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Consulta previa intercultural

Esta perspectiva intercultural permitirá a los actores no indígenas comprender y validar jurídicamente los argumentos de los pueblos étnicos. | Dejusticia con fotos de EFE

Escribimos una cartilla para garantizar la consulta previa de los pueblos étnicos

La cartilla propone algunas ideas para que los pueblos indígenas y afrodescendientes fortalezcan la creación de protocolos propios de consulta previa, de modo que encuentren mecanismos para hacer respetar su derecho fundamental a la libre determinación y a su territorialidad.

Por: DejusticiaAbril 1, 2022

En las últimas décadas se ha reconocido jurídicamente el valor inmaterial y espiritual que los pueblos indígenas dan a los territorios que habitan. Sin embargo, a su vez, el modelo extractivista se ha fortalecido y varios de sus actores han intentado apropiarse de una parte o la totalidad de dichos territorios. La extracción de recursos naturales a gran escala no solo ha despojado a varias comunidades de sus tierras, sino que ha socavado su autodeterminación política y jurídica, así como su identidad cultural.

Por esta razón y como una manera de salvaguardar los derechos, la vida digna y la integridad de la relación de estos pueblos con sus territorios, se ha procurado desarrollar su derecho a la consulta previa, libre e informada. Es por ello que escribimos una cartilla para explicar las consecuencias a largo plazo que tienen su desconocimiento.


Descarga la cartilla aquí

A través del lente de los estándares de los derechos de consulta y de consentimiento libre, previo e informado, explicamos la lógica bajo la cual los actores del sector extractivo toman sus decisiones. De esta manera vimos cómo su actuar se ha traducido en nuevas violaciones a los derechos humanos de los pueblos indígenas y afrodescendientes, en especial a sus dimensiones territoriales y organizativas; a su integridad física y cultural; y al respeto de las decisiones de sus comunidades.

En ese sentido, la función de la cartilla es profundizar en el derecho a la libre determinación de estos pueblos a partir de una visión de la interculturalidad en donde lo indígena pueda aportarle a lo no indígena. Es usual que la interculturalidad se presente desde los términos no indígenas, así que este documento aspira a invertir la relación en la que se trata este tema.

Como tal, esta cartilla promueve la necesidad de aplicar la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, y de tomarse en serio el punto de vista de los pueblos indígenas y afrodescendientes. Por lo tanto, proponemos complementar a la fundamentación de sus sistemas políticos y prácticas culturales para que se les otorgue validez jurídica y material en el orden nacional e internacional.

De ese modo, formulamos una coordinación entre las jurisdicciones indígenas y la jurisdicción del Estado. Esta perspectiva intercultural permitirá a los actores no indígenas comprender y validar jurídicamente los argumentos de los pueblos étnicos. Creemos que si la voz de estos pueblos es realmente escuchada, sus derechos fundamentales serán protegidos.

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