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(Im)precisiones sobre el caso Klein
Por: Rodrigo Uprimny Yepes | abril 12, 2010
COMO TANTOS COLOMBIANOS, COMparto la indignación porque Klein, el mercenario que entrenó grupos paramilitares, no pueda ser extraditado desde Rusia.
Creo además que la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) que prohibió la extradición es equivocada. Pero es necesario hacer algunas precisiones sobre este caso, pues tanto el Gobierno como varios comentaristas han incurrido en muchas inexactitudes.
Primero, y contrariamente a lo sostenido por un editorial de El Tiempo, Rusia tiene que cumplir la decisión, pues las sentencias del TEDH son obligatorias para los países que han ratificado el Convenio Europeo de Derechos Humanos. El hecho de que Rusia no sea parte de la Unión Europea es totalmente irrelevante, pues la Unión y el Convenio son instituciones distintas. Otra cosa es que Rusia tenga tres meses para solicitar la revisión de la sentencia ante la Gran Cámara del TEDH. Pero si no lo hace, o la Gran Cámara mantiene la decisión, Rusia tiene que cumplirla.
Segundo, no creo que haya habido “dobles estándares”, contrariamente a lo sostenido por ciertos comentaristas. El TEDH se limitó a aplicar una clarísima prohibición, según la cual no se puede extraditar a una persona si hay riesgo de que en el país receptor sea torturada o sufra tratos inhumanos. El TEDH ha aplicado ese mandato incluso a las grandes potencias. En el clásico caso “Soering contra Reino Unido” de 1989, el TEDH prohibió la extradición de un alemán a Estados Unidos para enfrentar un juicio que podía terminar en pena de muerte, pues consideró que los pabellones de la muerte de la potencia del norte son inhumanos y degradantes.
Tercero, el gobierno colombiano es en parte responsable de los resultados del proceso, pues sabía que Klein había recurrido al TEDH para oponerse a su extradición, con el argumento de que recibiría tratos inhumanos en Colombia, debido a nuestra crisis de derechos humanos y a las desafortunadas declaraciones del vicepresidente Santos, quien dijo que esperaba que Klein se “pudriera” en nuestras cárceles. Frente a esa situación, el Gobierno colombiano se limitó a dar unas garantías muy “vagas e imprecisas”, según calificación del TEDH.
La falta de garantías concretas, las declaraciones del Vicepresidente y nuestra dura crisis de derechos humanos fueron entonces los elementos que llevaron al TEDH a concluir que había un riesgo real de que Klein recibiera tratos inhumanos en Colombia.
Creo que esa conclusión es equivocada. Es claro que, como lo dice la sentencia, nuestra situación humanitaria “dista mucho de ser perfecta”. Pero, como bien lo señala el voto disidente de dos jueces, esa situación general no implicaba para Klein un riesgo individual real de recibir tratos inhumanos. Lo que debió hacer entonces el Gobierno colombiano fue mostrar que en concreto Klein no tenía ese peligro. Ya en el pasado, en el caso “H.L.R contra Francia” de 1997, el TEDH había autorizado una expulsión a Colombia pues consideró que, a pesar de la grave situación de violencia, no era claro que hubiera un riesgo real de que el deportado sufriera tratos inhumanos.
La única salida es que el Gobierno solicite a Rusia que lleve el caso a la Gran Cámara. Pero las perspectivas son malas, pues es excepcional que la Gran Cámara revoque una decisión. Por eso molesta tanto la indolencia que tuvo el Gobierno en este caso. Hubo tanta negligencia que es difícil no sospechar que el Gobierno no quería realmente que Klein terminara en Colombia y contara todas las verdades que conoce. Y es que si ya había extraditado a los jefes paramilitares a Estados Unidos, ¿por qué hacer muchos esfuerzos para traer a Klein?