|
¿Es suficiente con incluir una mujer en la lista?
Por: Helena Alviar García (Se retiró en 2019) | mayo 6, 2006
En las últimas semanas, personajes académicos y políticos se han manifestado en relación con la terna presentada por la Corte Suprema de Justicia para que el Senado escoja el reemplazo del magistrado Alfredo Beltrán Sierra. La terna ha sido criticada desde dos ángulos: el de la ausencia de mujeres y el del sesgo anti-tutela de sus miembros. En nuestra opinión, en la discusión alrededor de las calidades de los candidatos se deberían tener en cuenta, además de estos, otros temas que hasta ahora no han sido suficientemente explicitados.
La ausencia de mujeres en la terna es ciertamente preocupante al menos por dos razones. La primera es que no existe un fundamento fáctico para argumentar la ausencia de mujeres con suficientes cualidades para ocupar el cargo del que se trata. La segunda es que la ley de cuotas exige la presencia de mujeres en todas las ternas cuando ellas son conformadas por una sola institución.
Las altas cortes colombianas no se caracterizan exactamente por haber hecho esfuerzos significativos para incluir un número equitativo de mujeres como magistrados. En la actualidad, sólo hay una mujer en la Corte Constitucional (compuesta por nueve magistrados), dos mujeres en la Corte Suprema de Justicia (compuesta por 25 magistrados) y siete mujeres en el Consejo de Estado (compuesto por 29 magistrados). Esto, a pesar de que las mujeres desde hace más de 30 años constituyen más de la mitad de los egresados de las facultades de derecho del país.