final autoriza al Congreso para que establezca criterios de selección para escoger a los máximos responsables.
Pero lo que no puede perderse de vista es que la batalla en la Corte Constitucional – y que tiene repercusiones directas en la mesa de negociación de La Habana – no ha terminado. Hay dos cuestiones todavía pendientes, que deberán ser resueltas por la Corte en los próximos meses. Las dos vienen de una demanda presentada por Rafael Guarín, un ex viceministro del gobierno anterior.
La primera se refiere al tema de la participación política de las FARC y eventualmente del ELN. El marco para la paz en su segundo artículo establece unas medidas para permitir que los miembros de grupos desmovilizados que hayan cometido ciertos delitos puedan ser elegidos en cargos de elección popular. La demanda de Guarín pretende que no se consideren como delitos conexos al delito político otros delitos más graves. Con esto prácticamente se eliminaría la posibilidad de que los cuadros de las guerrillas pudieran hacer política una vez desmovilizados.
La segunda resulta más sorpresiva pues puede revivir la discusión del año pasado. La demanda de Guarín volvió a demandar el tema de la selección de los máximos responsables para ser los únicos procesados penalmente. Inicialmente, el Magistrado Alberto Rojas Ríos rechazó este argumento diciendo que había cosa juzgada, pues la Corte ya se había referido al tema con ocasión de la demanda de la Comisión Colombiana de Juristas.
Sin embargo, Guarín le pidió al pleno de la Corte que reconsiderara. Y la Corte acaba de darle la razón. Dice la Corte que como la sentencia no se había publicado cuando Guarín presentó la demanda, es excesivo rechazarle por ahora su argumento. Aun cuando esto no garantiza que se vaya a modificar la sentencia C-579 – pues es muy probable que la Corte le vuelva a decir lo que ya le dijo (que hay cosa juzgada) -, abre una ventanita de esperanza para quienes están en desacuerdo con esa sentencia. Especialmente cuando dice que habría “argumentos razonables para considerar que la cosa juzgada tendría carácter relativo”. Lo que en castellano significa que la Corte podría retomar el punto.
Sobre estos dos temas se deberá pronunciar la Corte en los próximos meses. Ojalá que para cuando lo haga la situación de Petro y de Bogotá se haya resuelto, y que la rodilla de Falcao esté ya en las canchas llenándonos de alegrías. #FuerzaTigre