La sentencia de dosis mínima daba una oportunidad al país de tomarse en serio eso de un “enfoque de salud pública” para la política de drogas, pero poco se ha aprovechado esa oportunidad. Como sociedad, nos cuesta que el placer esté en el centro de la discusión.
La Carta Política sigue viva y tendiendo los puentes entre la generación de la Séptima Papeleta y generacio- nes que nos sentimos llamadas a legarlas y debatirlas.
El Estado tiene la obligación de poner en el centro la satisfacción de los derechos de las víctimas, y cumplir los principios de nuestra Carta Constitucional.
La Constitución de 1991 se tomó los derechos humanos en serio, y en sus 30 años de vigencia ha transformado la vida de muchos colombianos. Por ejemplo, a las comunidades afrocolombianas, a través de la Ley 70 de 1993, les reconoció su derecho a la identidad cultural, a la propiedad colectiva y al desarrollo socioeconómico como instrumento para superar la pobreza y la desigualdad histórica que han padecido.
En boxeo, si una persona pesa 2 kg más que otra, no puede competir en la misma categoría porque sería injusto. En el mismo sentido, dice el profesor sur coreano Ha-Joon Chang, en la competencia de la vida, nos deben parecer injustas las desventajas de una persona que no tenga patrimonio ni capital social para por ejemplo estudiar en buenos colegios y universidades frente a quién sí cuenta con este respaldo.
En los últimos 30 años, Colombia ha vivido una auténtica revolución de los derechos. Esta expresión, desarrollada por nuestro querido profesor y colega Juan Jaramillo, recoge muy bien el gran impacto que ha tenido la Constitución de 1991 en Colombia, al poner en el centro de la agenda del Estado los derechos de las personas y transformar la realidad jurídica del país.